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Solvencia fiscal para créditos

Comprobante. Los bancos exigirán el documento para tramitar préstamos. Se necesitará también para pedir devoluciones de renta. La obligación entrará en vigencia en marzo de 2005


Publicada 22 de diciembre 2004, El Diario de Hoy

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José L. Henríquez/Alexandra Bonilla
El Diario de Hoy

negocios@elsalvador.com


Los contribuyentes que quieran solicitar un préstamo bancario, una tarjeta de crédito o aquellos que busquen que se les haga efectiva la devolución de la renta deberán tramitar una solvencia que detalle que están libres de deudas con el fisco.

El esquema debía comenzar a funcionar desde el pasado lunes, como parte de las reformas tributarias, aprobadas por la Asamblea en octubre pasado, pero una remezón de último momento en ese órgano lesgislativo logró postergar su vigencia, al menos durante los próximos tres meses.

En la actualidad, la solvencia tributaria se exige únicamente para la inscripción de una modificación, disolución o liquidación de sociedades en el Registro de Comercio, para participar en licitaciones y para optar a un cargo como funcionario público.

Ahora, con la reforma, ese documento también deberá entregarse cuando se inscriban fusiones de sociedades, inscripción de inmuebles y derechos reales en cualquier registro público, inscripción de marcas, patentes u otros derechos de propiedad intelectual; para solicitar préstamos o tarjetas de crédito, y para hacer efectivas las devoluciones de renta o de IVA, autorizadas por el fisco.

La extensión del comprobante fiscal la realiza la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), para lo cual basta con que el contribuyente muestre su NIT, DUI y el registro de IVA (si es empresario). Lo bueno de este trámite es que no tiene ningún costo para los interesados.
En el caso de los asalariados, la solvencia se les entrega por un año, debido a que sólo puede demostrar su condición de empleado con la declaración de renta. En cambio, a los empresarios les vale sólo por un mes, porque mensualmente declaran el IVA.

Luis Barahona, titular de la DGII, señaló que si los bancos otorgan el crédito y no piden a su futuro deudor el comprobante de Hacienda, se hacen acreedores a una sanción pecuniaria de caracter genérico que anda por los cinco salarios mínimos, mensuales del comercio (alrededor de $792)

Igual le sucederá a los notarios que no exijan tal documento a los compradores de viviendas, cuando requieran inscribir un inmueble en el registro respectivo. Acá la sanción sería de cuatro salarios mínimos ($633.60).

El funcionario también adelantó que está en elaboración un programa que permitará a las instituciones bancarias verificar en línea, en la base de datos de Hacienda, si un contribuyente se encuentra solvente o no.

Hasta en marzo


Una maniobra de último momento, formulada por el PCN, evitó que los usuarios del sistema financiero fueran obligados a presentar la solvencia tributaria a partir de esta semana.

La iniciativa del diputado Dagoberto Marroquín, del PCN, promovió que el decreto fuera prorrogado hasta marzo del próximo año, argumentando que el otorgamiento de créditos se encuentra paralizado al exigir a quienes solicitan préstamos que presenten constancia de estar libres de deudas con el fisco.

Esta requisito se aprobó con la reforma fiscal en octubre. Sin embargo, Marroquín alegó que debió agregarse al decreto de amnistía que avalaron los legisladores.
El dictamen transitorio se aprobará este día en la sesión plenaria.

“La solvencia está siendo exigida en todos los bancos y cajas de crédito, por lo cual se han dado algunos problemas... en estos momentos los créditos han sido paralizados en la banca. Eso es grave”, comentó.

“La viceministra aceptó que se junte la ley al estímulo de cumplimiento de obligaciones tributarias para que los bancos y cajas de crédito tengan tres meses para ordenar sus contabilidades”, dijo Marroquín.

Los titulares de Hacienda, Guillermo López Suárez y Carmen Regina de Árevalo y los demás partidos prometieron avalar la medida este día.

En la actualidad, hay tres millones de personas -entre naturales y jurídicas- registradas con NIT, pero no necesariamente todas son contribuyentes.

Alrededor de 30,000 contribuyentes están activos entre el pago de IVA y renta, y 95,000 en la cancelación de IVA.

Los otros 2.8 millones de ciudadanos registrados no son declarantes y poseen NIT porque es un requisito para abrir cuentas de ahorros o para sacar visa en la Embajada estadounidense.

“A esta gente se les entrega una solvencia de que no son declarantes porque no tiene objeto decir que no están solventes si no tienen obligaciones tributarias”, apuntó el funcionario.



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