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| Diligencia. Los 12 pandilleros recluidos en
Zacatecoluca solicitaron una audiencia de queja mediante sus abogados.
Foto: EDH /Archivo |
Wilfredo Salamanca
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
La Cámara de la Cuarta Sección del Centro de Santa Tecla
resolvió que el traslado de reos es competencia administrativa
de la Dirección de Centros Penales, revirtiendo así el fallo
de una jueza de Vigilancia Penitenciaria que, a fines de febrero, ordenó
regresar al penal de Quezaltepeque a 12 internos removidos al Centro de
Máxima Seguridad de Zacatecoluca, La Paz.
A solicitud del Gobierno, la instancia superior determinó revocar
la resolución de la jueza Astrid Torres que favorecía a
una docena de miembros de la Mara Salvatrucha.
A dichos reos, las autoridades penitenciarias les detectaron un plan de
fuga, por lo que inicialmente ejecutaron su traslado al penal de Usulután.
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El reo que dirija crímenes
o participe en desórdenes en penales se expone a ser trasladado
a Zacatecoluca
René Figueroa
Ministro de Gobernación
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El fallo reconoce que el
traslado es para garantizar la seguridad de la ciudadanía
y de los mismos reos
Rodrigo Ávila
Viceministro de Seguridad
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Posteriormente, un consejo criminológico resolvió que debían
internarse en un régimen especial como el que impone Zacatecoluca.
Durante una audiencia especial de queja solicitada por los pandilleros,
la jueza Torres estableció que se habían violentado derechos
de los reos como el debido proceso, el de mantener sus relaciones familiares,
al tratamiento penitenciario, así como el haber sido sometidos
a maltrato por parte de la Unidad de Mantenimiento del Orden.
La funcionaria responsabilizaba de dichas violaciones al director de Centros
Penales, Ástor Escalante, y al director en funciones del penal
de Quezaltepeque, Antonio Domingo González.
Pero, la resolución que la Cámara emitió hace cuatro
días declara sin lugar las quejas judiciales interpuestas por los
reos recluidos en el penal de Zacatecoluca.
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| En traslado. Los delincuentes denunciaron maltratos
físicos y verbales en Usulután y La Paz.
Foto: EDH /Archivo |
El tribunal determina que el único hecho que aparentemente constituiría
un motivo de queja judicial es el relativo a los maltratos físicos
y verbales que los internos dicen haber sufrido a su llegada a los penales
de Usulután y Zacatecoluca, pero que Torres en su fallo reconoce
como un hecho que está fuera de su competencia territorial.
El fallo califica como posición totalmente errada que
la funcionaria cuestione la legalidad de la remoción, porque ella
no avaló la declaratoria de estado de emergencia.
Agrega que la Ley Penitenciaria faculta al titular de Centros Penales
o a los directores penitenciarios la reubicación de emergencia,
y al juez de vigilancia que sólo comunique al interno la remoción.
La Cámara aplaude que los pandilleros estén recluidos en
Zacatecoluca, porque considera que dicha prisión cuenta con un
equipo técnico criminológico que está completo.
También le cuestiona a Torres haber insistido en que su fallo era
inapelable, cuando no lo era.
Beneplácito y advertencia
Mientras la oficina de Comunicaciones del Centro Judicial Isidro Menéndez
informó ayer que la jueza de Vigilancia Penitenciaria Astrid Torres
no se pronunciaría sobre el fallo de la Cámara, el Gobierno
destacó que ha prevalecido el Estado de Derecho.
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| Diligencia. Astrid Torres (derecha) en una audiencia.
Foto: EDH |
Somos respetuosos de la resolución. Lo que ha prevalecido
es el Estado de Derecho. Se nos ha reconocido y dado la razón desde
el punto de vista jurídico, dijo el ministro de Gobernación,
René Figueroa.
Advirtió que, en el afán por garantizar la seguridad a la
población, el Gobierno trasladará al Centro de Máxima
Seguridad de Zacatecoluca a los delincuentes que signifiquen riesgo
y peligro para la ciudadanía decente.
El reo que se porte bien, se queda en el penal donde está;
pero el que transgreda la ley, ponga en peligro a otros con motines, revueltas
o desde ahí dirija actos delictivos, va a ser trasladado a Zacatecoluca,
sentenció el funcionario, ante el silencio de la funcionaria.
Sin facultades
-Contrario al Estado de Emergencia, en que el Juez de Vigilancia
Penitenciaria y de Ejecución de Penas tiene facultades de control
para modificar, confirmar o revocar; en las reubicaciones de urgencia
no existen tales facultades, pues el conocimiento que se da al juez no
conlleva otras facultades si no la simple comunicación.
-Lo que en este procedimiento ha ocurrido es una clara usurpación
de funciones por la Jueza inferior, puesto que propiciando un procedimiento
que ella misma ha iniciado tramita el procedimiento de queja para prorrumpir
en la competencia meramente administrativa del Consejo Criminológico
Nacional.
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Argumentos de la
decisión
El Tribunal habría aceptado sólo denuncias por maltratos
a los quejosos.
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El traslado está
basado en la ley
La reubicación de urgencia no constituye motivo de queja
por no encajar la denuncia de mareros con la Ley Penitenciaria.
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Sin afectar relación
familiar
A los reos removidos a Zacatecoluca no se les ha suspendido el régimen
de visitas y las relaciones con sus parientes.
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El tratamiento penitenciario
Está garantizado en Centro de Máxima Seguridad por
contar con equipo
técnico criminológico completo.
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Intervención
de la policía
La PNC como Órgano Auxiliar de la justicia está facultada
para ejecutar el traslado y reubicación de urgencia de los
internos.
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Permite la apelación
La Cámara señala que la intención de la jueza
evidencia una falta de conocimientos y quebrantos a la Constitución.
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12
Reos quejosos
Argumentaron que las
autoridades les habían
violado sus derechos.
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323
presos
Capacidad instalada en
el Centro de Máxima Seguridad de Zacatecoluca.
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5
de la mara 18
Fueron incluidos durante el traslado, entre ellos Carlos Mojica
(a) Viejo Lin.
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Fechas claves
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6-febrero-2005
Doce reclusos de la MS fueron
trasladados del penal de Quezaltepeque al de Usulután.
A cinco de la 18 removieron de Chalatenango
a Gotera.
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8-febrero-2005
Los consejos criminológicos de Usulután y Gotera
coincidieron en resolver que los líderes mareros fueran
al penal de Máxima Seguridad en Zatecoluca.
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7-MARZO-2005
Una jueza penitenciaria ordenó que los reos sean devueltos
al penal de Quezaltepeque, porque a su criterio se les violentaron
los derechos constitucionales.
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