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| Innovación. El tipo de construcción
impuso un nuevo estilo urbano. Foto EDH |
Rosemarié Mixco
El Diario de Hoy
rmixco@elsalvador.com
Ese patrimonio tangible que hace suspirar a muchos y atrae la curiosidad
de otros, se ha convertido, nuevamene, en objeto de estudio de la institución
contralora de la cultura nacional.
Las arquitectas a cargo de esta parte del estudio han detectado dos zonas
de interés. Una es la que ya ostenta la categoría de patrimonio.
La otra, es considerada de amortiguamiento y abarca 70 inmuebles ubicados
al norte de la Alameda Roosevelt. Éstos poseen detalles arquitectónicos
característicos del área.
La Flor Blanca es un conjunto urbano similar reunido en un solo lugar
que representa una época específica.
Por el momento, Concultura ha identificado en el sector una corriente
neocolonial e internacionalista que arquitectos como Armando Sol y Ernesto
de Sola trajeron al país, desde los Estados Unidos.
El divorcio de la burguesía y el centro de San Salvador también
quedó registrado en el tipo de construcción.
La Flor Blanca deja tras de sí las edificaciones de bahareque,
teja y madera, para dar paso al concreto armado. Aunque la teja y la madera
siguen presentes, su uso es mayor en la decoración. Las estructuras
son elevadas con espacios amplios y pasillos interiores. Hay algunas con
detalles de lujo impresionantes.
Con este concepto, las colonias planificadas reemplazan a los barrios
de principios de siglo.
Legislación
A nivel mundial y nacional, existen normas que regulan el uso de todo lo
que es calificado como patrimonio, en un afán de protegerlo.
- La Carta de Atenas sobre urbanismo, febrero 1933.
- Convención sobre la protección de los bienes culturales
en caso de conflictos armados, La Haya, 1954.
- Carta de Venecia, mayo 1964.
- Carta de Burra, Australia 1979.
- Convención Centroamericana para la protección del patrimonio,
1996.
- Convenio de Protección y Restitución de Monumentos, Arqueológicos,
Artísticos de Historia de México, 1991.
- Artículos 53 y 103 de la Constitución de la República
de El Salvador.
- Artículo 223 del Código Penal.
- Ley Especial de Protección al Patrimonio Cultural.
- Ley de Urbanismo y Construcción del Viceministerio de Vivienda.

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