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Reforman Protocolo de Tegucigalpa
Al fin, habrá orden en el comercio de C.A.

Los cinco países de la región tendrán un mecanismo de solución de diferencias de tipo administrativo, para solucionar con agilidad los obstáculos que el comercio registre

Guadalupe Trigueros
El Diario de Hoy
negocios@elsalvador.com

El nuevo mecanismo de solución de diferencias comerciales en Centroamérica será de tipo administrativo, no judicial, y lo manejará la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (Sieca).
Los gobiernos centroamericanos debieron reformar el Protocolo de Tegucigalpa, en vista de que la Corte Centroamericana de Justicia (CCJ) nunca resolvió a favor de buscar un ente administrador del mecanismo de solución de controversias suscrito el 28 de septiembre del 2000.
La modificación fue aprobada por los presidentes de Centroamérica, el pasado miércoles 27 de febrero, en la cumbre de Managua.
El instrumento es similar al suscrito en el 2000, con la diferencia de que será aplicable a cinco y no a tres países del istmo, como hubiera ocurrido si la CCJ lo administrara, debido a que Guatemala y Costa Rica no estaban obligados a obedecer a esta entidad, porque no firmaron el Protocolo de Tegucigalpa que da origen a la misma.
El mecanismo establece que cuando las naciones registren problemas comerciales, las partes acuden a tres fases. La primera es la consultiva, seguida por la conciliatoria y luego el arbitraje, en caso de que no haya arreglos.

Obligatorio

El viceministro de Economía, Eduardo Ayala Grimaldi, explicó que sólo el primero y tercer paso son obligatorios. Se puede omitir el segundo paso y pasar el tercero si el probema no se resuelve. Pero es obligación regional acatar las resoluciones de las etapas consultivas y de arbitraje.

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El mecanismo administrativo

En el nivel consultivo se establece un tiempo límite para la misma. Si no hay resultados, se pasa al arbitraje, que también tiene un plazo de duración ya estipulado, para evitar que las soluciones se dilaten y frenen las exportaciones.
Si el dictamen del arbitraje no es acatado por la parte aplicadora de la medida, el país afectado tiene derecho a suspender beneficios comerciales o imponer restricciones similares a las de su oponente.
Lo mismo procede cuando se necesita reformar una ley, para superar las dificultades, para lo que también hay un límite de tiempo, comentó Ayala.
No se necesita una corte para aplicar el mecanismo, porque las fases de éste se aplican sólo cuando haya necesidad entre las partes. Así, si se hace un arbitraje, cada uno paga los árbitros respectivos, cuya función cesa cuando acaba el caso.
Los países en dificultades notificarán a la Sieca, organismo que se encargará de administrar los plazos y pasos establecidos en el mecanismo, para que las partes los cumplan, pero no resuelve un funcionario, sino especialistas, como en el caso de un arbitraje, o ministros y viceministros, en la fase de consultas.

Vigencia


Para que el mecanismo administrativo de solución de controversias entre en vigencia, hace falta que al menos tres de los cinco países del istmo ratifiquen la medida en sus respectivos congresos.
En la declaración presidencial de Managua, del 27 de febrero, los presidentes reformaron el Protocolo de Tegucigalpa con el objeto de “contar con un mecanismo alterno, ágil y moderno”, para ordenar el intercambio comercial en el área.
El mecanismo de solución de diferencias aprobado en el 2000 nunca funcionó, debido a que la CCJ no accedió a trasladar el manejo del mismo al Consejo de Ministros de Comercio (Comieco), tal como éste lo solicitó en mayo del 2001.
Además, Guatemala y Costa Rica tampoco accedieron a incorporarse al Protocolo de Tegucigalpa por considerar que el mismo es contradictorio con sus respectivas constituciones políticas. De lo contrario, ambos países se sujetarían a las resoluciones de la CCJ, respecto del mecanismo de solución de diferencias, explicó Ayala.
Se espera que con la vigencia del nuevo instrumento administrativo se eviten medidas arbitrarias que obstaculicen el intercambio comercial regional.
Entre Honduras y El Salvador, cada año hay que recurrir a los gobiernos para levantar prohibiciones a la importación de productos avícolas o lácteos, impuestas en su mayoría por sospechas de influenza aviar o medidas sanitarias.

Nicaragua impuso a Honduras, desde hace dos años, un arancel de 35% a las importaciones de sus productos, debido a un acuerdo limítrofe entre hondureños y colombianos que según el gobierno nica, merma su territorio marítimo.
Se espera que casos como estos sean superados y evitados por el nuevo mecanismo administrativo de solución de diferencias, cuando entre en vigencia.


 

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