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Revés a jueza
Mareros seguirán en penal

Resolución de Cámara. La funcionaria Astrid Torres usurpó atribuciones al ordenar a la Dirección de Centros Penales que devolviera a la penitenciaría de Quezaltepeque a 12 internos recluidos en la prisión de Zacatecoluca, La Paz


Publicada 13 de abril 2005 , El Diario de Hoy

Diligencia. Los 12 pandilleros recluidos en Zacatecoluca solicitaron una audiencia de queja mediante sus abogados. Foto: EDH /Archivo


Wilfredo Salamanca
El Diario de Hoy

nacional@elsalvador.com


La Cámara de la Cuarta Sección del Centro de Santa Tecla resolvió que el traslado de reos es competencia administrativa de la Dirección de Centros Penales, revirtiendo así el fallo de una jueza de Vigilancia Penitenciaria que, a fines de febrero, ordenó regresar al penal de Quezaltepeque a 12 internos removidos al Centro de Máxima Seguridad de Zacatecoluca, La Paz.

A solicitud del Gobierno, la instancia superior determinó revocar la resolución de la jueza Astrid Torres que favorecía a una docena de miembros de la Mara Salvatrucha.
A dichos reos, las autoridades penitenciarias les detectaron un plan de fuga, por lo que inicialmente ejecutaron su traslado al penal de Usulután.

“El reo que dirija crímenes o participe en desórdenes en penales se expone a ser trasladado a Zacatecoluca”
René Figueroa
Ministro de Gobernación
“El fallo reconoce que el traslado es para garantizar la seguridad de la ciudadanía y de los mismos reos”
Rodrigo Ávila
Viceministro de Seguridad

Posteriormente, un consejo criminológico resolvió que debían internarse en un régimen especial como el que impone Zacatecoluca.

Durante una audiencia especial de queja solicitada por los pandilleros, la jueza Torres estableció que se habían violentado derechos de los reos como el debido proceso, el de mantener sus relaciones familiares, al tratamiento penitenciario, así como el haber sido sometidos a maltrato por parte de la Unidad de Mantenimiento del Orden.

La funcionaria responsabilizaba de dichas violaciones al director de Centros Penales, Ástor Escalante, y al director en funciones del penal de Quezaltepeque, Antonio Domingo González.
Pero, la resolución que la Cámara emitió hace cuatro días declara sin lugar las quejas judiciales interpuestas por los reos recluidos en el penal de Zacatecoluca.

En traslado. Los delincuentes denunciaron maltratos físicos y verbales en Usulután y La Paz. Foto: EDH /Archivo

El tribunal determina que el único hecho que aparentemente constituiría un motivo de queja judicial es el relativo a los maltratos físicos y verbales que los internos dicen haber sufrido a su llegada a los penales de Usulután y Zacatecoluca, pero que Torres en su fallo reconoce “como un hecho que está fuera de su competencia territorial”.

El fallo califica como “posición totalmente errada” que la funcionaria cuestione la legalidad de la remoción, porque ella no avaló la declaratoria de estado de emergencia.

Agrega que la Ley Penitenciaria faculta al titular de Centros Penales o a los directores penitenciarios la reubicación de emergencia, y al juez de vigilancia que sólo comunique al interno la remoción.

La Cámara aplaude que los pandilleros estén recluidos en Zacatecoluca, porque considera que dicha prisión cuenta con un equipo técnico criminológico que está completo.
También le cuestiona a Torres haber insistido en que su fallo era inapelable, cuando no lo era.

Beneplácito y advertencia

Mientras la oficina de Comunicaciones del Centro Judicial Isidro Menéndez informó ayer que la jueza de Vigilancia Penitenciaria Astrid Torres no se pronunciaría sobre el fallo de la Cámara, el Gobierno destacó que ha prevalecido el Estado de Derecho.

Diligencia. Astrid Torres (derecha) en una audiencia. Foto: EDH

“Somos respetuosos de la resolución. Lo que ha prevalecido es el Estado de Derecho. Se nos ha reconocido y dado la razón desde el punto de vista jurídico”, dijo el ministro de Gobernación, René Figueroa.

Advirtió que, en el afán por garantizar la seguridad a la población, el Gobierno trasladará al Centro de Máxima Seguridad de Zacatecoluca “a los delincuentes que signifiquen riesgo y peligro para la ciudadanía decente”.

“El reo que se porte bien, se queda en el penal donde está; pero el que transgreda la ley, ponga en peligro a otros con motines, revueltas o desde ahí dirija actos delictivos, va a ser trasladado a Zacatecoluca”, sentenció el funcionario, ante el silencio de la funcionaria.

“Sin facultades”

-“Contrario al Estado de Emergencia, en que el Juez de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de Penas tiene facultades de control para modificar, confirmar o revocar; en las reubicaciones de urgencia no existen tales facultades, pues el conocimiento que se da al juez no conlleva otras facultades si no la simple comunicación”.
-“Lo que en este procedimiento ha ocurrido es una clara usurpación de funciones por la Jueza inferior, puesto que propiciando un procedimiento que ella misma ha iniciado tramita el procedimiento de queja para prorrumpir en la competencia meramente administrativa del Consejo Criminológico Nacional”.

Argumentos de la decisión
El Tribunal habría aceptado sólo denuncias por maltratos a los quejosos.
El traslado está basado en la ley
La reubicación de urgencia no constituye motivo de queja por no encajar la denuncia de mareros con la Ley Penitenciaria.
Sin afectar relación familiar
A los reos removidos a Zacatecoluca no se les ha suspendido el régimen de visitas y las relaciones con sus parientes.
El tratamiento penitenciario
Está garantizado en Centro de Máxima Seguridad por contar con equipo
técnico criminológico completo.
Intervención
de la policía
La PNC como Órgano Auxiliar de la justicia está facultada para ejecutar el traslado y reubicación de urgencia de los internos.
Permite la apelación
La Cámara señala que la intención de la jueza evidencia una falta de conocimientos y quebrantos a la Constitución.
12
Reos quejosos

Argumentaron que las
autoridades les habían
violado sus derechos.
323
presos

Capacidad instalada en
el Centro de Máxima Seguridad de Zacatecoluca.
5
de la mara 18

Fueron incluidos durante el traslado, entre ellos Carlos Mojica (a) Viejo Lin.
Fechas claves
6-febrero-2005
Doce reclusos de la MS fueron
trasladados del penal de Quezaltepeque al de Usulután. A cinco de la 18 removieron de Chalatenango
a Gotera.
8-febrero-2005
Los consejos criminológicos de Usulután y Gotera coincidieron en resolver que los líderes mareros fueran al penal de Máxima Seguridad en Zatecoluca.
7-MARZO-2005
Una jueza penitenciaria ordenó que los reos sean devueltos al penal de Quezaltepeque, porque a su criterio se les violentaron los derechos constitucionales.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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