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EDH |
José
Luis Henríquez
El Diario de Hoy
negocios@elsalvador.com
Las disposiciones emanadas de las recientes reformas fiscales señalan
que las empresas que utilicen servicios proporcionados por compañías
no radicadas en El Salvador, tienen la obligación de retenerles
el 20% de las sumas pagadas por cualquier tipo de renta obtenida en el
país.
Acá se incluyen los anticipos a dichos pagos, independientemente
de que la actividad o servicio se realice fuera de la nación.
Anteriormente, la retención aplicaba sólo a las empresas
extranjeras que estuvieran físicamente en el país, pero
ahora también abarcará a las compañías que
sin necesidad de venir, efectivamente presten el servicio.
El titular de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII),
Luis Barahona, recalcó que cuando se estaban construyendo los pasos
a desnivel vinieron varias compañías italianas e israelíes
que si bien no poseían oficinas locales tenían que pagar
el 20% de impuesto.
Pero eran empresas que tenían presencia aquí. La variante
ahora, en la nueva legislación, no visualiza el domicilio sino
que identifica el servicio prestado.
En una asesoría de un despacho estadounidense, ya sea por
vía telefónica o por otro medio, si esa consultoría
sirve para generar renta en El Salvador se le tendría que retener
el 20% por el pago que se le haga, dijo.
Para algunos analistas, que solicitaron el anonimato, la medida elevará
los precios de los servicios en general, pero Barahona sostiene que no
será así. Yo no lo veo así porque la retención
es sobre la renta que se origina aquí. Se ha querido creer que
es quien recibe el servicio al que le toca pagar pero la ley no dice eso.
A quien le corresponde cargar con el impuesto es a quien presta el servicio
no a quien lo recibe.
Así como estaba el proyecto original la reforma también
hubiera afectado el servicio de reaseguros y transporte de carga.
Ante las quejas de las aseguradoras, que argumentaron en su momento que
si esa retención era aplicada la nación se quedaría
sin cobertura catastrófica, el mismo ministro de Hacienda aseveró
que la disposición no tocaría a las reaseguradoras.
En el caso del transporte de carga, Mario Magaña, gerente técnico
de la Cámara de Comercio, reveló que cuando una compañía
contrata a la agencia de carga, contrata el servicio global, y ésta
va subcontrando por etapas. El problema que vemos es cómo
separar el servicio utilizado en el territorio nacional del realizado
en el extranjero, dijo.
Ejemplificó que en el caso de una firma que lleve mercadería
de El Salvador a Santo Tomás de Castilla, y luego subcontrate un
barco para llegar a determinado puerto, debería gravarse sólo
el transporte interno, pero no el recorrido de afuera. No está
claro cómo se van a separar esas operaciones ya en la práctica.
Nos preocupa porque según la ley sólo deberían estar
gravadas las operaciones que se utilicen, y eso es tanto para las exportaciones
como para las importaciones, dijo Jaime Baires, asesor legal de
la Cámara.
Barahona, comentó que en el transporte de carga hay variantes:Podría
ser que un bien deba transportarse a París pero en el recorrido
haga escala en Miami, Nueva York y Madrid. Acá la porción
sujeta a retención es el recorrido de El Salvador a Miami pero
el resto del trayecto no. Eso sería absurdo porque se le estaría
reteniendo por un servicio prestado en el exterior, dijo.
El artículo 127 de la ley, permite medir la proporcionalidad del
transporte que va fraccionado.
Reformas provocan confusión
Las reformas fiscales son tantas y en muchos casos tan
complejas que han creado confusión, incertidumbre e inquietud entre
los empresarios.
Mario Magaña. gerente técnico de la Cámara de Comercio,
señala que en las últimas semanas han organizado ocho seminarios
que tratan el contenido de las reformas, las cuales han generado más
dudas que respuestas.
En tres de los seminarios se tuvieron más de 250 participantes,
y cada sesión finalizó con más de 200 interrogantes.
Las reuniones fueron en la oficina central y en las regionales de Santa
Ana y San Miguel.
Jaime Baires, asesor técnico, dijo que son tantos los cambios,
que sólo el Código Tributario tiene 70 artículos
nuevos. Hay cambios en operaciones, traslado de operaciones al fisco
y varias autorizacionesnuevas.
Luis Barahona, director de impuestos internos, señala que ya han
habilitado un grupo de asesores, abogados y auditores, para atender a
los interesados.
Hemos reforzado la parte de la asistencia con el afán de
satisfacer las preguntas que puean surgir, dijo.

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