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Rafael Rodríguez
Loucel
El Diario de Hoy
rloucel@utec.edu.sv
En la sección Negocios, de El Diario de Hoy, del 21-10-2004,
apareció bajo el título: Estudian fusión de superintendencias,
la afirmación de que la Secretaría Técnica de la
Presidencia se ha embarcado en el proceso de analizar la unificación
de los entes reguladores del sistema financiero o, al menos, de tener
una supervisión integrada, según las nuevas tendencias mundiales.
Los organismos que serían integrados son la Superintendencia del
Sistema Financiero, la de Pensiones y la de Valores; las que, adicionando
también la de Seguros, se volvería a tal como estaban en
el primer quinquenio de los 90.
Cuatro meses después, se afirma que en junio se inicia la fusión
de las superintendencias, partiendo de la versión final del
borrador de anteproyecto que la Secretaría Técnica
recibió recientemente. En 1996 se atomizó lo que hoy se
pretende integrar. Un pequeño antecedente en beneficio del lector:
el entonces superintendente, al tomar posesión, realizó
una especie de gira por las instancias de los poderes Ejecutivo y Legislativo,
con el objetivo de que las autoridades gubernamentales desistieran de
implementar dicha fragmentación. La copia de un modelo chileno
o intereses sectoriales ubicados en la rama de valores fueron tal vez
los que incidieron para precipitar la decisión de orden político.
Las razones para que el gobierno de ese entonces tomara tal decisión
y los esfuerzos infructuosos que realizó el superintendente en
la Comisión de Hacienda en 1996 para persuadir con argumentos técnicos
un proyecto ya políticamente aprobado resultan irrelevantes hoy
en día. Lo importante es que el Gobierno de turno ratifica y corrige,
lo que es una virtud y un proceder plausible en beneficio de los usuarios
del sistema financiero.
Entiendo que la nueva Superintendencia Financiera podrá requerir
información a las entidades que formen parte de un grupo financiero
o empresarial. Estos grupos se definen como el conjunto de sociedades
vinculadas entre sí o bajo control común, que tienen por
actividad preponderante la prestación de servicios bancarios, bursátiles,
de seguros o financieros.
Se entiende por relaciones empresariales aquellas que existen entre sociedades
contraloras, filiales, vinculantes o vinculadas. En resumen y para los
fines de supervisión, cuando en estos grupos existan vínculos
de administración o responsabilidades crediticias que permitan
considerar la posibilidad de riesgos financieros comunes en los créditos
que reciban o en la adquisición de los valores que emitan no podrían
ser considerados como entes distintos.
En algún rincón o archivo de la Asesoría Jurídica
de la Presidencia o de la Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa,
estará un proyecto de enmienda a la Superintendencia del Sistema
Financiero, modernizándola y dotándola de las facultades
administrativas y legales para supervisar de forma eficaz un sistema financiero
ágil y moderno.
Todo ello también podrá ser irrelevante, lo importante es
lo que expresa la presidenta del Banco Central de Reserva y el secretario
técnico de la Presidencia del actual Gobierno, que afirman respectivamente:
Ésta es una recomendación que emana de las reglas
de Basilea, en la cual se busca supervisar a los intermediarios financieros
de manera conjunta.
Entonces los temas de la regulación y supervisión deben
adaptarse a la nueva forma de hacer negocios, y el anteproyecto
propone que haya una entidad supervisora que abarque a los bancos, valores,
pensiones y seguros. En algún momento posterior deberá pensarse
en considerar a las instituciones financieras no bancarias y a los conglomerados
financieros.
Felicitaciones para el Gobierno actual, que trata de hacer las cosas bien,
corrigiendo los errores del pasado. Quizás les puedan servir de
algo esas propuestas de 1997.
La Superintendencia integrada debería partir de la actual Superintendencia
financiera, reorganizándola, empezando por abolir el consejo directivo,
que es una instancia de apelación de lo actuado por el superintendente,
cuando ya existe otra instancia superior como lo es la Corte Suprema de
Justicia. ¡Un absurdo, verdad amigo lector!
Lo más importante para el ente que surgirá en junio, según
noticia de este Diario del 19-02-2005, es que se le provea de una legislación
eficaz y ágil para actuar con la celeridad en casos emergentes.
También que se le confiera de la independencia y autonomía
administrativa y financiera efectiva, precisamente para no
caer en las supuestas negligencias del pasado.
El superintendente debería ser nombrado por el Presidente de una
terna con participación ciudadana, representada por profesionales
técnicamente idóneos. Se sugiere también un consejo
asesor en lugar del consejo directivo integrado por personas propuestas
por asociaciones profesionales y asociaciones gremiales.
*Lic. en Economía.

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