| |

Reforman
Protocolo de Tegucigalpa
Al fin, habrá orden en el comercio de C.A.
Los
cinco países de la región tendrán un mecanismo
de solución de diferencias de tipo administrativo, para solucionar
con agilidad los obstáculos que el comercio registre
Guadalupe Trigueros
El Diario de Hoy
negocios@elsalvador.com
El nuevo mecanismo de solución de diferencias comerciales
en Centroamérica será de tipo administrativo, no judicial,
y lo manejará la Secretaría de Integración
Económica Centroamericana (Sieca).
Los gobiernos centroamericanos debieron reformar el Protocolo de
Tegucigalpa, en vista de que la Corte Centroamericana de Justicia
(CCJ) nunca resolvió a favor de buscar un ente administrador
del mecanismo de solución de controversias suscrito el 28
de septiembre del 2000.
La modificación fue aprobada por los presidentes de Centroamérica,
el pasado miércoles 27 de febrero, en la cumbre de Managua.
El instrumento es similar al suscrito en el 2000, con la diferencia
de que será aplicable a cinco y no a tres países del
istmo, como hubiera ocurrido si la CCJ lo administrara, debido a
que Guatemala y Costa Rica no estaban obligados a obedecer a esta
entidad, porque no firmaron el Protocolo de Tegucigalpa que da origen
a la misma.
El mecanismo establece que cuando las naciones registren problemas
comerciales, las partes acuden a tres fases. La primera es la consultiva,
seguida por la conciliatoria y luego el arbitraje, en caso de que
no haya arreglos.
Obligatorio
El viceministro de Economía, Eduardo Ayala Grimaldi, explicó
que sólo el primero y tercer paso son obligatorios. Se puede
omitir el segundo paso y pasar el tercero si el probema no se resuelve.
Pero es obligación regional acatar las resoluciones de las
etapas consultivas y de arbitraje.
En el nivel consultivo se establece un tiempo límite para
la misma. Si no hay resultados, se pasa al arbitraje, que también
tiene un plazo de duración ya estipulado, para evitar que
las soluciones se dilaten y frenen las exportaciones.
Si el dictamen del arbitraje no es acatado por la parte aplicadora
de la medida, el país afectado tiene derecho a suspender
beneficios comerciales o imponer restricciones similares a las de
su oponente.
Lo mismo procede cuando se necesita reformar una ley, para superar
las dificultades, para lo que también hay un límite
de tiempo, comentó Ayala.
No se necesita una corte para aplicar el mecanismo, porque las fases
de éste se aplican sólo cuando haya necesidad entre
las partes. Así, si se hace un arbitraje, cada uno paga los
árbitros respectivos, cuya función cesa cuando acaba
el caso.
Los países en dificultades notificarán a la Sieca,
organismo que se encargará de administrar los plazos y pasos
establecidos en el mecanismo, para que las partes los cumplan, pero
no resuelve un funcionario, sino especialistas, como en el caso
de un arbitraje, o ministros y viceministros, en la fase de consultas.
Vigencia
Para que el mecanismo administrativo de solución de controversias
entre en vigencia, hace falta que al menos tres de los cinco países
del istmo ratifiquen la medida en sus respectivos congresos.
En la declaración presidencial de Managua, del 27 de febrero,
los presidentes reformaron el Protocolo de Tegucigalpa con el objeto
de contar con un mecanismo alterno, ágil y moderno,
para ordenar el intercambio comercial en el área.
El mecanismo de solución de diferencias aprobado en el 2000
nunca funcionó, debido a que la CCJ no accedió a trasladar
el manejo del mismo al Consejo de Ministros de Comercio (Comieco),
tal como éste lo solicitó en mayo del 2001.
Además, Guatemala y Costa Rica tampoco accedieron a incorporarse
al Protocolo de Tegucigalpa por considerar que el mismo es contradictorio
con sus respectivas constituciones políticas. De lo contrario,
ambos países se sujetarían a las resoluciones de la
CCJ, respecto del mecanismo de solución de diferencias, explicó
Ayala.
Se espera que con la vigencia del nuevo instrumento administrativo
se eviten medidas arbitrarias que obstaculicen el intercambio comercial
regional.
Entre Honduras y El Salvador, cada año hay que recurrir a
los gobiernos para levantar prohibiciones a la importación
de productos avícolas o lácteos, impuestas en su mayoría
por sospechas de influenza aviar o medidas sanitarias.
Nicaragua impuso a Honduras, desde hace dos años, un arancel
de 35% a las importaciones de sus productos, debido a un acuerdo
limítrofe entre hondureños y colombianos que según
el gobierno nica, merma su territorio marítimo.
Se espera que casos como estos sean superados y evitados por el
nuevo mecanismo administrativo de solución de diferencias,
cuando entre en vigencia.
|
|