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| A la espera. Sin la vigencia del TLC tampoco
se pueden aprobar los decretos que activarán las cuotas de
importación agrícola. Foto EDH |
El
Diario de Hoy
negocios@elsalvador.com
El Órgano Ejecutivo y los empresarios están completamente
atados para poder aplicar el Tratado de Libre Comercio (TLC) que se firmó
con Estados Unidos.
Aunque el acuerdo fue aprobado a mediados de 2005, y prevalece sobre las
leyes del país, por ser un instrumento internacional, no puede
ser utilizado, porque el decreto que avala las enmiendas a las leyes de
aplicación del mismo (aprobado en diciembre) no ha sido publicado
en el Diario Oficial, por la falta de firmas de diputados de oposición.
Sin la publicación y vigencia del TLC, el Ejecutivo tampoco puede
aprobar y mandar a publicar dos decretos que sirven para activar las cuotas
de importación agrícola negociadas en el Tratado.
Estas cuotas eximen del pago de aranceles de importación a la industria
que elabora alimentos a base de arroz, maíz amarillo, maíz
blanco, carne de cerdo, sorgo y lácteos, cuya introducción
al país será restringida, durante 20 años.
La Dirección de Tratados Comerciales (DATCO), del Ministerio de
Economía, elaboró dos proyectos de reglamentos, uno para
los industriales mencionados, quienes tienen convenios de compra de granos
nacionales, con los productores de los mismos, y otro para los que no
tienen tales compromisos.
El Gobierno trata de ordenar la importación de productos agrícolas
estadounidenses, con la elaboración de ambos reglamentos. Propuso
a la industria de importación que se quedaran con el 80 por ciento
de la cuota que está sujeta a la compra previa de grano nacional,
para tener derecho a las exenciones fiscales del TLC.
El 20 por ciento de la cuota quedaría disponible para las personas
o empresas que nunca han importado y que están interesados en beneficiarse
del Tratado. Pero la propuesta no ha prosperado, hasta la fecha.
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| Sin palabras. El sector agropecuario no ha dado
detalles acerca de la negociación del reparto de las cuotas
de importación. Foto EDH |
El 22 de septiembre, la DATCO anunció el acuerdo para el segundo
reglamento que administrará las cuotas del TLC que no están
sujetas a la compra de producto nacional, para valerse de la exención
de impuestos de importación.
El acuerdo, beneficia sólo a los industriales que hayan importado,
con tres años previos a la vigencia del TLC, maíz blanco,
amarillo, arroz procesado, sorgo y lácteos. Estos industriales
tendrán derecho al 95 por ciento de las cuotas de importación
de dichos bienes. El cinco por ciento restante se destina a los nuevos
importadores, o a los que no califican como importadores históricos,
como los primeros.
Si bien el reglamento obliga a los industriales a comprar producto local
para gozar del TLC, luego de tres meses aún no hay consenso con
el Gobierno.
Todo está preparado
- La Asamblea Legislativa reformó en diciembre nueve leyes que
se ajustan al TLC
- Las aduanas están, por ende, avaladas para eliminar los aranceles
al 53% de bienes agrícolas estadounidenses, así como al
77.97% de los bienes industriales de dicho país que ingresen al
país u Empero, ninguna institución puede aplicar el TLC,
sin que el decreto que avala las reformas haya sido publicado en el Diario
Oficial.
Las cuotas agrícolas generan resquemor con industriales
René Salazar, director de la DATCO, declaró que el reglamento
se encuentra en revisión legal y que su contenido está casi
completo para enviarlo al Presidente Saca, para que los apruebe.
Al parecer, el desacuerdo entre Gobierno e industriales está en
el porcentaje de cuota TLC asignado para los que suelen importar bienes
agrícolas estadounidenses, y el otorgado para los que nunca lo
han hecho.
“El porcentaje de la cuota es lo que está pendiente para
los importan estos productos. Se maneja una relación de 80 y 20
por ciento, junto a una proporción de 95 y cinco por ciento”,
dijo.
Salazar omite hablar sobre la propuesta que más impera entre los
industriales. En el primer reglamento acordado (no exige compra de producto
local), los industriales se quedaron con el 100 por ciento de la cuota
asignada, y con el 95 por ciento del cupo sobrante.
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