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No habrá impuestos para reaseguradoras

Aclaración. La Hacienda Pública pidió a las aseguradoras que se calmen. Indicó que nunca se consideró gravar las cesiones de reaseguro


Publicada 1 de diciembre 2004, El Diario de Hoy

“El 20% es sobre los servicios que se presten desde el exterior pero para las reaseguradoras no aplica el concepto de servicios”. Guillermo López Suárez. Ministro de Hacienda .Fotos EDH



José Luis Henríquez
El Diario de Hoy

negocios@elsalvador.com

El Ministerio de Hacienda aclaró ayer que no se cobrará ningún gravamen a las reaseguradoras que brinden cobertura a las compañías de seguro establecidas en El Salvador.

Esta precisión se basa en que la cobertura catastrófica de las reaseguradoras no se considera como un servicio sino como lo que es: un traslado de riesgo.

El impuesto de renta se cargará a las compañías extranjeras que proporcionen servicios en El Salvador, pero ese no es el caso de las reaseguradoras.

Con esta declaración, el fisco quiso disipar las dudas surgidas en la Asociación Salvadoreña de Empresas de Seguros (ASES), que manifestó que si a las reaseguradoras se les cobra el 20% de impuesto sobre la renta, éstas optarán por no brindar cobertura al país y buscarán mercados más rentables.

En la actualidad, el impuesto promedio que dichas firmas pagan en la región anda entre el 2% y 3%, por lo que una tasa del 20% sobrepasaría el estándar mundial.

Riesgo


El pasado lunes, ASES advirtió que una tasa impositiva de esa naturaleza afectaría a nuestra nación porque ante un evento catastrófico, las compañías locales respondería limitadamente, pero no con la calidad que lo hacen ahora.

En los terremotos del 2001, los aseguradoras pagaron en concepto de indemnizaciones más de $325 millones de los que el 97% fueron aportados por las reaseguradoras.

Al respecto, el titular de Hacienda, Guillermo López Suárez, aseguró que “en las declaraciones de ASES hay un malentendido en la forma como se están interpretando las reformas fiscales”.

Para aclarar ese punto y otros relacionados con el sector el funcionario tiene programada una reunión, el próximo lunes 6 de diciembre, en donde sesionará con ejecutivos de las principales firmas, tales como Eduardo Montenegro de SISA y Ramón Ávila Quehl de AIG, entre otros.

López Suárez recordó que en ningún momento se habló de cargarles a las reaseguradoras ese porcentaje. Lo que la legislación decía es que a los bancos que concedieran créditos en el exterior se les retendría el 20%. Eso posteriormente se redujo a 4.95%, porque se consideró inconstitucional en aquel momento.

A todo esto las aseguradoras no estaban incluídas en esos temas. El fisco cree que se ha levantado la incorrecta interpretación por lo cual asegura que habrá que enviarles el mensaje de que se calmen, pues no hay ningún interés en cerrar aseguradoras.

“Si dado el caso se aplicara una retención, ésta no termina siendo del 20% sino del 5% porque es una retención sujeta a liquidación a final de año. Acá se aplican costos y gastos para pagar el impuesto definitivo, que por lo general termina siendo el 5%, pero eso es para otras retenciones”.

Definir

Al final de cuentas, los auditores fiscales tendrán que atenerse al documento suscrito entre las compañías locales y las de reaseguro, en donde debería especificarse claramente cuál es el traslado de riesgo que se está contratando.

El ministro anunció también que las reformas fiscales ya fueron sancionadas por el Presidente de la República, mismas que entrarán en vigencia entre diciembre y enero próximos.

“Las reformas de IVA, del Código Penal y Procesal Penal entrarán en vigencia en diciembre de 2004. Las de la ley de Renta y pago a cuenta el 1 de enero de 2005”.




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