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| Barrio La Vega. Las champas de lámina
son testigo de una nueva inundación del conocido barrio de
San Salvador. Foto EDH/Leonardo
González |
Susana
Joma
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
Desobedecer una orden estatal de evacuar zonas definidas como vulnerables
o en riesgo es, ante la vigente Ley de Protección Civil, Prevención
y Mitigación de Desastres, una falta grave que amerita sanción
económica.
Ayer, el viceministro de Seguridad Ciudadana, Rodrigo Ávila, no
descartó la posibilidad de hacer cumplir esa medida durante la
presente emergencia.
La intención coincide con el hecho de que la mayoría de
residentes en localidades en riesgo se resiste a marchar pensando en perder
sus bienes más que en su bienestar.
Las autoridades se han acercado a la ciudadanía en distintos
lugares de alto riesgo para que desalojen de manera temporal sus viviendas...
desgraciadamente muchas de las fallecidas en un determinado momento fueron
advertidas y no acataron, insistió.
La desgracia más próxima fue ayer en la vieja calle a Comasagua
cuando un alud de tierra soterró la vivienda de una familia. Tres
niños perecieron en el suceso. Horas antes, según las autoridades,
los padres habían sido advertidos del riesgo.
La nueva ley de Protección Civil, publicada en el Diario Oficial
el 31 de agosto y aún desconocida para muchos, deja claro en el
artículo 35 los derechos de los ciudadanos. Entre ellos: ser escuchados
y atendidos antes y durante los desastres. Pero también define,
en el artículo 36, una serie de deberes.
Las obligaciones pasan por colaborar con las labores de prevención,
mitigación y protección; acatar las disposiciones y medidas
de prevención que determine la Dirección General de Prevención,
Mitigación y Atención de Desastres o las Comisiones del
Sistema.
En este momento, los reglamentos que hagan operativa la ley aún
no están terminados ni tampoco hay dinero para el Fondo de Prevención
y Mitigación. Aún así, según el ministro René
Figueroa, la norma puede aplicarse.
Puntos de la orden
Los artículos 35 y 36 de la Ley de Protección Civil enumera
responsabilidades.
Informados
Los ciudadanos tienen derecho a ser informados por las autoridades sobre
la inminencia o eventual ocurrencia de un desastre.
Asistencia
Recibir atención médica en hospital público o privado
del país si ha sufrido quebranto de salud debido a un desastre.
Auxilio
Ciudadanos y hospitales deben atender a los heridos en caso de desastre.
A los hospitales les pagará el Estado según reglamentos.
Colaborar
Los salvadoreños quedan obligados a colaborar en labores de prevención,
mitigación y protección que lleven las autoridades.
Notificar
Se debe explicar a la Dirección de Protección Civil la existencia
de señales o signos que pudieran presagiar un desastre.

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