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Endurecen control aduanal

Sanciones. A raíz del TLC habrá multas de hasta del 300 por ciento sobre el valor que se declare incorrectamente


Publicada 17 de Diciembre 2005 , El Diario de Hoy

Guadalupe Hernández
El Diario de Hoy

negocios@elsalvador.com

Las infracciones aduaneras que causen un perjuicio fiscal mayor a los 25 mil dólares serán sancionadas con multas que van del 200 al 300 por ciento. El monto real dependerá delmonto que se pretenda evadir.

Si el monto excede de los 25 mil dólares, además de pagar el porcentaje de la multa, el caso pasará al ámbito penal, como lo establece las reformas aplicadas a Ley Especial para Infracciones Aduaneras, aprobada el martes pasado por la Asamblea Legislativa para la implementación del TLC.

La normativa establece sanciones para los exportadores que mientan o no declaren correctamente su mercadería. La multa será aplicada en el país de destino, de acuerdo a las disposiciones legales que ahí rijan, porque es donde estarán defraudando al fisco.

Las Reformas
Ley de Simplificación aduanera
Solicitud de origen:
- Establece los mecanismos para que los importadores pueden solicitar el trato arancelario preferencial, disciplinas que facilitan el trámite para efectuar la solicitud. Se permitirá la emisión de las certificaciones de origen de las mercancías por el productor, exportador o importadores en forma escrita o electrónica.
Despacho de las mercancías
- Se permitirá el despacho de las mercancías en el punto de legada en 48 horas, sin determinación final de los aranceles aduaneros, impuestos y derechos aplicables.
Ley especial para sancionar infracciones
u Para los exportadores que entreguen certificados de origen erróneos o falsos.
- Por defraudar el fisco por solicitar trato arancelario preferencial amparado en documentos ilegales.
- Obligación de confidencialidad de la información y sanciones.
Ley del Tribunal de Apelaciones de Impuestos Internos y Aduanas
- Tendrá competencia para conocer el recurso de apelación de las resoluciones que emita la Dirección General de la Renta de Aduanas, en materia de liquidación de oficio de tributos, imposición de sanciones, valoración aduanera, clasificación arancelaria y origen de las mercancías.

William García, subdirector de la Dirección General de la Renta de Aduanas, dijo que la incorporación de sanciones evitará que algunas personas se quieran aprovechar de los beneficios que ofrece el Tratado.

Los empresarios no podrán solicitar trato arancelario preferencial, amparándose en documentos falsos, especialmente en la declaraciones de origen de la mercancía, pues es ésta la que determina si paga o no los aranceles.

Los cambios incluyen una ampliación de las funciones del Tribunal de Apelaciones, para que atienda los recursos que los contribuyentes soliciten, como liquidaciones de impuestos, sanciones, valoración aduanera, origen de los productos y otros.
Antes sólo se verificaban los impuestos internos.

Pese a que los controles serán más estrictos, también hay puntos a favor, como los que establecen las reformas a la Ley de Simplificación para que los importadores soliciten el trato arancelario preferencial y tengan más agilidad en los trámites.

Uno de los aspectos importantes es que se va a permitir la transmisión electrónica de los certificados de origen, que no contemplaba la legislación anterior.

Otra figura nueva es la emisión de resolución o criterio anticipado, que permitirá que cualquier importador o exportador pueda hacer consultas (antes de que la mercadería llegue a su destino), al gobierno en donde hará la operación en lo relacionado con impuestos, la clasificación arancelaria y otros. Así sabrá con certeza las normas que le aplicarán a su mercadería.

García explicó que para asegurarse de que la información no sea violada el sistema dará validez a la transmisión electrónica.

Por ejemplo habrá confidencialidad y restricciones al uso de la información, y además ciertas responsabilidades sobre las firmas digitales.

Rapidez

Un cambio importante es el proceso simplificado para el despacho de mercadería, el cual no deberá exceder de 24 horas. “Aunque el Tratado establece más de 48 horas, El Salvador se esta comprometiendo a que sea en menos tiempo”, dijo.

Además se permitirá que los empresarios pasen sus mercaderías por las fronteras sin la determinación (pago) final de los impuestos.

Los países regularán independientemente esta herramienta a fin de que nadie se pueda aprovechar.

En el país, un empresario que quiera hacer uso de ese beneficio deberá hacer una solicitud ante la Dirección de Aduanas, pero deberá estar solvente en el Fisco, ISSS y AFP. También tiene que rendir una fianza que será calculada sobre la base de las operaciones mercantiles que realiza, los valores de éstas y la cantidad de las mismas.

De cumplir con los requerimientos se le entregará la autorización por un año. Pero siempre deberá declarar la mercadería y su manifiesto de carga cuando ingrese la mercadería. Los impuestos podrán cancelarse después sin necesidad de esperar ocho días hábiles.

“Las leyes permiten adecuarse a los momentos actuales, y al mismo tiempo, modernizar los sistemas aduanales con son los cambios informáticos”
William García
Subdirector de Aduanas

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

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