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Ordenanza contravencional entra en vigencia el 1 de marzo

La Libertad. Piénselo antes de encender un cigarrillo o besar a su pareja. Si está en Nueva San Salvador y lo hace en sitios no autorizados, lo podrían multar

Carlos Torres
El Diario de Hoy

El 1 de marzo entra en vigencia la ordenanza contravencional que sanciona a las personas que fumen o se besen en sitios no autorizados, así como a las que lancen basura y orinen o defequen en las calles.
La Alcaldía de Nueva San Salvador pondrá en práctica la nueva ordenanza con la finalidad de sancionar a los infractores que vulneren la convivencia social de los tecleños.
La licenciada Marta de Najarro dijo que la ordenanza incluye a los residentes en cantones y caseríos del municipio para lograr la paz y armonía entre vecinos.

Los montos de las sanciones para los infractores de la nueva ordenanza van desde 25 colones hasta 10 mil. En caso de que no cuenten con dinero para pagar la multa, pueden pagar con dos horas de servicio social por cada cien colones de la multa.
Otra de las sanciones será la reparación de daños cuando el contraventor cause un perjuicio a una persona natural o jurídica.

Otras prohibiciones de la ordenanza son arrojar basura en las calles, emitir gases contaminantes, incumplir con las normas de control de ruidos, comercio de plantas o animales protegidos.
Las sanciones van dirigidas a quienes venden drogas a menores y quienes las consuman. Asimismo, a los que beben licor en sitios no autorizados, fabrican artefactos pirotécnicos, tengan establecimiento de juegos de azar, causen desórdenes públicos y exhiban animales peligrosos.
Además, se incluyen las riñas callejeras, portación de objetos contundentes y punzantes, exigencia de dádivas (limosna), dañar o hurtar bienes municipales, el comercio de servicios sexuales y hostigamiento sexual en plena vía pública.

El cumplimiento de la ordenanza será verificado por el Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM), que será incrementado a 150 integrantes
Los infractores deberán presentarse a las oficinas del CAM, dentro de ocho días hábiles luego de haber sido sancionado, para pagar la multa o solicitar una audiencia y pedir revisión de su caso.

 

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