Lorena
Baires
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
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| Petición. El asesor
Delmer Rodríguez (izq) y el ministro de Gobernación,
René Figueroa, llevaron el documento. Foto:
EDH |
La Policía Nacional Civil (PNC) quiere depurar con suma rapidez
a los agentes que incumplan el Régimen Disciplinario de la Ley
Orgánica institucional.
Un año depués de estudio jurídico del actual régimen,
el ministro de Gobernación, René Figueroa, presentó
a la Asamblea Legislativa una propuesta con 25 reformas.
Con éstas se pretende “garantizar el debido proceso para
los agentes policiales que enfrenten faltas, queremos que las reglas del
juego estén claras para que sepan a qué se enfrentan”,
enfatizó el ministro.
Delmer Rodríguez, uno de los asesores jurídicos que lideró
las reformas, explicó que trabajaron en aclarar las faltas en materia
de sanciones. “Unas que eran graves pasaron a ser leves y viceversa.
Algunas duplicidades se han superado”, indicó.
Añadió que los cambios propuestos fortalecerán el
trabajo de la Inspectoría General de la entidad, así como
el de los tribunales nacionales y regionales que conozcan de los casos.
El director de la PNC, Ricardo Menesses, reveló que en lo que va
del año han destituido a 365 elementos y hay 457 con suspensión
de seis meses sin goce de sueldo. La entidad ha gastado $1.5 millones
en estos procesos.
Otro tema que destacan los titulares se refiere a los recursos con que
cuentan los agentes para apelar los cargos que les acusan.
Por ejemplo, el nuevo artículo 25-I, inciso 5, le da derecho al
imputado a “que se le practiquen todas las pruebas que solicite,
siempre y cuando sean atinentes al proceso”.
Los acusados sólo tienen tres días, luego de ser notificados,
para interponer un recurso de apelación ante las instancias superiores
que le correspondan. Estos deben hacerse por escrito, según los
artículos 25-Q y P.
Rodríguez dice que la duración d e los procesos podría
acortarse en un 40%.
Las autoridades reconocieron que los legisladores tendrán como
prioridad la aprobación del Presupuesto, pero confían en
que le den importancia a ésta y otras peticiones que ya realizado
Gobernación.
Sobre faltas de policías
Los nuevos artículos 21 y 22 dejan en claro las faltas leves y
graves en que los agentes puedan incurrir
Art. 21-11
Son conductas de faltas leves, las siguientes: No entregar el equipo
o las prendas policiales reci-bidas para la presta-ción del servicio
en la forma y tiempo señalado en los reglamentos, manual, instructivo
y órdenes.
Art. 22-B
Son conductas de faltas graves, las siguientes: Dedicarse a negocios ilícitos
o conocer de la realización de estos y no actuar conforme con las
obligaciones que legalmente le corresponden. Supone suspensión
del cargo.

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