El Diario de Hoy
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Los importadores de maíz blanco, maíz amarillo, arroz procesado, sorgo y lácteos podrán beneficiarse del Tratado de Libre Comercio (TLC) que comenzará entre el país y Estados Unidos, el 1 de enero de 2006, ya que podrán introducir estos bienes, sin pagar aranceles.
Estos comerciantes también tendrán la ventaja de no someterse a ninguna obligación de comprar maíz, arroz, sorgo o lácteos producidos en El Salvador, para poder solicitar una licencia de importación que los exima del pago de gravámenes, para introducir dichos bienes, pero de origen estadounidense, amparados al TLC.
Los interesados en beneficiarse del acuerdo deben tomar en cuenta que no tienen derecho a la totalidad de cuotas de importación de bienes agrícolas estadounidenses negociadas en el TLC, porque este acuerdo divide en dos cada cupo de importación: una cantidad para los empresarios que están obligados a comprar producto nacional, a cambio de no pagar arancel en la importación, y otra para los que no tienen dicha obligación.
Además, el Gobierno elaboró un reglamento en el que estipula que el 95 por ciento de los cupos asignados para los que no tienen obligación de compra previa de bienes nacionales pertenezca a los empresarios que suelen utilizar los productos mencionados en sus procesos industriales de elaboración de alimentos.
El cinco por ciento restante de las cuotas de importación, libres de aranceles, queda disponible para los “nuevos importadores”.
Consideraciones
Con tales condiciones, los importadores de maíz blanco, por ejemplo, deben tomar en cuenta la siguiente consideración: El TLC asigna una cuota de 35,700 toneladas métricas para la importación de maíz blanco estadounidense, libres de aranceles. Este cupo crece dos por ciento cada año.
Estas 35,700 toneladas quedaron divididas en el TLC así: los importadores comprometidos a comprar maíz nacional, previo a la importación, tienen derecho a 15,000 toneladas métricas exentas de arancel, con la condición de comprar antes maíz blanco nacional.
Las 20,700 toneladas restantes se destinan a los importadores que no están obligados a comprar producto nacional.
Con el reglamento elaborado por el Gobierno, los importadores que tienen la obligación de comprar maíz nacional, antes de importar, se aseguran el 100 por ciento de la primera parte de la cuota (las 15,000 toneladas), y también el 95 por ciento de las 20,700 toneladas restantes, de las cuales, sólo el cinco por ciento queda para los nuevos importadores.
De la misma forma opera el reparto de las cuotas de los demás bienes de importación. Si los comerciantes que no están obligados a comprar maíz blanco, maíz amarillo, arroz procesado, sorgo y lácteos de El Salvador quieren aprovechar el cinco por ciento de las cuota de cada uno de estos productos, podrá hacerlo previa solicitud a la Dirección de Administración de Tratados Comerciales (Datco).
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