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| Responsables. La Comisión Política
de la Asamblea reúne a los líderes de los partidos políticos,
quienes deben avalar el estudio de la nueva normativa. Foto
EDH |
Regina Miranda
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
En la actualidad, el país no cuenta con una ley que regule el
funcionamiento y desarrollo de los partidos políticos dentro del
ámbito electoral, mucho menos de una entidad que fiscalice aspectos
del gasto público durante los períodos de campaña
proselitista.
La necesidad de controlar las actividades de los grupos de diferentes
ideologías llevó a los ex magistrados del Tribunal Supremo
Electoral (TSE) a presentar ante la Asamblea Legislativa, en noviembre
de 2002, un anteproyecto de Ley de Partidos Políticos.
Esta iniciativa, como algunas otras, integró ese conjunto de expedientes
al que los diputados dejan en el olvido, ya que, desde su entrada al Primer
Órgano del Estado no ha sido rescatado de las gavetas para su discusión.
El documento forma parte de un paquete de cuatro sugerencias de cambios
legales.
El organismo colegiado también ha pedido enmiendas al Código
Electoral, Ley Órgánica del TSE y Procedimientos Electorales.
Siempre, después de las elecciones, se ponen de moda las
reformas, después pasa el tiempo y ahí quedan, expresó
Julio Hernández, ex magistrado electoral por el FMLN.
Los legisladores de la Comisión de Reformas Electorales, encargados
del estudio de estas iniciativas, han retomado ciertos temas de la moción
de los magistrados, pero la Ley de Partidos Políticos se ha quedado
sin discusión o al menos un estudio superficial.
El anteproyecto cuenta con 80 artículos, que establecen nuevas
disposiciones para estructurar el sistema electoral en vigencia.
Fiscalización
Para Hernández, el documento posee dos asuntos controversiales
para los políticos: la fiscalización del patrimonio y el
régimen interno de las formaciones.
El farabundista considera importante contar con una Ley de Partidos, debido
a que el Código Electoral se limita a la creación y cancelación
de los grupos, y no a mantener una regulación de éstos.
Sin embargo, a juicio de los diputados, existen ciertas disposiciones
en el documento que se hacen necesarias para llegar a fortalecer los procesos
electorales del país.
Por ejemplo, después de culminado un período de campaña
electoral, los dirigentes de los partidos políticos no rinden informe
a la Corte de Cuentas, entidad encargada de velar por la administración
del patrimonio del Estado, sobre el uso que las organizaciones hacen del
financiamiento gubernamental que les fue entregado, es decir, la deuda
política.
Ante esta interrogante, los parlamentarios respondieron con no ejecutar
el procedimiento, no porque no lo desean, sino, porque la contraloría
simplemente no lo realiza y mucho menos lo exige.
No hay ninguna fiscalización, sino que queda en la honradez
de cada partido de establecer en su contabilidad lo que percibe y cómo
hace sus desembolsos y, en esa medida, poder justificar, expresó
Agustín Díaz Saravia, diputado pedecista del grupo de René
Aguiluz.
El Artículo 68 del Anteproyecto establece que los partidos
deberán presentar ante la Corte de Cuentas sus estados financieros
de la gestión, auditados por firma calificada, en los seis meses
siguientes a la declaratoria de firmes de los resultados electorales.
Es decir que el apartado exige la rendición de cuentas respecto
a los ingresos partidarios, finalizado el período electoral.
Otro aspecto importante del escrito es que el Artículo 62 no sólo
exige a la entidad fiscalizadora indagar el financiamiento estatal, sino
que también permite controlar los recursos recibidos o aportaciones
económicas hacia los grupos políticos.
Con esto, los partidos deberán notificar las donaciones o contribuciones
que reciban de instituciones o simpatizantes.
Respecto a este apartado, los diputados no mostraron mayor rechazo a dar
a conocer el origen los recursos obtenidos de particulares u otras fuentes
de ingreso.
Que yo sepa, nunca se ha hecho público las donaciones privadas
que recibe un partido político. Un dinero donado a los partidos
es potencialmente público, indicó el farabundista
Arnoldo Bernal.
Pero el documento del TSE no sólo pide inspeccionar a la entidad
gubernamental de los gastos estatales, sino también para los aportes
o recursos privados que reciban.
