elsalvador.com WWW
Portada Nacional El País Deportes Metro Negocios Editorial RUZ Vida Internacionales Por el mundo

Corte anula el proceso contra dos periodistas

Resolución. La norma mediante la que se les juzgaba es inconstitucional. No fueron debidamente noficados de la audiencia. Juzgado no razonó el fallo

Publicada 23 de Diciembre 2005 , El Diario de Hoy

El Diario de Hoy

Recurso. El Director Ejecutivo de este Diario, Fabricio Altamirano, y el editor Mario González en la Corte, el 7 de diciembre. Foto: EDH/Archivo

nacional@elsalvador.com

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró “inconstitucional” y “viciado” el proceso contra dos periodistas de El Diario de Hoy y ordenó que cesen las órdenes de captura que pesan sobre ellos.

De esta manera concluye el juicio por supuestos agravios, promovido por Roberto Bukele contra el Director General de El Diario de Hoy, ingeniero Enrique Altamirano Madriz, y el periodista Lafitte Fernández.

El Tribunal 5o. de Sentencia ordenó la detención de ambos, el pasado 6 de diciembre, porque no concurrieron a una audiencia de aportación de pruebas en el juicio que se les seguía por cargos de calumnia, injuria y difamación.

“Es dable concluir que la medida cautelar, las órdenes de captura y el proceso penal, por devenir en inconstitucionales, no pueden subsistir”
“Trasladando las anteriores consideraciones al caso que nos ocupa, la detención provisional impuesta denota una carente motivación”
“El juicio de valoración debe ser una consecuencia, no sólo de circunstancias fácticas, sino de los elementos prescritos por el legislador ”
“Al momento de efectuarse la citación a los favorecidos, el notificador no estableció por qué la realizaba a través de una empleada”
Sala de lo Constitucional
Corte Suprema de justicia

Sin embargo, “la medida cautelar, las órdenes de captura y el proceso penal, por devenir en inconstitucionales, no pueden subsistir por constituir vulneración directa al derecho fundamental de libertad personal de los favorecidos”, estableció la Sala de lo Constitucional.

La resolución, que responde al recurso de hábeas corpus interpuesto el 7 de diciembre por el licenciado Fabricio Altamirano, Director Ejecutivo de El Diario de Hoy, comienza cuestionando la amplia “discrecionalidad” que otorgaba a los jueces el artículo 191 (no reformado) del Código Penal, que estaba siendo aplicado a los informadores.

El fallo determina que los juicios de valoración de los jueces no pueden ser subjetivos, sino basados en los hechos y en los límites prescritos por los legisladores al emitir la norma, de tal manera que el ciudadano prevea cuándo se podrá encontrar cometiendo un delito.

La discrecionalidad cuestionada implica un “riesgo severo para el imputado de que no haya una valoración objetiva, sino, por el contrario, arbitraria”, consigna la resolución.

Además, estableció que los comunicadores no fueron personalmente notificados de que debían presentarse a la audiencia ni advertidos de los riesgos que implicaba la incomparecencia. Por tanto, no procedía declararlos “rebeldes”.

Asimismo, la Sala cuestionó la decisión del Tribunal 5o. de Sentencia de ordenar la detención de los profesionales sin haberles dado antes la oportunidad de exponer las razones de su ausencia. Criticó que el juzgado tampoco fundamentó por sí mismo la orden de detención, sino que sólo se basó en la petición de los acusadores.

Entretanto, el Director Ejecutivo de El Diario de Hoy, licenciado Fabricio Altamirano, se mostró complacido al conocer el fallo de la CSJ y recordó que cuando interpuso el recurso ante la Corte, “actuó como hijo, ciudadano y periodista en contra de un atropello al ejercicio de la labor del periodista como libertad fundamental de la democracia”.

Aplauden decisión de CSJ
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) y directores de otros medios se manifestaron complacidos con el fallo de la Corte Suprema de Justicia y destacaron que prevaleció el respeto por la libertad de expresión
“Me parece excelente, porque prevalece el Derecho. La libertad de prensa en el país no debe ser intimidada por nada”
Moisés Urbina
Director de El Noticiero
“Estamos complacidos con la resolución de la Sala. La SIP había señalado los vacíos de cómo se interpreta el artículo 191. Nos alegra la resolución”
José Dutriz
Vicepresidente de la SIP
“En medio de la incertidumbre que generan algunos jueces en este momento, un fallo como este confirma que aún hay unos que hacen lo correcto”
Jorge Hernández
vicepresidente de noticieros TCS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


elsalvador.com WWW