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La nota del día
El pestífero parto de ese tribunal

Son más las tinterilladas, incluidas las resoluciones que dejan en indefensión a Menjívar. Al hacerlo los jueces, si así pueden llamarse, hacen causa común con una parte

Publicada 11 de noviembre 2004, El Diario de Hoy

El Diario de Hoy
editorial@ elsalvador.com

El fallo del tribunal condenando a Rafael Menjívar por el delito de calumnia es una amalgama de medias verdades, sofismas, agravios a la sensatez y encima de ello un intento para dejar mordazas jurídicas sobre la libertad de expresión. Cogidos de la cola del murciélago, se pretende volar sobre las libertades esenciales de una democracia.

En cuarenta páginas, el tribunal intenta “sentar doctrina” manoseando conceptos jurídicos y nobles tradiciones. En adición recogen el más reciente intento de silenciar a la gente: lo de “información veraz” de calderistas y chavistas venezolanos, con lo que luego podrían censurar a los críticos de un gobierno o un partido político. La expresión se repite varias veces a lo largo del escrito; supuestamente una deidad superior velará sobre la veracidad de las informaciones para amonestar o castigar a ciudadanos e informadores cuando falten a la verdad o dispensen a lectores y oyentes maliciosas o inexactas noticias.

Por ahora, empero, comencemos por lo que sirvió para condenar a Menjívar. Primero, el tribunal no admitió la evidencia clave, el vídeo donde el acusador confiesa que las bandas que encabezaba cometieron secuestros. Ese vídeo lo vieron centenares de miles de salvadoreños, tanto al ser transmitido por vez primera, como en los spots patrocinados por Menjívar. En ningún momento ni el Canal 21 que realizó la entrevista ni el acusador Handal, lo desmintieron o denunciaron como falso. Lo que dijo Handal se convirtió, por lo mismo, en un conocimiento público irrefutable, algo que nadie puede rechazar, fuera, por supuesto, del tribunal de marras. De allí que pedir una “certificación” de lo que todo el mundo oyó, vio y sabe, es querer autenticar intentos para tapar el sol con un dedo.

Por la dimensión trascendente de la libertad de expresión, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha fallado en el sentido de pedir a los jueces aplicar toda la amplitud de criterio posible a los acusados de delitos contra el honor en el ejercicio de aquel derecho. El fallo de la Corte se basa en la necesidad de privilegiar la libertad de expresión cuando se produce la colisión de bienes jurídicos entre esta libertad y la protección del honor individual.
Los “imparciales” cargando dados

Lo segundo: de acuerdo con el tribunal, Menjívar no está facultado para “hacer propaganda política”. En otras palabras, alega que durante una campaña electoral queda en suspenso una libertad fundamental, la de la libre expresión. En adelante, tan pronto se inicien las campañas, los ciudadanos debemos callarnos la boca, aun tratándose de temas vitales para un país como conocer los antecedentes delictivos de un candidato. Es evidente que el tribunal pretende borrar de ahora en adelante el pasado de todos los políticos; que nadie se entere de sus previas fechorías, lo que es atentar contra un elemento fundamental del voto, que debe ser libre, secreto, individual e informado.

Son más las tinterilladas, incluidas las resoluciones que dejan en indefensión a Menjívar. Al hacerlo los jueces, si así pueden llamarse, hacen causa común con una parte.

 

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