 |
|
Cambio. El agua será un producto económico.
Foto EDH
|
San
José
El Diario de Hoy
negocios@elsalvador.com
Dos expertos ambientales alertaron sobre
la gestión de las fuentes de agua que se podría dar en el
marco de las inversiones generadas por el Tratado de Libre Comercio (TLC)
entre Centroamérica y Estados Unidos.
Martin Wagner, representante de la organización estadounidense
Earthjustice, aseguró que dentro de los tratados de
libre comercio el agua es vista como un bien más, por lo
cual se vuelve sujeto de las normas del derecho internacional.
Dentro de un TLC el agua está disponible para uso comercial
limitando la posibilidad para los gobiernos de regular la forma como ésta
es usada o explotada, declaró Wagner en un debate sobre el
tema organizado por la estatal Universidad de Costa Rica (UCR).
De acuerdo con el experto de Earthjustice,
una firma de abogados dedicada a la defensa del medioambiente, el derecho
internacional contempla normas para proteger las inversiones extranjeras,
las cuales son superiores a las legislaciones nacionales.
Wagner citó como ejemplo que si una compañía embotelladora
de agua o refrescos se establece en un país en el marco de un TLC
el Gobierno no puede solicitar a la embotelladora vender un porcentaje
mínimo en el país u ofrecer una cantidad gratis para los
barrios pobres.
En caso de que el Gobierno exigiera algún tipo de cumplimiento
y un inversionista considera que sus derechos han sido violados
por el Estado, puede demandarlo y acudir a un arbitraje internacional
de solución de controversias, explicó el experto ambiental.
Actualmente, en Estados Unidos se han presentado reglamentos de
regulación ambiental que se han desechado por miedo a enfrentar
demandas de empresas con base en las normas de inversión internacionales
del comercio, detalló Wagner.
Contradicción
El representante de la Fiscalía del Medio Ambiente de Chile, Fernando
Dougnac, aseguró que en su país el agua ha sido administrada
de manera contradictoria, pues mientras la Constitución la establece
como un bien nacional, el Código de Agua de 1981 la catalogó
como un bien económico.
El código establece que el uso y goce de las aguas le pertenece
a los particulares que se les ha asignado un derecho de aprovechamiento
que es del dominio completo y total de su titular, explicó
Dougnac (EFE).

|