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En julio operará el nuevo supervigilante

Casi listo. El ente supervisor que surja en el segundo semestre tendrá más “dientes” y más responsabilidades. Dependerá del Banco Central


Publicada 9 de mayo 2005 , El Diario de Hoy

Gastos. Las tres superintendencias actuales se fusionarán en una sola. Foto EDH



El Diario de Hoy

negocios@elsalvador.com


La Superintendencia única, que se encuentra en proceso de formación, deberá estar funcionando a partir del segundo semestre del año, y pasará a convertirse en el supervigilante de un sinfín de operaciones que ahora ejecutan otras instituciones.

La nueva Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), como se le denominará, será una institución autónoma en lo administrativo, integrada al Banco Central de Reserva (BCR), que tendrá como superintendenciaa adjuntas a la de Pensiones y la de Valores.

La idea de unificar los diferentes entes de supervisión surgió del desarrollo del sistema financiero salvadoreño y el dinámico proceso de cambios que trajo la globalización.

Además permitirá una adecuada supervisión de los conglomerados financieros, que integran a las diferentes empresas relacionadas de un grupo empresarial.

Según el anteproyecto de ley, todavía en manos del Ejecutivo, el novedoso ente supervisará las operaciones de la banca estatal y privada, de las AFP y de los institutos previsionales, de la Bolsa y otras entidades de de valores y de las compañías de seguros.

Las instituciones que serán vigiladas
Más controles para la banca
lLos bancos, los conglomerados financieros, los intermediarios financieros no bancarios, los estatales bancos de Fomento Agropecuario e Hipotecario y el Multisectorial de Inversiones.
Saneamiento y garantías
lEl Fondo de Financiamiento y Garantía para la Pequeña Empresa (Figape) y el Fondo de Saneamiento y Fortalecimiento Financiero (Fosaffi).
Valores estarán en la mira
lLa Bolsa de Valores, las casas corredoras de Bolsa, sociedades especializadas en depósito y custodia de valores, emisores de títulos de oferta pública y el Instituto de Garantía de Depósitos.
Velando por la vivienda popular
lEl Fondo Nacional de Vivienda Popular (Fonavipo), el Fondo Social para la Vivienda (FSV) y otras instituciones y entidades que señale la ley.
Cuidando pensiones actuales y futuras
lLas AFP, el Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos (INPEP), el ISSS en la parte previsional y el Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada.
Garantizando los seguros
lLas compañías y sociedades de seguros, las sociedades de garantías recíprocas y las conocidas como reafianzadoras.

Por si fuera poco, tomará la fiscalización de Fonavipo, del Fondo Social para la Vivienda, de Fosaffi y del Figape.

El Superintendente será nombrado por el Presidente de la República, de entre la terna propuesta por el BCR. A su turno, los superintendentes adjuntos serán nombrados por el Consejo de Ministros, uno de la terna propuesta por el titular de la cartera de Hacienda, y el otro de la terna del ministro de Economía.

Los miembros del Consejo ejercerán sus funciones por cinco años. En caso de ausencia o impedimento temporal, el superintendente será sustituido por uno de los adjuntos, pero si existiera renuncia o ausencia definitiva, se procederá a nombrar uno nuevo, de conformidad con la ley.

Al interior de la SSF se formará una Comisión de Regulación Financiera, que velará porque las entidades que forman el sistema financiero tengan la adecuada solvencia, liquidez y transparencia.

Además buscará que el marco normtivo prudencial se ajuste a los estándares internacionales, a fin de preservar la estabilidad del sistema.

Para el logro de sus objetivos, la Comisión monitoreará y evaluará al sistema financiero, integrando aspectos macroeconómicos y microeconómicos que permitan identificar las fortalezas, riesgos y vulnerabilidades del mismo, así como el buen funcionamiento del sistema de pagos.

Dicha Comisión estará formada por el presidente del BCR, quien la presidirá, dos miembros del mismo banco, el superintendente financiero y un adjunto dessignado por éste.

Iliquidez

El cuerpo legal en estudio contiene también un capítulo que detalla el procedimiento que debe seguir la SSF cuando una empresa vigilada vea afectada su liquidez o solvencia, o que por su situación económica o jurídica ponga en peligro los intereses del público o la estabilidad del sistema.

Además, el anteproyecto de ley, señala los pasos que deben seguirse cuando una entidad supervisada necesite ser intervenida, ya sea porque está en quiebra o por causas que hagan peligrar los depósitos o derechos del colectivo.




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