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Asamblea avala Ley Libre Competencia

Aprobada. A las 9:30 p.m. se pidió la dispensa de trámites y al cierre de esta edición aún no había terminado la sesión


Publicada 26 de noviembre 2004, El Diario de Hoy

El Diario de Hoy
negocios@elsalvador.com

La Asamblea Legislativa aprobó anoche, con 44 votos, la Ley de Libre Competencia, luego de que el estudio de esta normativa estuviera estancado por más de 12 años.
El respaldo provino de las bancadas de ARENA, PCN, PDC y del efemelenista Miguel Navarrete.

También se reformó el Artículo 319 del Código de Comercio, para impedir que cualquier ente impida las fusiones.

A pesar de que en la Comisión de Economía había un acuerdo entre las bancadas de ARENA, PCN, PDC y CDU, el equipo parlamentario se apartó para seguir debatiendo, mientras transcurría la sesión plenaria de ayer.

El FMLN, desde el lunes, se opone al contenido del anteproyecto.

El punto en discordia farabundista es que la Superintendencia de la Libre Competencia contempla un puesto para la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP).
Los otros dos puestos del consejo son para representantes del Ministerio de Economía y de los consumidores.

Además del documento “de consenso”, también se conoció una nueva versión enviada, según el CDU, “por el Ejecutivo”.

Al pleno bajó un tercer texto, el cual el CDU y PDC dijeron que había sido “alterado”.
El FMLN se abstuvo de dar opinión sobre estos dos nuevos documentos, debido a que, según indicaron, se oponían incluso al que se discutió en la comisión.
Al cierre de esta edición, 9:30 p.m., se inició la discusión de la ley.

Con 44 votos a favor, provenientes de ARENA, PCN, PDC y el efemelenista Miguel Navarrete, se pidió la dispensa de trámites para conocer la ley, la cual no emanó de un dictamen de la Comisión de Economía.

El número de manos alzadas se mantuvo durante el proceso de aprobación.

Debate. Diputados de ARENA y CDU intercambian opiniones durante la plenaria de ayer.Foto EDH

Otras medidas

La ley contempla eliminar los obstáculos que ponen las empresas en posición de dominio a la entrada de competidores o las obstrucciones que disponen para evitar la expansión de sus rivales ya existentes.

De este modo, los empresarios no podrán ofrecer a un precio diferente sus productos o servicios con el propósito de eliminar a su competencia.

Como parte de las medidas para eliminar el abuso de posiciones dominantes en el mercado, los legisladores han incluido un artículo que prohíbe que la venta o prestación de servicios varíe de una parte del territorio a otro, con el fin de eliminar o desplazar a otras compañías.

La nueva ley también contempla un impedimento a la repartición del mercado que se hace entre competidores.

También impide que un proveedor exija al comprador la adquisición de otros bienes o que le prohíba obtener los de la competencia.

Las empresas que ofrecen el mismo servicio o productos tampoco podrán disminuir precios “por debajo de los costos, cuando tengan por objeto eliminar uno o varios competidores o prevenir su entrada o expansión”.

Además, no podrán establecer acuerdos para fijar precios de compra o venta.


Con rigurosidad
- Una superintendencia
La instancia se encargará de controlar la aplicación de la normativa. El organismo estará constituido por un consejo directivo, que será la máxima autoridad.
- No habrá pactos entre competidores
El Artículo 14 de la ley prohíbe que se establezcan acuerdos para fijar precios u otras condiciones de compra o limitar la cantidad de productos ofrecidos.
- Castiga acuerdos forzados
Se penalizará que un proveedor venda un producto bajo condición de adquirir otros o que se prohíba comprarle a otros.
- Mercado libre
Queda prohibido la creación de obstáculos a la entrada de competidores o la expansión de éstos, así como la disminución de precios de forma sistemática.
- Las sanciones
El Artículo 27 sanciona a los infractores con una multa con un máximo de 1,200 salarios mínimos mensuales urbanos en la industria.

 

 



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