El Diario de Hoy
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El gobierno ha diseñado
el reglamento general que servirá para normar el reparto de las
cuotas de importación libres de aranceles, negociadas en el Tratado
de Libre Comercio (TLC).
Los empresarios que no respeten la normativa se arriesgan a ser multados,
a pagar los gravámenes y a que se les restrinja el uso de los cupos.
Se reglamentaron las cuotas de importación de sorgo, arroz granza,
arroz procesado, lácteos, productos avícolas, carne porcina,
maíz amarillo y blanco.
En El Salvador, los productores de arroz, de maíz amarillo y blanco,
y de carne de cerdo, están sujetos a convenios privados, mediante
los cuales logran exención de aranceles para la importación
de estos rubros, previa compra de la cosecha nacional de cada uno.
René Salazar, titular de la Dirección de Administración
de Tratados Comerciales (Datco), informó que el reglamento contempla
los convenios, por lo que han elaborado normativas en cada caso, para
lograr transparencia en el reparto de la cuota.
En el caso de los productos que no están sujetos a convenios privados,
aclaró, el reglamento mantiene la visión de crear un mecanismo
para dar mayor oportunidad a los importadores históricos, es decir,
a los que durante los tres primeros años previos a la vigencia
del TLC se dedicaron a introducir los bienes sujetos a cuotas.
El mecanismo también conserva el objetivo de abrir oportunidades
a los nuevos importadores que surjan en el proceso de vigencia del Tratado,
apuntó.
Aún no se definen los porcentajes que se destinarán a los
importadores históricos y a los nuevos, ya que el reglamento sigue
en consulta con los empresarios.
Salazar estima que dentro de unas semanas se enviará la reglamentación
a la Presidencia de la República, para su aprobación. La
normativa estará lista para cuando el TLC entre en vigencia, y
caducará cuando termine la vida de cada cuota, cuyos plazos van
de 14 a 20 años, según el sector.
Sanciones
Salazar aseguró que los mecanismos de control de las cuotas serán
estrictos. El reglamento se aplicará por las aduanas y será
coordinado por la Datco y el Ministerio de Agricultura y Ganadería
(MAG).
Todo beneficiario de cuota deberá estar solvente con el fisco.
Si importa más de lo que se le ha asignado, deberá pagar
el arancel respectivo, una multa y sujetarse a una auditoría.
El industrial o importador que transfiera la cuota a otras personas o
empresas, perderá el derecho a la cuota restante en el año
respectivo y en el siguiente.
La tranferencia se permitirá sólo en el caso de los importadores
de maíz amarillo y sorgo, que no puedan financiar la introducción
de mayores cantidades de producto. Debido a que la mayoría del
sector está compuesta por pequeños importadores, se les
deja la opción de agruparse o de encargarle la importación
a una empresa grande, para consolidar la cuota que necesitan.
Aquellos importadores que, por ejemplo, no utilicen la totalidad de la
cuota asignada, sino el 90% de la misma, al siguiente año ya no
se les entregará el cupo original, sino el que realmente emplearon.
El 10% restante será reasignado entre los importadores involucrados,
aclaró Salazar.
La normativa es más estricta para el empresario que no llegue a
utilizar siquiera el 75% de la totalidad de su cupo, durante dos años
consecutivos, ya que para el tercero, se le anulará el beneficio
y se reasignará a otros importadores.
No se permitirá que una misma familia cree varias empresas para
abarcar la mayor parte de una cuota. Si se comprueba que dos o más
personas o empresas relacionadas acaparan los cupos se le anularán
los beneficios.

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