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Alegan vacíos en la Ley Contravencional

Ciudad. Algunos municipios ya cuentan con normativas similares. Funcionario municipales piden un mayor estudio

Publicada 27 de abril 2004, El Diario de Hoy

Eugenia Velásquez
El Diario de Hoy

metro@elsalvador.com

Multa. Orinar o defecar en lugares públicos es sancionado en la actual normativa municipal de San Salvador. Foto EDH

A juicio de los delegados municipales de San Salvador, Santa Tecla y Mejicanos, la nueva Ley Contravencional atenta contra los derechos humanos reconocidos por la Constitución y los Tratados Internacionales.

“Uno de los puntos que más nos preocupa es en cuanto al procedimiento a seguir, cuando se tiene que sancionar al contraventor con arresto”, manifestó Marta de Najarro, Delegada Contravencional de Santa Tecla.

Según ella, la falta de claridad en el proceso puede propiciar que se ejecuten actos arbitrarios que violenten los derechos humanos de la ciudadanía.

Para la Delegada de Mejicanos, Rossana Dueñas coincide en aseverar que el arresto por faltas administrativas puede ser un retroceso a los Acuerdos de Paz, firmados en 1992.

Mejicanos, San Salvador y Santa Tecla son municipios que cuentan con su propia Ordenanzas Contravencionales. Estas fueron redactadas de acuerdo a la realidad y necesidades propias de cada sector. En algunos lugares ya las aplican, mientras que en otros aún están en procesos de divulgación.

En ninguna de las Ordenanzas Contravencionales de estos tres municipios contemplan el arresto como una sanción.

En este sentido, consideran que esta situación generará contradicciones serias entre las ordenanzas y la ley.
“Nosotros no contamos con la infraestructura adecuada ni con los fondos suficientes para hacer frente a las nuevas necesidades que tendremos con el regreso de las cárceles municipales, pues es algo que ya habíamos superado”, recalcó Dueñas.

La nueva propuesta de Ley admite que los municipios que posean su propia ordenanza, puedan seguirla aplicando, siempre y cuando no contradigan las disposiciones contempladas en la primera normativa.

Dentro de las contravenciones que la ley establece, a criterio de los delegados, la normativa de cada municipio ha contemplado otros puntos importantes que en la Ley no se observan.

Por ejemplo, las ordenanzas municipales sancionan los actos inmorales que se realicen en parques, vías públicas o en cualquier otro sitio y que atente contra la moral.

En este punto, aseveraron, la propuesta de ley no es amplia ni explícita.

Además, rechazaron la iniciativa de la Ley, que permitía que menores de edad permanezcan en bares o negocios, donde se consumen bebidas alcohólicas, aunque la Ley diga que deberán estar acompañados de un adulto.

Los funcionarios municipales adelantaron que presentarán un escrito a la Asamblea Legislativa con todas estas observaciones

“Mal haría la Asamblea en aprobar la Ley tal como está, pues, nosotros ya contamos con alguna experiencia y creemos que en cuanto al arresto hay discrepancias que se deben superar”, concluyó Dueñas.

Una Ley debe más amplia y específica
- Los críticos sostienen que el arresto por faltas administrativas sería un retroceso al pasado, que ya había sido superado.
- Alegan que la Ley no es amplia en lo que se refiere a las faltas y sanciones por actos inmorales.
- No menciona la forma de coordinar la aplicación de la Ley cuando la falta sea cometida en un municipio y el infractor resida en otro.
- Municipalidades no tienen recursos para aplicarla.


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