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Promueven interpretación auténtica de la ley
PCN pide definir uso de cámaras de vídeo

La ley no faculta a los policías a utilizar equipo portátil de filmación para imponer multas.

El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
Los policías están utilizando videocámaras para captar cuando un conductor comete una infracción de tránsito. Foto: EDH/Marlon Sorto

Una errónea interpretación de la frase “puntos estratégicos” podría llevar a la Policía de Tránsito a continuar con una práctica que lindaría con algunos derechos constitucionales, al excederse en el método para captar a un automovilista cometiendo una infracción, según aseguran diputados del PCN y del FMLN.

Policías han sido enviados con cámaras de vídeo portátiles, y a veces con una fotográfica, para captar el momento en que un conductor viola una disposición de Tránsito.

Lo anterior viene sucediendo desde que entró en vigencia el artículo 119-B de la Ley de Transporte Terrestre que permite el uso de “sistemas electrónicos de vigilancia (...) en puntos estratégicos”.

Es decir, “se trata de colocar esos dispositivos en semáforos o esquinas donde hay altos, pero no irse a las carreteras”, aclara el diputado del PCN, Elizardo González Lovo.

Es así que su fracción pediría a la Asamblea Legislativa emitir una interpretación auténtica de ese artículo, para que la PNC sepa hasta dónde le corresponde actuar.

Lo anterior es el complemento de una pieza de correspondencia que introdujo la fracción de ARENA ayer (ver recuadro), para que sea conocida en la sesión plenaria del jueves.

Igualdad


La no regulación del uso de cámaras portátiles para aplicar una multa, explica Nelson García, del FMLN, podría hacer que éstas se conviertan en nulas.
El citado artículo destaca que los vídeos y las fotografías deben mostrar “claramente el sitio en que ocurrió la infracción”, además del tipo de vehículo y su número de placa.

“Sería mucho mejor para nosotros. Respetaremos la decisión de la Asamblea”.
Ricardo Menesses
Director PNC

“El artículo no habla de irse a las carreteras, sino de semáforos y esquinas”.
Elizardo González Lovo
Diputado PCN

Es lógico pensar, sostiene el efemelenista, que si un policía de Tránsito fotografía a un conductor que va sobre la autopista hacia el aeropuerto sin usar el cinturón de seguridad captará el vehículo de lado.

El artículo tampoco contempla el debido proceso. La ley da 30 días de plazo a las autoridades para que notifiquen al infractor.

No establece qué puede hacer el multado para apelar si no está conforme o si tiene una justificación.

La misma sintonía

La fracción “tricolor” demanda explicaciones sobre la aplicación de multas a través del uso de cámaras de vídeo.
- Los areneros solicitan, mediante una pieza de correspondencia, que el director de la PNC y el director General de Tránsito expliquen en qué se basan para utilizar esos medios.
- También piden la comparecencia de los jueces de Tránsito.

 

 

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