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| A un paso. Los sindicalistas Ricardo Monge y
Javier Ayala están en las bartolinas del Centro Judicial de
San Salvador..Foto EDH |
Jaime García/Douglas
González
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
La Cámara Segunda de lo Penal declaró inadmisible la apelación
contra la liberación de cargos ordenada por el Juzgado 8o. de Paz
a los sindicalistas del Seguro Social, Ricardo Monge y Javier Ayala.
El tribunal superior desestimó la petición de la Fiscalía
debido a que el recurso legal fue presentado fuera del tiempo otorgado
por la ley, que eran de cinco días a partir de la exoneración
otorgada por el juzgado.
La Cámara ordenó la inmediata liberación de los dos
sindicalistas.
Sin embargo, fuentes judiciales advirtieron que los dos encausados no
podían quedar libres en forma inmediata, ya que el Juzgado 8o.
de Paz debe esperar que la Fiscalía pida que se revoque el fallo,
una prerrogativa que le da la ley.
Tanto Monge como Ayala fueron sobreseídos o exonerados definitivamente
por los delitos de actos de terrorismo, daños agravados, desórdenes
públicos, lesiones graves y lesiones.
El 4 de mayo pasado el Juzgado 8o. de Paz de San Salvador liberó
de cargos a 28 de los 29 acusados de organizar y protagonizar los disturbios
en los alrededores de Catedral Metropolitana.
Inicialmente la Fiscalía sostuvo que Monge, dirigente del Sindicato
del Seguro Social, era el autor material e intelectual de los daños
a la propiedad privada.
Monge y Ayala no fueron puestos en libertad debido a que la Fiscalía
podía apelar al fallo. El Ministerio Público así
lo hizo.
Recursos
El defensor de los sindicalistas, Luis Mario Pérez Bennett, presentó
en el mismo tribunal un recurso para que se declarara inadmisible la apelación
argumentando que ésta se interpuso en el séptimo día
desde la notificación del sobreseimiento y la ley sólo permitía
recibirlo en los primeros cinco días corridos.
El tribunal envió el proceso a la Cámara el 18 de mayo.
Pérez Bennett explicó que el 4 de mayo fue la audiencia
en la que los sindicalistas fueron liberados de cargos.
El 11 de mayo se presentó la apelación de la Fiscalía.
Indicó que al día siguiente presentó el recurso de
inadmisibilidad de la apelación por ser extemporánea.
La Fiscalía tenía cinco días a partir de la
resolución. Entonces sería miércoles, jueves, viernes,
sábado y domingo. Pero cómo el domingo está cerrado
tenían que presentar la apelación a un juzgado de paz y
éste remitirlo el lunes al tribunal que lleva el caso, explicó.
Recalcó que debido a que hay personas detenidas el tiempo para
presentar la apelación era corrido, sin obviar días no hábiles.
Romeo Luna, abogado de la cooperativa de microbuses de la Ruta 42, que
acusa a Monge de haber provocado la quema de una de sus unidades, dijo
que el fallo no les afectaba para exigir el pago.
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| Empleadas del Seguro están en huelga
de hambre. Foto EDH |
Magistrados cambian situación jurídica de otros imputados
En la resolución la Cámara Segunda de lo Penal cambió
la tipificación de delitos de otros procesados más en el
caso.
A Salvador Vanegas Vargas, José Reynaldo Raymundo Pineda y José
Leonel Gómez Pérez, quienes fueron sobreseídos definitivamente
por el Juzgado 8o. de Paz, se les ordenó un sobreseimiento provisional.
El tribunal superior ordenó que a Gómez Pérez, quien
fue sobreseído provisionalmente por desórdenes públicos,
debe ser procesado por resistencia.
En la resolución también se ordena que en el caso de Rafael
Gutiérrez y Juan Carlos Aguilar Aguilar le sea revocada el sobreseimiento
definitivo por el delito de desórdenes públicos y en su
lugar se decrete sobreseimiento provisional.
Se recomienda al Ministerio Público que previo a la reapertura
del proceso recabe los elementos de convicción necesarios para
establecer la hipótesis positiva de la probable participación
de los imputados, dice la resolución.
Se ordena al Juzgado 8o. de Paz hacer audiencia especial para verificar
la situación jurídica de José Gómez Pérez,
Camilo Barahona, y José Aguilar Ayala, acusados de terrorismo y
resistencia.