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| Caos. Varias empresas están aplicando
las leyes tal como quedaron en diciembre. Foto
EDH |
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Las reformas a las reformas se publicarán
en el Diario Oficial del 18 de marzo y rigen desde el 28 de marzo.
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El Diario de Hoy
negocios@elsalvador.com
La entrada
en vigencia de las modificaciones a las reformas tributarias ha creado
más de un dolor de cabeza a muchos empresarios, quienes no conocen
a ciencia cierta desde cuándo comenzó a regir la nueva normativa,
y por ende cuándo le empiezan a afectar en sus operaciones.
El problema es que hasta la semana pasada los empresarios no sabían
si el Presidente Elias Antonio Saca había sancionado las reformas
o no, y si las envió a publicar al Diario Oficial.
Pero ayer se conoció que el mandatario de la República ya
las sancionó y las envió a impresión.
Así las cosas, la nueva normativa saldría publicada con
fecha 18 de marzo y su vigencia oficial habría iniciado desde el
pasado 28 de marzo.
El malestar se genera porque Hacienda no ha dado a conocer esa información,
lo cual podría entorpecer el registro de ciertas operaciones o
causaría posteriores correcciones.
Lo mejor sería que el sector público aclare esto para
que se evite hacer ajustes por cosas que no se conocían,
señaló un analista tributario de una empresa comercial.
Otro aspecto que se preguntan los emprendedores es si cuando estas normas
salgan publicadas van a ser retroactivas o no.
La cuestión es que aquí hay un limbo, porque los emprendedores
no están de acuerdo en pagar impuestos por un atraso que compete
al Diario Oficial.
Hacienda debe aclarar este desfase, dijo la fuente.
El Diario de Hoy quiso conocer la posición de la Dirección
General de Impuestos Internos (DGII), pero no se pudo obtener respuesta.
El viernes pasado, la DGII dio a conocer que hoy arrancan los planes de
fiscalización, en donde la evasión de impuestos será
duramente combatida.
En esa oportunidad, detalló algunas actividades que se emprenderán.
Por ejemplo, vigilará que todos los inventarios de las empresas
que visiten cuenten con la debida documentación (factura legal).
Además se aplicará prisión a quienes realicen negocios
con el objeto de vender créditos fiscales falsos.
Pago a cuenta
Otra área a la que se dará énfasis es al pago a cuenta
en donde existen nuevos segmentos obligados con el 1.5%, tales como los
profesionales liberales, mientras que a algunos vendedores de alimentos
y artículos de higiene personal se les cobrará el 0.03%.
El fisco también vigilará a los agentes designados para
que efectúen la retención y la percepción de IVA
del 1%.
Un mecanismo adicional se dará en la percepción del 2% que
será aplicada a las transacciones efectuadas con tarjetas de crédito.
Asimismo, se controlará que las imprentas elaboren sólo
las facturas aprobadas por Hacienda.

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