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La solución de las controversias


Publicada 12 de Diciembre 2005 , El Diario de Hoy


EL Diario de Hoy

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Los países que firmaron el Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos tendrán, a partir del 1 de enero de 2006, medidas para protegerse de abusos e incumplimientos de los compromisos adquiridos, por alguno de los socios.

El Tratado contiene un mecanismo de solución de controversias que evita o soluciona problemas en la aplicación del TLC.

En caso de desacuerdos, los países involucrados, un demandado y un demandante, someten la controversia a una etapa de consultas técnicas en la que tratan de superar la divergencia.

Si la primera fase no da resultado, se eleva a consultas entre los integrantes de la Comisión Administradora de Tratados integrada por los Ministros de Comercio Exterior.

Arbitraje

Si las dos fases anteriores no resolvieron la divergencia y se afecta el comercio entre las partes, la parte demandante solicita se instale un panel de árbitros, para que examine el incumplimiento de la contraparte y emita una resolución que supere el altercado.

Si el país demandado no acata el dictamen o recomendación del panel de árbitros, la parte que reclama puede solicitar a los árbitros que le suspendan al país trasgresor los beneficios fiscales del Tratado.

Esta suspensión de exenciones forzaría al país demandado a pagar impuestos por su comercio con Estados Unidos, en una cantidad equivalente a la que causa el irrespeto al TLC.

El país que demanda también podría solicitar, en lugar de la suspensión de beneficios del TLC, una compensación económica equivalente al 50% de la cantidad  del monto que se ha determinado para su contraparte, al excluirlo temporalmente del Tratado.

Todas las medidas establecidas en el mecanismo de solución de diferencias del TLC aplican por igual para Estados Unidos, en caso de ser demandado por algún país centroamericano, o por República Dominicana.

Estados Unidos perdería privilegios para entrar a uno de los mercados de la región, en caso de que no acate la resolución del panel de árbitros.

Los mismos principios y medidas se aplican para resolver divergencias relacionadas con faltas a las leyes laborales y de medio ambiente, con la diferencia de que en ambas, el país violador de los derechos es obligado a pagar una multa de 15 millones de dólares.

En las controversias de persona a persona, las áreas de consenso incluyen la interpretación del tratado ante las entidades internas judiciales y administrativas, y los derechos de las personas con respecto a las medidas impuestas por otra Parte en el área. Pero Centroamérica desea también que el comité consultivo para las disputas comerciales privadas juegue un papel más activo en la promoción y diseminación de medios alternativos de solución de conflictos.

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

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