No podemos saber si los fondos que ingresan a los partidos políticos
son sanos, dice Julio Hernández.
Lejos de la realidad
Según Gloria Salguero Gross, comisionada presidencial para la Gobernabilidad,
el tema de los aportes privados intimida a los partidos, ya que no les
convendría revelar quién o quiénes financian las
campañas proselitistas.
Hay varias instituciones que les dan donaciones a los partidos.
No les gustaría que se les nombrara públicamente, eso llegaría
a reducir las fuentes de ingresos, opinó Salguero Gross.
También considera difícil la posibilidad de que el país
cuente con una ley de este tipo, ya que la práctica es diferente
a las palabras.
Después de dos años, el tema no es motivo de debate para
los parlamentarios.
Políticos tienen diferentes posturas
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Diputados aún no discuten el proyecto
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Guillermo Gallegos
Diputado de ARENA
Divergencias
Debemos crear una ley que vaya acorde de la realidad de cada
partido político. Cada uno debe tener su autonomía.
Una ley no puede marcarnos a todos. |
Arnoldo Bernal
Diputado FMLN
Investigación
La Corte de Cuentas nunca ha fiscalizado los fondos que son
parte del Presupuesto que reciben los partidos políticos ni
tampoco las donaciones privadas que reciben. |
Vinicio Peñate
Diputado CDU
Obligatorio
La Ley de Partidos debe establecer principios generales que
establezcan derechos a los miembros, además genere obligaciones
para todos los partidos. |
Agustín Díaz Saravia
Diputado del PDC
Publicidad
La propaganda es muy diferente de las que hacen los partidos
grandes a los que hacemos los partidos pequeño, no hay una
regulación. |
Documento presentado
El anteproyecto tiene disposiciones que no son del agrado de los partidos
políticos.
Fiscalización
Corte de cuentas en alerta
Según el Artículo 62 del documento, la entidad gubernamental
tiene la competencia para verificar los fondos recibidos por los partidos,
sean éstos de origen estatal o privado.
Restricciones
Aportes financieros
El Artículo 53 establece que los dirigentes de los grupos políticos
no podrán recibir donaciones de gobiernos o entidades extranjeras,
ni de carácter anónimo, excepto las colectas públicas.
Control interno
Régimen de autoridades
Todos los partidos tendrían la obligación, según
el proyecto, de comunicar al Tribunal todo cambio de miembros de su máximo
organismo, a través de un acta, lo cual determina el Artículo
16.
Límites
No se permite la doble afiliación
El proyecto de decreto prohíbe que un ciudadano inscrito en un
partido político pueda militar en otro. La proscripción
se amplía hacia los líderes religiosos, militares, policías
y presos.
Nueva normativa regirá para todos los inscritos
Para los parlamentarios, debe existir una ley general que regule el régimen
de los grupos políticos, sin tener preferencias por un grupo político
en particular.
Vinicio Peñate, del CDU, expresó que se debería crear
una normativa general que debería contemplar una justicia electoral,
ya que, a su juicio, en el país no se han administrado las sanciones
pertinentes.
Por ejemplo, la campaña presidencial pasada de ARENA fue
un masivo abuso de la plata que tenía... Yo lo que digo es que
todo eso es cierto, pero quienes actuaron evaluaron con total claridad
que tienen los vacíos de la actual ley que es el Código
Electoral, respecto a las líneas de financiamiento, ejemplificó
Peñate.
Agregó que no existe una autoridad que no es capaz de administrar
sanciones para los partidos que infringen la ley.
Aquí meten y meten denuncias a los tribunales y ahí
quedan, sostuvo.
Sin embargo, Guillermo Gallegos, de ARENA, no comparte la misma idea de
su compañero legislador.
Para el tricolor, se tiene que elaborar una ley marco en la que cada partido
pueda deducir sus competencias políticas.
Se deberá conformar una ley de partidos sin entrar a querer
uniformar métodos, formas de convicción.
Cada partido político debe tener su autonomía; una ley no
puede marcarnos a todos a actuar de una solo manera.
Nos constituimos de una forma diferente, tenemos nuestros mecanismos de
elección de formas y maneras diferentes, sostuvo el diputado
arenero.

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