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Intentan falsear decreto
El jefe de asesores legislativos ordenó cambiar la redacción
del decreto que aumenta la asignación de fondos para las
alcaldías. Pudo cometer, por lo menos, tres violaciones al
Código Penal.
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| No convenció La palabra corrientes
no fue excluida. Lo que pasó es que en la lectura no
se mencionó. Atinadamente, el diputado Héctor
Silva hace referencia posteriormente. Entonces, coloca la intención
al decreto. En la lectura no aparece, pero cuando Silva lo mencionó,
quedó incorporada. Foto Lissette
Lemus |
Alejandro Solano, jefe de la Unidad de Asesoría Técnica
de la Asamblea Legislativa, habría cometido por lo menos
tres delitos al ordenar a un técnico del Parlamento modificar
el texto del Decreto Legislativo 49.
El acuerdo, aprobado el 26 de junio, ordena al Ejecutivo trasladar,
desde el próximo año, el 8% del dinero que ingresa
al Presupuesto General de la Nación a las 262 alcaldías,
mediante una reforma a la Ley de Creación del Fondo para
el Desarrollo Económico y Social de los Municipios.
Un día después de la promulgación de la ley,
Solano envió un memorando a Noel Orellana, asesor de la Comisión
de Hacienda y Especial del Presupuesto, para que eliminara la palabra
corrientes del artículo 1 del decreto.
El texto autorizado por los diputados expresa que se entregará
a las alcaldías el 8% de los ingresos corrientes netos
del Presupuesto General de la Nación.
El jefe de la Unidad Técnica alegó que la palabra
corrientes (...) deberá omitirse, ya que no consta
en la grabación magnetofónica del pleno legislativo.
La nueva redacción cambiaría el espíritu del
decreto y aumentaría de forma sustantiva la cantidad de dinero
del Gobierno que sería entregado a las comunas.
Delitos
Solano es un reincidente. No es la primera vez que ordena a un
subalterno alterar un decreto.
Según un abogado consultado por El Diario de Hoy, y que pidió
reserva de su nombre, Solano habría actuado en contra de
lo dispuesto en el artículo 283, del Código Penal.
El que hiciera un documento público o auténtico
total o parcialmente falso o alterare uno verdadero será
sancionado con prisión de tres a seis años,
reza la disposición.
Otro abogado considera que el funcionario legislativo violó
el artículo 320 del referido código, que castiga con
prisión de dos a cuatro años por realizar cualquier
acto ilegal o arbitrario.
Además, deberá ser removido de su cargo.
Este jurisconsulto agrega que Solano habría cometido un delito
porque obvió una orden de un cuerpo colegiado, como lo es
el pleno legislativo.
Otra de las disposiciones legales que habría violado el jefe
de la Unidad Técnica es el artículo 322, del Código
Penal.
El funcionario y empleado público, agente o autoridad
pública que se negare abiertamente a dar el debido cumplimiento
a sentencia un orden de un superior, dictada dentro del ámbito
de sus competencia, será sancionado con prisión de
seis meses a un año e inhabilitación del cargo,
establece.
Esto significa, dice la fuente, que la petición expresa para
modificar el decreto significó actuar en contra de la voluntad
del pleno legislativo.
El subalterno de Solano pudo ser su cómplice si no hubiese
dado aviso de la ilegalidad.
Para el abogado, Orellana sólo podía ser excluido
de las violaciones si hubiera acatado la orden en legítima
defensa o por ignorancia de la ley.
Hasta ayer, el Decreto 49 no tenía las firmas necesarias
para ser enviado al Presidente Flores. Éste ya adelantó
que lo vetará.
Actos arbitrarios. Éste es uno de los delitos que
pudo cometer Alejandro Solano, según un abogado consultado.
Desobediencia. Esta es otra de las posibles violaciones
cometidas por el Jefe de la Unidad de Asesoría Técnica.
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