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| Caducidad. Si los familiares de los difuntos
no están al día con los desembolsos, la administración
procederá a exhumar los cuerpos. Foto:
EDH
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Regina Miranda
El Diario de Hoy
metro@elsalvador.com
Las funerarias que operan en el municipio de San Salvador, deberán
contar desde enero de 2006, con una autorización para su funcionamiento,
que será otorgado por la alcaldía.
Esto según lo establece la nueva Ordenanza Reguladora de los Servicios
de Cementerio, Funerarios y del Control de dichos Servicios Prestados
por Particulares, que aprobó ayer el concejo capitalino.
La normativa obligará a los propietarios de funerarias a que tramiten
y cancelen una licencia para poder funcionar en el municipio.
También se les demandará que cancelen mensualmente las tasas
a la municipalidad. A la vez, el permiso se otorgará si el lugar
donde ha sido colocada la funeraria o donde se pretende establecer es
idóneo.
Éste será extendido por la Oficina de Planificación
del Área Metropolitana de San Salvador (OPAMSS), para luego llevarlo
a la comuna.
Ever Rodríguez, administrador general de Cementerios, expresó
que la ordenanza busca tener un mayor control de las funerarias establecidas.
“Tienen que tener una licencia, deben tener un ente rector de legalidad”,
manifestó Rodríguez.
En el municipio se han identificado 34 funerarias que están operando.
Si no se acatan los requisitos, los propietarios podrán ser sancionados
hasta por 10 mil colones (1,142.86 dólares).
La ordenanza, además, incluye a los cementerios, tanto particulares
como municipales.
La Administración General de Cementerios hasta la fecha ha tomado
como base la Ley General de Cementerios, que data desde 1977, la cual
a juicio de Rodríguez, con el tiempo presenta vacíos legales.
Ahora, con la normativa, se establecerá que si los familiares no
llevan al día los pagos, durante un año, en lugar de sacar
los restos y trasladarlos a un osario general, como se hacía antes,
se procederá inmediatamente a la cremación.
Se establecerá un horario para exhumar los cuerpos, que será
de siete de la mañana hasta seis de la tarde, y verificarán
si el lugar destinado es el más adecuado para la actividad, especificó
el gerente general.
Cuando la muerte haya sido por causas violentas, las autoridades de los
cementerios para exhumar el cuerpo deberán exigir a Medicina Legal
o a un juez, la certificación de la causa, que no fue muerte natural.
Los dos cementerios de economía mixta de San Salvador tendrán
la obligación de disponer la cuarta parte, para solemnidad, es
decir espacios destinados para aquellas personas que no puedan cancelar
una tumba.
La ordenanza entrará en vigencia, luego que se publique en el Diario
Oficial.

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