La
opinión de
Ruth de Solorzano
El Diario de Hoy
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Si ya tiene o está por cumplir 30 años
de cotizaciones y quiere pensionarse por vejez con este requisito, es
importante que inicie su trámite aunque no haya cumplido el requisito
exacto, para avanzar en la recolección de documentos para la gestión.
El requisito estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2004.
El primer paso es llamar por teléfono a la administradora de fondos
de pensiones (AFP) para solicitar orientación sobre el trámite.
Es importante que prepare los siguientes documentos: partidas de nacimiento
originales y recientes, que no se las haya extendido la Alcaldía
hace más de dos meses, suya, de hijos e hijas de hasta 24 años
de edad, de su pareja, de matrimonio (si aplica); carné del ISSS
o INPEP y DUI.
La AFP le hará una cita en la Ventanilla Única del Historial
Laboral, en el módulo 7 del INPEP, en el Centro de Gobierno. No
pierda la cita, puesto que únicamente se otorgan quince para los
afiliados de cada AFP al día.
Le darán un documento con sus empleos, salarios y tiempo cotizado
en el sector público y privado. Debe verificar que el tiempo registrado
está completo, que sus salarios cotizados son correctos y no firmarlo
apresuradamente.
Si no está de acuerdo con lo que ahí le aparece, debe comunicárselo
a quien lo atiende en la Ventanilla para que le indique con qué
documentos puede completar esos vacíos o errores, como por ejemplo,
constancias de sus antiguos trabajos extendidas por el jefe de recursos
humanos, planillas, y otros. Se puede llevar su historial laboral a su
casa para revisarlo más despacio.
Aceptación del historial laboral
Cuando tenga los documentos para comprobar tiempo cotizado adicional o
salarios, va de nuevo a la Ventanilla Única al INPEP, sin necesidad
de otra cita. De esta forma, se construirán los espacios pendientes
y hasta que esté conforme con toda la información que contiene
el historial laboral firma el Acta de Aceptación del Historial
Laboral.
Con el tiempo y salarios que dice el historial se calcula el Certificado
de Traspaso, es decir los derechos o beneficios (dinero) que el ISSS e
INPEP le habían ofrecido por las cotizaciones que realizó
con ellos.
El dinero que representa este Certificado de Traspaso es parte del saldo
de su Cuenta Individual con la que le van a pagar su pensión.
La AFP va a gestionar para que el ISSS o el INPEP le emitan su Certificado
de Traspaso para que sea abonado a su cuenta individual.
Si cotizó al Fondo Social para la Vivienda (FSV), la AFP le dará
un documento para hacer constar que ya cumple con los requisitos de pensión
y va a al FSV para que ese dinero sea depositado también en su
cuenta individual.
Luego la AFP calcula su pensión y comenzará a depositar
en una cuenta bancaria su pensión mensual durante los últimos
cinco días hábiles de cada mes.
* Directora Ejecutiva de ASAFONDOS

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