| |

APES presenta una reforma adicional
Los retoques de la Constitución
Existen varias propuestas de cambio a un mismo artículo
con fines diferentes, como es el caso de la pena de muerte
Ana Giralt
El
Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
 |
| El diputado del
PCN, Dagoberto Marroquín, le dio iniciativa de ley a
la propuesta de reforma presentada por la Asociación
de Periodistas. Foto digital por Gustavo
Rico |
Los diputados pretenden hacer, en menos de dos semanas, lo que
no hicieron en casi tres años de gestión: discutir
la viabilidad de reformar más de 20 artículos de la
Constitución.
Muchas de las propuestas fueron presentadas a la Asamblea Legislativa
desde 1997.
La última en ser recibida fue la que entregó la Asociación
de Periodistas de El Salvador (APES), ayer en la gerencia legislativa.
Se trata de modificar el Artículo 6 para garantizar la libertad
de buscar, difundir y recibir información, sin menospreciar
el principio de libertad de pensamiento y de expresión.
Se plantea el derecho de respuesta, para los que se sientan agraviados
con la emisión de una noticia y el derecho a no revelar las
fuentes informativas.
Existe otra propuesta de reforma, a ese mismo artículo, para
incorporar la figura del hábeas data, que consiste
en solicitar información, reservándose aquella sobre
la vida privada.
Los delitos
Los cambios constitucionales pueden provocar un debate político
que al final no concluya en nada.
Por un lado se pide que en el artículo 27 se lea: se
prohíbe la pena de muerte. En la actualidad, éste
faculta aplicar ese castigo en los casos previstos por las leyes
militares.
Por otro, existen tres expedientes que contienen propuestas de reformas
a ese mismo artículo con el fin de que se aplique la pena
de muerte y la cadena perpetua contra quien cometa un secuestro,
violación u homicidio agravado.
Hay dos propuestas para cambiar el artículo 240 de la Constitución.
El primero busca ampliar a 30 años la prescripción
del delito por enriquecimiento ilícito. La segunda plantea
que no exista límite alguno para aplicar la sanción.
Por el momento, los juicios por enriquecimiento ilícito
no podrán incoarse dentro de los 10 años que un funcionario
o empleado haya cesado en el cargo.
Para reforzar la anterior propuesta, se pide reformar los artículos
235 y 245, con el fin de que el Estado responda jurídicamente
por las arbitrariedades de los funcionarios y las violaciones constitucionales.
Dentro del campo del delito, se plantea darle a la Policía
Nacional Civil la potestad de investigar el delito. La Constitución
sólo le permite colaborar con las pesquisas, según
el Artículo 159.
También está el permitir, a través de la modificación
al Artículo 24, la intervención de las telecomunicaciones
y correspondencia, previa autorización judicial.
Los números
El proceso de reforma a la Constitución se da en dos pasos:
- El primero es que los diputados aprueben la modificación
con 43 votos.
- El segundo, es su ratificación con 56 votos, por una legislatura
diferente.
- Para el caso, esta Asamblea Legislativa debe ratificar la reforma
que se aprobó en el pasado período al Artículo
40, para que los patronos pueden efectuar convenios y no contratos
de aprendizaje.
- Además, la próxima legislatura debe ratificar la
enmienda al Art. 133 que le da iniciativa de Ley al PARLACEN.
Más atribuciones a Asamblea
Ana Giralt
Las potestades de un diputado de la Asamblea Legislativa se ampliarían
si es que se aprueban algunas de las reformas propuestas a la Constitución.
Así, se pide reformar el Artículo 110 para que sea
la Asamblea la que determine el interés social que pueda
tener un servicio público, antes de que el Estado lo dé
en concesión.
En la actualidad, el gobierno puede pasar por alto la opinión
legislativa.
Se propone modificar el tercer inciso del Artículo 196, para
que los magistrados y el presidente de la Corte de Cuentas se nombren
con mayoría calificada. Actualmente, esta elección
sólo requiere de 43 votos.
El fondo de este punto podría variar considerablemente, si
los diputados convierten la Corte en Contraloría General
de la República.
Para eso, también deben pasar el bisturí a los artículos
197, 198 y 199 de la Constitución, que se refieren a las
atribuciones de la entidad y sus funcionarios.
Para garantizar la armonía, se incorporaría en el
inciso 19 del Artículo 131, que la Asamblea elegirá
al Contralor y Subcontralor. Y además, al presidente del
Banco Central de Reserva, al Superintendente del Sistema Financiero
y al Director General Electoral.
Entre los cambios también se plantea la colegiación
profesional obligatoria (Artículo 61) y que la Corte Suprema
de Justicia y el Consejo Nacional de la Judicatura compartan un
presupuesto no menor al seis por ciento.
También, que el CNJ sea quien nombre a los magistrados de
2a. instancia, jueces y médicos forenses.
|
|