elsalvador.com WWW
Portada Nacional El País Deportes Metro Negocios Editorial RUZ Vida Internacionales Por el mundo

Ley Competencia en vigor en 2006

El castigo. La normativa expresa multas hasta de 1,200 salarios mínimos urbanos para quienes violenten sus preceptos

Publicada 27 de noviembre 2004, El Diario de Hoy

La jornada. La discusión se alargó hasta las 4:15 a.m. de ayer. Fotos EDH / Jorge Reyes
Antonio Soriano
El Diario de Hoy

nacional@elsalvador.com

Con 46 votos, la Asamblea Legislativa aprobó a la 1:45 de la madrugada de ayer la Ley de Libre Competencia. El espíritu de la normativa es promover, proteger y garantizar la competencia, mediante la prevención y eliminación de prácticas anticompetitivas.
No obstante, la nueva legislación entrará en rigor hasta el 1 de enero de 2006.

De acuerdo con Roberto d’Aubuisson, de ARENA, será vigente hasta ese año debido a que se necesita tiempo para aprobar el presupuesto de la Superintendencia de Competencia.

Además, porque, según el tricolor, se requiere espacio para nombrar y capacitar el personal que se encargará de ejecutar la Ley.

El FMLN objetó ese apartado (Art. 58), al igual que el resto de artículos.
Héctor Córdova, diputada de la bancada del Frente, cuestionó los argumentos de d’Aubuisson.

“No se puede nombrar a ningún personal mientras una ley no esté vigente”, aseguró el farabundista.

Los efemelenistas, aunque no votaron por la Ley, cuestionaron artículo por artículo y propusieron algunas reformas a los textos.

Algunas de sus sugerencias fue que se agregara en el capítulo tres —que expresa las prácticas anticompetitivas— un apartado para prohibir “el soborno, aprovechamiento, evasión de impuestos y ganar licitación por medio de fraudes”.

Al final, esa parte del documento solamente restringirá el establecimiento de acuerdos para fijar o limitar precios, cantidad de producción y la división de mercado.

Pidieron que se eliminara la parte que expresa que la Ley no se aplicará a las actividades económicas que la Constitución y las leyes reservan al Estado.

Rodolfo Parker, del PDC, explicó a los farabundistas que esos derechos están garantizado en la Carta Magna y que, por tanto, no se podía hacer la modificación.

La última batalla del FMLN fue que se estableciera un plazo de 90 días, desde su aprobación, para que el Ejecutivo dictara el respectivo reglamento.

El cambio se hizo, pero el plazo empezará a correr a partir de la entrada en vigencia de la Ley, en 2006.


Art. 1.- Castiga los acuerdos, pactos, convenios, contratos entre competidores y no competidores así como lo actos cuyo
objetivo sea el de limitar o restringir la competencia o impedir el acceso al mercado a cualquier agente económico establecido en esta ley.

Art. 25.- Se prohíben entre competidores: establecer acuerdos para fijar y limitar precios, cantidades de producto, la división del mercado ya sea por
territorio, por volumen de ventas o compras, por tipo de productos vendidos por clientes o vendedores.

Art. 26.- Considera prácticas anticompetitivas no permitidas la venta condicionada, la venta o transacción sujeta a la condición de no usar ni adquirir ni proporcionar bienes ofrecidos a terceros o por terceros, o sea, la concertación entre varios agentes.

Art. 30.- Restringe acciones que constituyan abusos de la posición dominante de un agente económico. La creación de obstáculos a la entrada o la expansión de competidores. Cuando la acción tenga por fin limitar o impedir la competencia en el mercado.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


elsalvador.com WWW