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Ciudad Delgado cobrará mora en el recibo de luz

Disposición El sistema de pago será implementado en los recibos de CAESS a partir de este mes. Ofrecen un plan para saldar la deuda.


Publicada 12 de mayo 2005, El Diario de Hoy

Servicio. Los que no paguen la tasa por disposición final de desechos sólidos recibirán la cuenta en el comprobante de electricidad. Foto EDH

Regina Miranda
El Diario de Hoy

metro@elsalvador.com


A partir de mayo, la Alcaldía de Ciudad Delgado anexará en los recibos de la Compañía de Alumbrado Eléctrico de San Salvador (CAESS), la mora e intereses de la tasa por disposición final de desechos sólidos.

Según Orlando Alférez, síndico de la municipalidad, la disposición se realizará para que los contribuyentes no acumulen grandes cantidades de intereses.

“Cuando no pagan a tiempo la contribución, incurren en una situación de mora, lo que nos obliga un cargo de intereses, además de imponerles una multa”, expresó Alférez.

El síndico explicó que la comuna tiene la potestad de implementar el cobro de la mora de los tributos municipales por los servicios prestados, según lo establece el Artículo 65 de la Ley General Tributaria Municipal.

El inciso determina que la multa mínima debe ser de $2.86, pero cada vez que se haya retrasado el tributario.

“Nosotros tenemos autonomía y no necesitamos avales previos de la Corte de Cuentas, es un sistema de fiscalización posterior”, dijo el trabajador municipal.

Además, agregó que no es obligación de la comuna consultar todos los cambios sobre cobros de tributos que realicen.

Autonomía

“Nosotros no estamos sometidos a consultar todo paso a paso de lo que vamos a hacer. Pero ellos (la Corte de Cuentas), sí nos obligan a aplicar la ley; si hay una deuda, nos obligan a cobrarla”, sostuvo Alférez.

Sin embargo, el síndico manifestó que aún realizan algunos cambios a la ordenanza tributaria, que son cuestiones técnicas para no ser rechazada por la Corte Suprema de Justicia, como fue el caso de la Alcaldía de San Salvador.

La municipalidad de Ciudad Delgado ha dejado de percibir 672 mil dólares, desde 1999 hasta la fecha, luego de que la Corte Suprema de Justicia declarara inconstitucional el cobro en los recibos de electricidad.

Según la comuna, debido a esto se han dejado de ejecutar proyectos como la compra de equipos y herramientas para los empleados del aseo, así también la reparación de las unidades recolectoras, y la limpieza de ríos.

En ocho meses pretenden recuperar los ingresos sólo de la recolección de basura.

El municipio paga mensualmente 22 mil dólares a la empresa Manejo Integral de Desechos Sólidos (Mides), por el tratamiento de los desperdicios.

Otras municipalidades, como Ilopango y Apopa, tienen el mismo mecanismo de cobro en los recibos.

Artículos en que se basan :

La Ley General Tributaria Municipal determina cobrar la tasa mensual, mora, multa e intereses.

Art. 65.- “Obligación de pagar los tributos municipales, el omitir el pago o pagar fuera de los plazos establecidos la sanción será multa del 5% del impuesto, si pagará posterior a tres meses posteriores, la multa será del 10%”.

Art. 204.Constitución de República- “La autonomía del municipio comprende: crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones públicas para la realización de obras determinadas dentro de los límites de la Ley”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



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