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| Vigilancia. El nuevo marco legal atribuye a la
corporación policial la calidad de cuerpo auxiliar para la
Dirección de Protección a Testigos. Foto
EDH |
Wilfredo Salamanca
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
Los testigos de crímenes tendrán facilidades para cambiarse
de identidad, trabajo y domicilio, y no serán careados con los
acusados ni vistos por el público en los juicios si la Asamblea
Legislativa aprueba la Ley de Protección de Víctimas y Testigos
que el Gobierno le presentará este mes.
Según el proyecto, que el Ministerio de Gobernación reveló
a El Diario de Hoy, el resguardo no será exclusivo para las víctimas,
testigos y otras personas que intervienen en la investigación de
un delito o en procesos judiciales, sino que se extenderá a familiares
y otras que se encuentren vinculadas con aquéllos.
La aplicación de estas disposiciones será responsabilidad
de la Dirección General para la Protección de Víctimas
y Testigos, misma que será creada y estará adscrita a Gobernación.
La iniciativa surge ante los recientes asesinatos de declarantes y por
el sentimiento de desprotección jurídica argumentado por
la población, como factor para no colaborar con la justicia.
Es una manera para desmotivar al delincuente. Buscamos que el aporte
del testigo sea valioso a la hora de incriminar y castigar al que ha cometido
delito, afirma el titular de Gobernación, René Figueroa,
para justificar el cuerpo de ley que sustituiría el apartado dispuesto
en el Código Penal.
Acciones
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| Custodia. Algunos declarantes podrían
ser trasladados a albergues o lugares reservados. Foto
EDH |
Las medidas de protección han sido clasificadas en ordinarias,
extraordinarias y de atención. Pretenden preservar la identidad
y localización de los custodiados de manera temporal o definitivas,
según el riesgo afrontado.
La aplicación de las disposiciones será dictaminada por
un Equipo Técnico Evaluador que integrarán un ejecutivo
de la Policía Nacional Civil (PNC), un abogado, un sicólogo
y un trabajador social.
Entre las medidas ordinarias se establece que en las diligencias de investigación
policial o de carácter judicial no consten los datos generales
del protegido ni cualquier otro que pueda servir para su identificación.
Para referirse a ello se utilizará un número o cualquier
otra clave.
En las diligencias judiciales, se deberá imposibilitar la identificación
visual de los ofendidos o quienes colaboren con la justicia.
Además, establece que el testimonio podría grabarse en medios
audiovisuales que permitan ser reproducidos en la vista pública
cuando fuere necesario o si la persona no pudiere comparecer.
Esta prueba servirá para garantizar el testimonio en caso de que
el declarante ha sido asesinado o desaparecido. Actualmente, sólo
es válido cuando se rinde en audiencia o en el juicio.
El anteproyecto también prohibiría fotografiar a los testigos
y ordena perseguir penalmente a quien revele datos que faciliten la identificación
del amparado.
Sobre las acciones extraordinarias, plantea la vigilancia policial mientras
exista peligro, facilitación de residencia temporal en albergues
o lugares reservados, cambio de residencia, lugar de trabajo o estudios.
Además, se facilitará la salida del país y residencia
en el exterior cuando las medidas planteadas sean insuficientes. En estos
casos, validaría la expedición de documentos con una nueva
identidad.
Entre las disposiciones de atención está contemplada la
asistencia médica, sicológica y jurídica, entrega
de recursos necesarios para el alojamiento, alimentación y manutención
en general, y la reinserción laboral.
Gobernación dijo que está afinando el documento para presentarlo.
Al menos 31 testigos han sido asesinados en los últimos dos años
en El Salvador, según la policía.
Disposiciones
La iniciativa pretende asegurar los derechos a la vida de los testigos
o de las víctimas, su integridad física y moral, la libertad,
propiedad y seguridad:
Número clave
En diligencias de investigación policial, fiscal o judicial, no
constarán los datos generales de la persona protegida. Se utilizará
un número o clave para referirse a ella. Su domicilio será
la Dirección General de Protección a Víctimas y Testigos.
En juicio
Se utilizarán medios necesarios para impedir el reconocimiento
visual del declarante durante una diligencia judicial. Aunque su testimonio
antes del juicio podría grabarse por cualquier medio audiovisual
fácil de reproducir durante la vista pública.
Extremos
Facilitarán la salida del país y residencia en el extranjero
cuando sea insuficiente la vigilancia policial, cambio de residencia o
lugar de trabajo o estudios. En este caso, se podrá considerar
la expedición de documentos para una nueva identidad.
Atención
Brindar asistencia médica, sicológica y jurídica
de urgencia. El tratamiento será brindado por la red hospitalaria
pública o privada, conservándose rigurosamente las medidas
de seguridad y confidencialidad que se consideren pertinentes.
Piden 50 años de cárcel por matar policías
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| Soyapango. Asaltantes asesinaron a un subinspector.
Foto EDH |
El Gobierno demandó ayer de la Fiscalía General y de los
jueces, aplicar la pena máxima establecida en el Código
Penal para los responsables de asesinar a cuatro policías, en tres
hechos separados.
El ministro de Gobernación, René Figueroa, reclamó
de las autoridades judiciales que castiguen hasta con 50 años de
prisión a los homicidas de los agentes de autoridad, como lo establece
el Artículo 129 del Código Penal.
La principal exigencia del Ejecutivo es por los casos de un subinspector
asesinado el fin de semana anterior en Soyapango al intentar detener a
un grupo de asaltantes, a pesar de estar de vacación, y la de un
agente de la División Elite contra el Crimen Organizado (Deco)
en Lourdes, Colón, acribillado por un marero.
Los tres policías restantes, murieron el viernes anterior en el
puesto de San Jacinto, San Salvador, cuando intentaban evitar que un agente
ebrio trabajara en esa condición.
Con todo respeto, pedimos a la Fiscalía y señores
jueces, que nos ayuden a aplicar la pena máxima a estos delincuentes
que han llevado luto y dolor a los hogares de estos servidores públicos
ejemplares, dijo Figueroa.
Una reforma tipifica como homicidio agravado el cometido contra un agente
de autoridad sea que se encuentren o no en el ejercicio de sus funciones
o con ocasión de las mismas. En estos casos, la pena será
de 30 a 50 años de prisión, dice la modificación.
Sin embargo, Figueroa dice que si es necesario, estamos en la obligación
de dotar a los agentes de la PNC de un marco legal aún más
robusto y mandarle un mensaje al delincuente: que al policía se
le respeta.
Desafío primario
Con la Ley, las autoridades pretenden acabar con el temor y con los atentados
contra quienes colaboren con la justicia. Éstos son algunos de
los casos de asesinados.
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9 diciembre 2004
San Vicente
Omar Isaías López, de 20 años, era el principal
declarante por el asesinato del niño Mycol Ticas. |
7 enero 2005
Zacatecoluca
Miriam Janet Renderos, de 14 años, fue violada por su padre
biológico durante siete años, por lo que atestiguaría
en juicio. |
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4 febrero 2004
San Marcos.
Omar Fernando Martínez era el testigo clave para esclarecer
el asesinato de una menor de edad. Se dedicaba a vender pan. |
17 febrero 2004
Apopa
Selim René Cruz fue asesinado a pocos días de incriminar
por asesinato a un grupo de pandilleros de la zona. |

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