Alberto López
El Diario de Hoy
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Un tribunal de apelaciones confirmó la inocencia del ex juez
Ricardo Canales Herrera en la pérdida de dinero y joyas que se
encontraban en decomiso en el tribunal que dirigía.
Sin embargo, la Cámara 1o. de lo Penal reconoce que sí hubo
negligencia de parte del ex juez 2o. de Instrucción de San Salvador
en la custodia del decomiso, pero no se comprueba que exista un delito.
Canales fue removido por la Corte Suprema de Justicia luego del extravío
en el Juzgado 2o. de Instrucción.
La pérdida sucedió en el 2001, y la destitución,
el siguiente año. Canales aún mantiene una demanda en la
Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte por considerar que su
despido fue ilegal.
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| Ricardo Canales no ha descansado en su lucha
ante los tribunales y ante la Corte. Foto: EDH |
Él mismo pidió a la Fiscalía que investigara los
extravíos y a su persona.
Por muchos meses estuvo pidiendo públicamente a Belisario Artiga
que le instruyera cargos penales o que lo exonerara de ellos vía
requerimiento.
Al no tener respuesta, Canales acudió a la Asamblea Legislativa.
Ahí pidió un antejuicio contra Artiga por el delito de omisión
en la investigación.
Días más tarde, en noviembre pasado, y en forma silenciosa,
la Fiscalía demandó a Canales en el Tribunal 4o. de Paz
.
Dicho juzgado desestimó la demanda por los delitos de peculado.
Mientras, a dos empleadas más del juzgado se les acusó también
de peculado.
El Ministerio Público apeló ese mismo mes, y el tribunal
de Segunda Instancia, el pasado 15 de enero, confirmó el fallo
del juzgado menor.
En el caso de las colaboradoras, Alfa Karina Valle Arrué y Victoria
Milagro Escobar de Cerén, la Cámara determinó que
no existe la mínima evidencia de probabilidad positiva en
cuanto a la autoría de las encausadas..., no puede jurídicamente
atribuírseles el delito doloso de peculado en comisión por
omisión.
En el caso del ex juez, su deber era remitir el decomiso a una oficina
respectiva, lo cual no hizo, pero esto no puede entenderse como la comisión
de un delito, sino que, agrega el fallo, fue sumamente negligente
y, probablemente, eso haya dado lugar a la sustracción del dinero.
Los votos a favor del ex funcionario
Tan sólo dos de los 15 magistrados que forman la Corte Suprema
se opusieron a su despido en 2002.
- Para las magistradas Victoria de Avilés y Anita Calderón
de Buitrago sí existía negligencia, pero no la comisión
de un delito.
- Por ello, en lugar de la remoción o destitución, las funcionarias
se pronunciaban por una suspensión temporal y no despido.
- A pesar de eso, 13 votos estaban en su contra.