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Debate. Elizardo González Lovo saluda a un integrante de
la Asociación del Rifle, luego de la sesión legislativa
de ayer. Foto EDH/Jorge Reyes
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Francisco Mejía
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
Los diputados acordaron ayer modificar el Código Penal y la Ley
de Control y Regulación de Armas de Fuego para elevar a la categoría
de delito y penalizar con tres a cinco años de prisión a
quien porte un arma de fuego sin matrícula o licencia de uso.
Si el anteproyecto de ley, presentado por el Ministerio de Gobernación,
es aprobado, se estaría sancionado, además, la portación
de pistolas en lugares prohibidos legalmente, en estado de ebriedad o
bajo los efectos de sustancias estupefacientes.
También se veda portar armas en unidades del transporte público,
en instituciones públicas, centros sociales, culturales y educativos,
restaurantes, hoteles, pensiones, bares, barras show, expendios de bebidas
alcohólicas, cervecerías, billares, parques ecológicos
o áreas protegidas.
Asimismo, durante la realización de espectáculos públicos,
desfiles, manifestaciones o protestas públicas, reuniones cívicas,
religiosas y deportivas.
Requisitos
La edad para la tenencia y conducción de armas será 21 años.
La ley vigente lo permite a los 18.
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La intención es volver
más estricto el poder tener un arma de fuego
Guillermo Gallegos
Diputado de ARENA
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Nosotros no vamos a respaldar
que se autorice la portación
Héctor Dada
Diputado del CDU
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Mientras que para la portación de un arma será necesario
tener 24 años. Actualmente, la autorización se obtiene a
los 21.
En el aspecto de la portación, existe una excepción de edades
para los miembros de la Fuerza Armada, Policía Nacional Civil,
Academia de Seguridad Pública y empresas de seguridad que brinden
el servicio.
José Almendáriz, del PCN, se ha encargado de hacer algunas
modificaciones al proyecto original. Sin embargo, argumenta que la propuesta
mantiene su espíritu.
El pecenista está conforme con las enmiendas hechas. Indicó
que, en el caso de su partido, al apoyar la propuesta, contribuirán
a facilitar a las autoridades competentes un instrumento jurídico
necesario para combatir más eficientemente la delincuencia.
No obstante, el anteproyecto de ley no cuenta con el apoyo unánime.
Manuel Melgar, del FMLN, manifestó que las medidas propuestas no
darían los resultados esperados contra la criminalidad.
El efemelenista hizo una contrapropuesta al respecto: solicitó
apoyo para prohibir la portación de armas, sin más excepción
que la de los cuerpos de seguridad del país.
La moción de Melgar no prosperó. Aseguró que su fracción
no acompañará con sus votos si el proyecto es sometido en
la sesión plenaria tal como está planteado.
Los cinco diputados del CDU no votará en favor del cambio sobre
la portación de armas, pero sí dará su aval para
aprobar algunos artículos en los que no tienen inconvenientes.
Piden la pena de muerte
Representantes de la Asociación Nacional del Rifle expresaron
ayer la necesidad de que en el país se cuente con la pena de muerte
para combatir la delincuencia.
Integrantes de la agrupación llegaron a la Comisión de Seguridad
Pública de la Asamblea Legislativa para abogar por que no sea prohibido
portar armas entre los ciudadanos responsables.
¿Por qué nosotros no podemos aplicar una pena de muerte?
El hampa nos está aplicando una pena de muerte a los honrados,
sostuvo Javier Ordoño, miembro del grupo.
Ordoño sugirió crear la figura de los jueces sin rostro
para eliminar los peligros contra los aplicadores de justicia.
Esta asociación sostiene que la actual ley de armas no es obsoleta,
pero habría que aplicarla al pie de la letra para lograr un mejor
resultado.
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Rigurosidad
El anteproyecto propuesto por el Ministerio de Gobernación
no prohíbe la portación de armas, pero vuelve más
duros los requisitos y elimina lugares para usarlas.
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La
Edad mínima
La propuesta para la portación de un arma de fuego es a los
24 años. Para la tenencia, conducción y
colección, 21 años.
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Tiempo
en la cárcel
Será un delito tener un arma
de fuego o portarla sin contar con los debidos permisos. La sanción
será de tres a cinco años de prisión.
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Lugares
prohibidos
La ley no permitirá portar pistolas en los autobuses públicos,
taxis, cervecerías, bares, barras show,
parques centros sociales y turísticos.
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