elsalvador.com WWW
Portada Nacional El País Deportes Metro Negocios Editorial RUZ Vida Internacionales Por el mundo

Se heredarán deudas fiscales

Solidarios. Quien reciba herencias pagará los impuestos pendientes de sus padres


Publicada 5 de enero 2005 , El Diario de Hoy

Tributos 1,816 mIllones de dólares eran las proyecciones de recaudación en 2004.

Contribuyentes 389 mIl
declarantes entre los de IVA y renta registra Hacienda.


José Luis Henríquez
El Diario de Hoy

negocios@elsalvador.com

Las personas que reciban sucesiones o herencias de parte de sus padres, abuelos o de terceros deberán también asumir las deudas que estos hayan contraído con Hacienda.

Tal disposición emana de las recientes reformas fiscales, en las que se crea la figura de la responsabilidad solidaria por deudas u obligaciones pendientes, por medio de la cual el heredero se convierte en una especie de fiador de la persona o entidad que le donó los bienes.

Otto Carin González, gerente de servicios fiscales de la firma de auditoría Price Waterhouse & Cooper/López Salgado y Compañía, señala que el Estado lo que ha hecho es regular disposiciones que estaban oscuras en la legislación, o en las que no tenía herramientas para poder cobrar.

Ese es el caso de las sucesiones en donde se acepta una herencia con beneficio de inventarios.

“Si mis padres murieran y yo acepto la herencia que me dejan, se crea una figura en donde el fisco me dice que ahora seré responsable de cancelar los impuestos que mis padres no pagaron, debido precisamente a que he aceptado los bienes”, dijo el experto.

Anteriormente esta figura no era clara en la ley pero ahora los herederos serán responsables hasta por el monto de los bienes que han aceptado.

El mismo caso aplica para las fusiones de empresas en cuyo caso la entidad absorbente debe cancelar los gravámenes pendientes de la entidad adquirida.

Por ejemplo, si el Estado decide fiscalizar a una empresa que va a ser absorbida, y encuentra que en el desarrollo normal de sus operaciones no ha cancelado el IVA o la renta, la entidad compradora se convierte en fiadora de aquella, con lo cual automáticamente pasa a ser deudor fiscal aunque no se haya determinado o tasado la deuda.

Impugnación

Por otra parte, si lo adeudado se encuentra en proceso de impugnación en cualquier tribunal o instancia, no libera a los responsables solidarios de su cumplimiento, lo cual deberán hacer efectivo una vez que la deuda tributaria se encuentre firme.

Las modificaciones de ley también califican de responsables solidarios a quienes reciban donaciones y legados, y a aquellos que adquieran empresas propiedad de personas naturales, de personas jurídicas o de entes colectivos sin personalidad jurídica, norma que será aplicable a cualquier supuesto de cesión global del activo y pasivo.

En todo caso, la responsabilidad de quiencompran se limitará hasta el valor de los bienes adquiridos.

Finalmente, las nuevas disposiciones legales aducen que serán deudores solidarios los destinatarios, partícipes o cotitulares de bienes o derechos de las asociaciones o entes sin personalidad jurídica, sociedades nulas, irregulares o de hecho, cuando cualquiera de dichas entidades se disuelvan, liquiden o se vuelvan insolventes.

¿Quienes son domiciliados en el país?

El Código Tributario ya reconocía como sujetos pasivos domiciliados en el país, para efectos tributarios, a las personas jurídicas con domicilio en el extranjero inscritas en el Registro de Comercio que posean sucursales, agencias, establecimientos permanentes o representantes en El Salvador.

Con las modificaciones de ley se amplía ese concepto, pues considera que dichas sociedades operan de forma permanente en el país, siempre y cuando tengan un lugar fijo de negocios, con infraestructura instalada, propia o arrendada y con personal contratado.
Pero ante todo que el contribuyente realice sus actividades económicas de manera material y perceptible.

Price Waterhouse exhortó a a los empresarios a involucrarse más en las operaciones de la compañía porque ya no pueden simplemente descargar responsabilidades en los contadores.


Loque se busca resolver
- Antes algunas empresas insolventes optaban por fusionarse para extinguir sus deudas con el fisco.
- De ese modo cuando Hacienda llegaba a fiscalizar la empresa ya no existía.
- La dificultad es que no había forma de cobrarle a la compañía compradora.
- En el caso de fusiones, a las sociedades absorbentes se les complicará sacar la solvencia fiscal, porque Hacienda debe fiscalizar al ente adquirido para determinar sus obligaciones pendientes.
- El problema es que una fiscalización dura mínimo seis meses.
- Se cree que este requisito detendrá la actividad económica en algunos rubros.






elsalvador.com WWW