Ruth de Solórzano
El Diario de Hoy
editorial@elsalvador.com
Existen garantías importantes, derivadas del funcionamiento del
Sistema de Ahorro para Pensiones, entre las cuales se encuentra la contabilidad
separada entre el patrimonio del fondo de pensiones y la sociedad administradora.
Todo el régimen de inversiones, que incluye la calificación
de riesgo de los valores en los que se invierte, la custodia que se les
da a dichos valores, la diversidad de instrumentos que deben ser incluidos,
la rentabilidad mínima legal, el Aporte Especial de Garantía,
el patrimonio de las administradoras y, por supuesto, la fiscalización
del Estado sobre el funcionamiento completo del Sistema, a través
de la Superintendencia de Pensiones.
En primer lugar, administración separada de los recursos de las
Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y de los recursos del Fondo
de Pensiones que cada una administra.
Esto implica total transparencia y diferenciación entre lo que
son los recursos del Fondo y los de la AFP; significa llevar contabilidad
separada, lo cual se refleja en estados financieros igualmente separados,
como se puede apreciar en las revistas de la Superintendencia de Pensiones
y en las publicaciones obligatorias de las AFP en los medios de comunicación,
que se hacen cuatro veces en el año: hay un balance de la AFP y
otro del Fondo de Pensiones que administra.
Esta separación de recursos es efectiva y opera de la siguiente
forma: todos los meses, entre el día primero y décimo hábil
de cada mes, las empresas, instituciones, ministerios, autónomas
y todos los empleados envían las cotizaciones de sus empleados
y las cotizaciones propias correspondientes a los salarios devengados
el mes anterior, por sus trabajadores.
Estas cotizaciones se recaudan en cuentas corrientes en los bancos a
nombre del Fondo de Pensiones. La administradora cobra un porcentaje de
su comisión que va incluida en esas cotizaciones hasta el undécimo
día hábil del mes, y el resto de su comisión la cobra
hasta después de haber registrado las cotizaciones de sus afiliados
en la cuenta individual de cada uno, para lo cual tiene un plazo de tiempo
establecido por reglamento.
La Superintendencia verifica el cobro de dichas comisiones en los días
establecidos para ello, no puede ser en cualquier día. Si un empleador
no ha enviado correctamente el dinero de las cotizaciones del afiliado,
la administradora debe resolverlo, y si fuera el caso de que el empleador
está en mora o no ha enviado el dinero completo, la AFP debe efectuar
el cobro de estos recursos hasta haberlos completado, primero recurriendo
al empleador por medio de llamadas telefónicas, cartas y luego,
si así no recupera el dinero del trabajador, debe recurrir a un
juez para que las cotizaciones del afiliado lleguen a su cuenta individual
de ahorro para pensiones.
Mientras tanto, es importante mencionar que desde el momento en que las
AFP reciben esas cotizaciones de los afiliados, es su obligación
invertirlas de conformidad con la ley y reglamentos, de tal modo que ya
está generando intereses para cada uno de los afiliados desde que
está a disposición el dinero en las cuentas corrientes del
Fondo de Pensiones para ser invertido. Nunca la rentabilidad de las cuentas
individuales de ahorro para pensiones es tocada ni en un centavo por las
AFP, éstas se limitan a cobrar su comisión, que viene reportada
en las planillas de cotizaciones.
En El Salvador, a diferencia de otros sistemas de capitalización
individual y administración privada, las AFP no cobran ningún
porcentaje del Fondo administrado ni cobran ningún porcentaje de
la rentabilidad obtenida para el Fondo. Todos los rendimientos de las
inversiones del Fondo de pensiones son para los afiliados, en proporción
al monto de su cuenta individual.
Con este tipo de garantías se encuentra el grupo poblacional que
tenía menos de 36 años al 15 de abril de 1998, y los que
ingresaron por primera vez al mercado laboral formal desde entonces, así
como quienes eligieron libremente salirse del Sistema de Pensiones Público
(ISSS e INPEP) y afiliarse al Sistema de Ahorro para Pensiones.
*Directora ejecutiva de Asafondos.