elsalvador.com WWW
Portada Nacional El País Deportes Metro Negocios Editorial RUZ Vida Internacionales Por el mundo

Argumentos de los magistrados

Tanto el PDC como el PCN presentaron dos recursos de amparo por separado, aunque las argumentaciones jurídicas son similares.

Publicada 23 de diciembre 2004, El Diario de Hoy

Cosecha legislativa 10. Cada uno logró cinco diputados en los comicios de 2003.Foto EDH
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com

En el caso del PDC, el recurso lo presentó su secretario general, el abogado Rodolfo Parker, poco después de que las autoridades electorales le siguieran el proceso de cancelación de oficio al no lograr el 3% de los votos en las elecciones que ganó Antonio Saca.

Parker alegó que la medida es inconstitucional por: 1. Porque la decisión del Tribunal Supremo Electoral no se razonó y con ello se violó el debido proceso (no se estableció fundamentos jurídicos ni las razones constitucionales).

2. Porque el PDC adquirió el derecho de ser un partido político en octubre de 1962 y que, a pesar de eso, se le aplicaba una ley posterior de carácter retroactivo.

3. Porque, al morir tres agrupaciones políticas, desaparecía el pluralismo político amparado por la Constitución y nacería el bipartidismo (ARENA y el FMLN).

Violaciones

Ante eso, los magistrados de la Sala Constitucional consideraron que los argumentos de los demócrata cristianos tienen dos grandes motivos que dan, según su criterio, paso a la inconstitucionalidad: uno formal y otro de fondo.

La violación formal a la Constitución Política la atribuyen a la falta de motivación o fundamentación de parte del Tribunal Supremo Electoral al emitir la decisión de iniciar el proceso de desaparición del PCN y el PDC.

La violación constitucional de “fondo” la reconocen ante el supuesto de que si mueren esas agrupaciones,habrá bipartidismo.

También reconocen que tanto el PDC como el PCN no podrían acceder a la deuda política ni disponer de bienes inmuebles inscritos a su favor. Eso, de acuerdo con los magistrados, afecta derechos adquiridos antes de la entrada en vigencia del Código Electoral.

Fiscal general se opuso al bipartidismo

El funcionario consideró que la cancelación violenta la Constitución

La cancelación del PDC y PCN por no haber obtenido el 3% de los sufragios violenta los Artículos 7 y 85 de la Constitución, consideró el Fiscal General, Belisario Artiga, en la exposición que hizo del tema ante los magistrados de la Corte Suprema.

Estas disposiciones de la Carta Magna se refieren al derecho a la libre asociación y a que los partidos son el instrumento para representar al pueblo en el Gobierno.
De acuerdo con la exposición de motivos de la resolución judicial, el Fiscal consideró que al eliminar del registro electoral a estos dos partidos “se estaría lesionando el pluralismo que consagra la Constitución”.

Advierte que, independientemente del criterio utilizado por el legislador al establecer en el Código Electoral la cancelación de los partidos sin suficiente respaldo popular, “estamos en presencia de una disposición que viola la Constitución”.

También dice que el pluralismo está opuesto al bipartidismo, basándose en lo establecido en el Artículo 208 de la Carta Magna.

Esta disposición se refiere a la integración del Tribunal Supremo Electoral, en donde se habla que tres magistrados -de los cinco que integran el ente- deberán proceder de los institutos políticos.

“Regula la existencia de por lo menos tres partidos políticos”, argumentó Artiga ante los magistrados de la Corte Suprema.


Conservan derechos
El máximo tribunal dictaminó que las dos formaciones tenían derechos que perderían si eran canceladas.
Seguridad jurídica
De acuerdo con la resolución de los magistrados, y amparados en el Artículo 2 de la Carta Magna, las personas y grupos tienen derecho a la seguridad no sólo material.
Acceso a la propiedad
Los peticionarios establecieron en sus alegatos que la cancelación del registro electoral no permitiría que las agrupaciones poseyeran bienes, como los locales y otros artículos.
Acceder a deuda política
Los partidos recién inscritos reciben del Estado ¢500,000 en la primera elección que participan. Después reciben una cantidad de acuerdo con los votos recibidos en los comicios anteriores.


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


elsalvador.com WWW
X