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La nota del
día
El pestífero parto de ese tribunal
Son más las tinterilladas,
incluidas las resoluciones que dejan en indefensión a Menjívar.
Al hacerlo los jueces, si así pueden llamarse, hacen causa común
con una parte
Publicada 11 de noviembre 2004, El Diario de Hoy
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El Diario de Hoy
editorial@ elsalvador.com
El fallo del tribunal condenando a Rafael
Menjívar por el delito de calumnia es una amalgama de medias verdades,
sofismas, agravios a la sensatez y encima de ello un intento para dejar
mordazas jurídicas sobre la libertad de expresión. Cogidos
de la cola del murciélago, se pretende volar sobre las libertades
esenciales de una democracia.
En cuarenta páginas, el tribunal intenta sentar doctrina
manoseando conceptos jurídicos y nobles tradiciones. En adición
recogen el más reciente intento de silenciar a la gente: lo de
información veraz de calderistas y chavistas venezolanos,
con lo que luego podrían censurar a los críticos de un gobierno
o un partido político. La expresión se repite varias veces
a lo largo del escrito; supuestamente una deidad superior velará
sobre la veracidad de las informaciones para amonestar o castigar a ciudadanos
e informadores cuando falten a la verdad o dispensen a lectores y oyentes
maliciosas o inexactas noticias.
Por ahora, empero, comencemos por lo que sirvió para condenar a
Menjívar. Primero, el tribunal no admitió la evidencia clave,
el vídeo donde el acusador confiesa que las bandas que encabezaba
cometieron secuestros. Ese vídeo lo vieron centenares de miles
de salvadoreños, tanto al ser transmitido por vez primera, como
en los spots patrocinados por Menjívar. En ningún momento
ni el Canal 21 que realizó la entrevista ni el acusador Handal,
lo desmintieron o denunciaron como falso. Lo que dijo Handal se convirtió,
por lo mismo, en un conocimiento público irrefutable, algo que
nadie puede rechazar, fuera, por supuesto, del tribunal de marras. De
allí que pedir una certificación de lo que todo
el mundo oyó, vio y sabe, es querer autenticar intentos para tapar
el sol con un dedo.
Por la dimensión trascendente de la libertad de expresión,
la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha fallado en el sentido de
pedir a los jueces aplicar toda la amplitud de criterio posible a los
acusados de delitos contra el honor en el ejercicio de aquel derecho.
El fallo de la Corte se basa en la necesidad de privilegiar la libertad
de expresión cuando se produce la colisión de bienes jurídicos
entre esta libertad y la protección del honor individual.
Los imparciales cargando dados
Lo segundo: de acuerdo con el tribunal, Menjívar no está
facultado para hacer propaganda política. En otras
palabras, alega que durante una campaña electoral queda en suspenso
una libertad fundamental, la de la libre expresión. En adelante,
tan pronto se inicien las campañas, los ciudadanos debemos callarnos
la boca, aun tratándose de temas vitales para un país como
conocer los antecedentes delictivos de un candidato. Es evidente que el
tribunal pretende borrar de ahora en adelante el pasado de todos los políticos;
que nadie se entere de sus previas fechorías, lo que es atentar
contra un elemento fundamental del voto, que debe ser libre, secreto,
individual e informado.
Son más las tinterilladas, incluidas las resoluciones que dejan
en indefensión a Menjívar. Al hacerlo los jueces, si así
pueden llamarse, hacen causa común con una parte.

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