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Particulares podrían denunciar a padres

Trámites. Abuelos, tíos y vecinos podrían pedir ayuda. Los demandados tendrían que aportar pruebas a la PGR


Publicada 14 de febrero 2005 , El Diario de Hoy

El Código de familia
Otros interesados en ayudar podrán solicitar apoyo para los pequeños.
Art. 220:
El que tuviere de hecho el cuidado personal de un menor de edad tendrá capacidad de representarle con el objeto de solicitar la prestación de pensión alimenticia.
Isolina de Marín, del PDC
“Esperamos que otros informen casos de abandono de niños incluso si las madres tienen miedo a hacerlo por represalias”.
Fernando González, del CDU
“Ahora no sólo los padres tendrán derecho a hacer denuncias, también lo podrán hacer terceros, vecinos, abuelitos y tíos”.


Alexandra Bonilla
El Diario de Hoy

nacional@elsalvador.com


De aprobarse una serie de reformas al Código de Familia y a la Ley Procesal de Familia, cualquier persona podría denunciar un caso de irresponsabilidad paternal ante la Procuraduría General de la República (PGR).

Según la legislación actual, únicamente el progenitor que tiene bajo su cargo el cuidado del menor de edad puede demandar ayuda del padre del niño.

Los diputados pretenden añadir un inciso al Artículo 220 del Código de Familia, para que terceros puedan anteponer una demanda en la PGR si sospechan o saben que el progenitor que abandonó el hogar no aporta económicamente para la manutención de sus hijos.

“Muchas veces, las mujeres no hacen la denuncia en la Procuraduría, porque tienen miedo a represalias de sus maridos o porque son amenazadas”, aseguró Fernando González, del CDU.

Para los parlamentarios, esto ayudará a detectar a todos aquellos padres que no cumplen con las obligaciones que tienen con sus hijos.

También los abuelos, tíos u otras personas que se han hecho cargo del cuidado del menor podrán demandar ayuda.

“El que tuviere de hecho el cuidado personal de un menor de edad tendrá capacidad especial a efecto de representarlo administrativa o judicialmente, con el objeto de solicitar la prestación de pensión alimenticia”, reza la propuesta.

Colas. Se espera recolectar más ayuda para los menores. Foto: EDH/Felipe Ayala

Una vez alguien haya puesto la demanda la Procuraduría, podrá actuar de oficio e investigar el caso. Además podrían mandar a llamar al supuesto padre irresponsable.

Se pretende modificar el proceso actual para exigir una cuota de ayuda para el cuidado de los menores de edad.

Pruebas


La persona que solicite ayuda deberá ser quien presente documentos con los que se comprueben los ingresos del progenitor que no esté cumpliendo con sus obligaciones.

Los parlamentarios de la Comisión de la Mujer también están estudiando la posibilidad de que se obligue al padre demandado a proporcionar estos datos.

Según los diputados, existe un desbalance entre el titular del derecho (alimentario) y aquel obligado a su concreción (alimentante).

Además, opinan que el mecanismo para la determinación de la pensión no es lo suficiente expedito.

La comisión cree que con las reforma se agilizaría el trámite, ya que se haría una reversión de la carga de prueba, y el demandado tendría que demostrar que no tiene los recursos necesarios.


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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