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Cobro por la basura podría ser por predio

Cambio. La alcaldía capitalina se decidirá hoy la extensión de la propiedad, ante la declaratoria de inconstitucionalidad dada ayer por la Corte Suprema de Justicia

Publicada 23 de diciembre 2004, El Diario de Hoy

Ilegal. La tasa por la recolección de desechos no debe ligarse al consumo eléctrico..Fotos EDH

Francisco Mejía/Regina Miranda
El Diario de Hoy

nacional@elsalvador.com

El concejo de San Salvador se reunirá hoy para discutir qué medida adoptará para cambiar el mecanismo que usa para cobrar por la recolección de la basura en los hogares, luego que la Corte Suprema de Justicia declarara ilegal el método.

Rodrigo Contreras Teos, en calidad de alcalde interino, expresó que los regidores respetan el fallo y buscarán alternativas.

Una posibilidad que dejó entrever el edil en funciones fue la de aplicar la tasa midiendo la extensión de la propiedad.

“Alternativas hay. Se puede cobrar por metro cuadrado. De momento, es la de mayor posibilidad. Ya hay un estudio, de hecho, ya estamos cobrando una buena parte por metro cuadrado a las empresa privadas”, explicó Contreras.

Según el funcionario, en virtud que ya aplican las tasas por esa vía, lo único que harían sería ampliar el cobro al resto de la ciudadanía.

“Sí es viable, pero cambia totalmente la estructura de cobro, porque ya los ciudadanos que pagaban por ese sistema hoy lo harán por otro. Entonces, va a tener que responder por las áreas de su habitación o su negocio; sería otro tipo de cobro”, reiteró el edil interino.

Los concejales se reunirán hoy exclusivamente para buscar el nuevo mecanismo de cobro, debido a que el otro riñe con la Constitución.

“No vamos a tener vacación porque hay que trabajar en esto, para que ya en enero tengamos una solución al respecto”, sostuvo Contreras.

El munícipe de Santa Tecla, Óscar Ortiz, confirmó que ya aplican la tasa por metro cuadrado.
“Es decir, entre más grande sea la casa, más paga; entre más propiedad se tiene, menos produce basura. Lo que tendrán que buscar el resto de comunas metropolitanas es realizar otro mecanismo de cobro. Nosotros recomendaríamos que lo hagan por medio de los metros cuadrados de la vivienda”, manifestó el alcalde.

“Es facultad del concejo”

Pablo Portillo, asesor legislativo de la Corporación de Municipalidades de la República de El Salvador (Comures), no cuestionó la resolución tomada por la Corte Suprema de Justicia, debido a que la institución no tiene conocimiento del documento emitido.

Sin embargo, en términos legales expresó que el fallo judicial podría ir dirigido al mecanismo de cobro que realiza la comuna capitalina, debido que los concejos tienen la potestad de crear, modificar y derogar las tasas, según el Artículo 7 de la Ley General Tributaria Municipal.

“Los concejos tienen la facultad de elaborar un estudio de costos para cada servicio”, dijo Portillo.


El impuesto predial
- Este mecanismo aún no se ha establecido en el país, pero mucho se ha discutido alrededor de su aplicación. El cobro se hace en relación a la medición de las propiedades.
- La diferencia es que las tasas son un cobro que hacen las municipalidades por un servicio prestado a la ciudadanía o empresas.
- En cambio, los impuestos son el cobro que las instituciones aplican, en el caso de las comunas, por cualquier actividad ya sea comercial, que las empresas desarrollen dentro de su municipio.


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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