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Silencio de oro
El ISSS paga millón extra en licitación

En manos de la Corte. El Seguro Social erogó casi seis veces más por un antihipertensivo, después de que el Consejo Directivo desestimará las ofertas de dos firmas más baratas y que cumplían los requisitos


Publicada 18 de julio 2005 , El Diario de Hoy


Ivette Amaya
El Diario de Hoy

nacional@elsalvador.com

Si la conocida Carretera de Oro debe su nombre al oneroso gasto adicional que su construcción representó para las arcas del Estado, desde hace un mes, el Seguro Social ya tiene su “medicamento dorado”, a juzgar por el dinero extra que desembolsó para su adquisición.

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La dirección exige estudio por compra
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Después de un proceso de varios meses, no exento de sospechas y dudosas disputas dentro y fuera del Consejo Directivo del ISSS, la empresa distribuidora Manufacturas Humberto Bukele ganó la licitación de Losartán, un medicamento para el control de la presión arterial, con una oferta de $1,449,480.

En el camino quedaron dos empresas nacionales —el producto que ganó es de origen chileno—, cuyas ofertas por la misma cantidad de pastillas apenas superaban los $200,000.

Nelson Nolasco perla
Subdirector general del ISSS
Piden auditoría
“Le manifestamos al Consejo que íbamos a pedir la auditoría a la Corte de Cuentas, porque queremos quedar claros que como administración del Seguro hemos actuado correctamente”
La selección
Desde principios
de año comenzó el
camino hacia una de las adjudicaciones más caras del ISSS.
26 de enero
Primer rechazo
La comisión evaluadora opta por
Activa, S.A. como opción de compra. El Consejo Directivo la desestima.
7 de febrero
Consejo acepta
La comisión presenta a Corporación Bonima, S.A. como la segunda oferta con el precio más bajo. Es elegida.

A pesar de que Armando Bukele, representante de la firma ganadora, asegura que “la calidad tiene un precio y quien ha ganado es el paciente” y las empresas nacionales Activa, S.A. y Corporación Bonima, S.A. hablan de bloqueo y campaña en su contra, el Seguro Social se apresuró a pedir una auditoría a la Corte de Cuentas para que aclare las razones por las cuales la balanza se inclinó por la más cara cuando todas cumplían lo exigido.

Para Nelson Nolasco Perla, subdirector general del ISSS, se quiere demostrar que “como, administración del Seguro, hemos actuado correctamente”.

El víacrucis del caso Losartán comenzó a finales de 2004, cuando la Comisión Evaluadora de Ofertas del ISSS informó al Consejo Directivo, ente con representación del sector patronal, médico y del Gobierno, que la empresa Activa, S.A. fue elegida por cumplir los requisitos técnicos y presentar la oferta más barata.

Georgia Gómez de Reyes, del ente colegiado en representación del sector patronal, adujo problemas con este fármaco en una licitación anterior y exigió un nuevo análisis de calidad.

El personal del departamento de Control de Calidad del ISSS presentó una nueva validación del insumo, pero, al final, la mayoría del consejo rechazó el Losartán del laboratorio nacional.

Esa falta de eficacia de la medicina, denunciada al parecer por algunos especialistas, era desconocida por el propio director del Centro de Especialidades, Dr. Salvador Huiza, y hasta por el Consejo Superior de Salud Pública (CSSP), según confirmó su presidenta, Lolly de Ayala.

10 de febrero
Proceso legal
Manufacturas Humberto Bukele
interpone un recurso de revisión. Se suspende el contrato
con Bonima.
2 de mayo
Hay un ganador
El Consejo Directivo queda dividido por la licitación. El llamado silencio administrativo favorece a Bukele.
18 de mayo
firma del contrato
Tras meses sin fármacos, la firma Manufacturas Bukele suministrará
el producto por valor de $1,449,480.
Ley de licitaciones
Art. 77.- El recurso de revisión deberá interponerse por escrito ante el funcionario que dictó el acto del que se recurre (institución), dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación (adjudicación); si transcurrido dicho plazo no se interpusiere recurso alguno, la resolución por medio de la cual se dictó el acto quedará firme
(adjudicación original).
Si transcurridos los quince días
hábiles después de la admisión
del recurso no se hubiere emitido
resolución alguna, se entenderá que ha sido resuelto favorablemente
(para el demandante).

Como segunda opción, la comisión presentó al ente colegiado la propuesta de Corporación Bonima, S.A.

Esta decisión divide al consejo entre quienes apoyan la oferta y los que piden un examen de bioequivalencia. En este grupo están los representantes del sector laboral y el Colegio Médico.

El producto, como explicó Roberto Soler, representante de la firma, no tiene ese estudio porque en la base de licitación se especifica que “sólo se requiere el perfil de disolución”.

Como era la primera vez que este producto entraba al ISSS, al final, el consejo le otorgó la mitad de la licitación de Losartán a Bonima.

Al conocer la decisión, Manufacturas Humberto Bukele e Hijos, S.A. de C.V. interpuso un recurso de revisión por el ciento por ciento del total ofertado.

El ISSS suspendió la contratación hasta que el consejo resolviera el impasse. Lejos de eso, la única votación quedó empatada a cinco.

Después de 15 días hábiles, el consejo “se olvidó” del caso Losartán y entró en vigor la figura legal del “silencio administrativo”, que favorece a quien interpone el recurso.

Tras un proceso de cuatro meses, la autónoma notificó a Bonima la pérdida del contrato por la falta de resolución del consejo.

La firma se quedó con la materia prima en el almacén y el Seguro pagó casi un millón 200 mil dólares más por un medicamento gracias a un “silencio”, que dará mucho que hablar.

 


La jugada legal que favoreció a Bukele

Manufacturas Humberto Bukele e Hijos, S.A. de C.V. ganó la licitación de Losartán sin que el Consejo Directivo del Seguro Social le diera su respaldo por mayoría.

En la única votación que se realizó después de que la firma mencionada interpusiera un recurso administrativo, el resultado fue de empate a cinco.

En las siguientes reuniones no se habló del caso Losartán, a pesar del desabastecimiento en los hospitales y del millón de dólares que estaba en juego.

Tres semanas después de ese “olvido” entró en juego la figura del “silencio administrativo”, contemplada en el Artículo 77 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, la cual favorece a la firma que recurre si no hay acuerdo previo.

 

Pruebas exigidas
En la base de licitación, el Seguro Social exige que las firmas ofertantes presenten, al menos, uno de los siguientes certificados de calidad.
Bioequivalencia
Es la prueba realizada a un fármaco para medir la efectividad de su principio activo (ingrediente principal) comparado con una muestra del producto original. Se hace con enfermos a los que se les administran, de una forma controlada, dosis de ambos químicos para luego ver si la respuesta es similar. El costo ronda los $100,000.
Perfil de disolución
Certifica la calidad del medicamento, comparado contra el innovador (original) en uniformidad de dosis, es decir, se mide la similitud de su disolución en espacios de cinco a 30 minutos. Así se determina la concentración del principio activo de la pastilla analizada. El estudio se realiza en laboratorios con máquinas especializadas.
Activa, S.A. $0.07
El costo por unidad del medicamento antihipertensivo. El Consejo Directivo lo rechazó por un mal antecedente.

Corporación bonima, S.a. $0.073
Oferta por pastilla. Al ser la primera vez, iba a suministrar sólo el 50 por ciento de la demanda del insumo.

Manufacturas bukele, s.a. $0.36
Precio final que el ISSS pagó por la adquisición de más de tres millones de pastillas hechas en Chile.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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