| |

Corte
ampara a demandante de academia policial
Ordenan reincorporar a alumno
La
Corte Suprema amparó a un alumno expulsado de la academia
policial, la cual tendrá que reincorporarlo
Alberto López
Nacional
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
|
|
|
Sede de la Corte Suprema
en esta capital. Un alumno expulsado de la ANSP fue amparado
por el máximo tribunal. Foto
EDH
|
La academia policial tendrá que reincorporar a un estudiante
expulsado, luego de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) amparara
al afectado.
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema benefició
a Mauricio Francisco Chinchilla, quien tramitó un amparo
ante el máximo tribunal constitucional por violaciones cometidas
en su contra por parte de la Academia Nacional de Seguridad Pública
(ANSP).
La Sala dio la razón a Chinchilla por violaciones a los derechos
constitucionales de audiencia, educación y legalidad.
El demandante argumentaba estas violaciones por la expulsión
de que fue víctima el 28 de junio de 2000. En esa fecha y
luego de una investigación psicosociopedagógica se
le notificó, por parte del Secretario de Estudios del Nivel
Superior, Ejecutivo y Especialidades, que se le retiraba del curso
por no ser apto para el servicio policial. Chinchilla era parte
de la Quinta Promoción del Nivel Ejecutivo de la ANSP.
 |
Lea además
|
|
|
Asesinado
en la Santa Lucía
Un homb re de
33 años fue herido de bala en la cabeza en una cancha
de baloncesto de la colonia Santa Lucía, Ilopango.
Murió cuando era trasladado al hospital.
|
Debido proceso
Según la demanda de Chinchilla, él fue víctima
de un proceso originado por imputaciones o causales aún
desconocidas, violentándose el artículo 11 de la Constitución
por la necesidad que el procesado sepa de qué se le está
acusando.
El inconforme también pidió la suspensión del
acto reclamado, es decir que se permitiera su reingreso a la ANSP,
mientras de emitía un fallo definitivo.
Sin embargo, la Sala determinó que no era posible, ya que
el hecho (retiro de la escuela) ya se había ejecutado. La
demanda fue admitida y no se suspendió el acto reclamado.
El demandante, además, presentó a la Sala una resolución
de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos
(PDDH), como prueba.
En la misma, se reconocía la violación al principio
de legalidad y el de seguridad jurídica en perjuicio de Chinchilla.
La Sala establece que sin importar que la medida de la ANSP se trata
de una disposición académica, no se puede privar a
ningún ciudadano de los derechos que protege la Constitución.
Es así como el máximo tribunal determinó que
el efecto restitutorio para reivindicar los derechos
violados es ordenar que el demandante regrese a la institución.
Además, se deja abierto el derecho para que el beneficiado
emprenda una demanda civil por indemnización por daños
y perjuicios.
Efecto restitutorio
Los efectos restitutorios no han sido los más convenientes
para los demandantes en dicha Sala, pues en carácter de despidos
de dependencias del gobierno, la misma Sala ha determinado que los
favorecidos con amparo no pueden volver a ocupar sus plazas de las
que fueron destituidos, bajo violaciones constitucionales, pues
ya existen otros ciudadanos, con iguales derechos, ocupando los
puestos.
Ante esa imposibilidad de restituir al amparado en su plaza original,
la Sala ha determinado que sólo quedan habilitados para buscar
la indemnización civil ante los tribunales de la misma materia.
En el caso de Chinchilla, el efecto restitutorio, por
ser estudios y no trabajo, explicaron fuentes de la Corte, se aplica
de forma tal que el amparado puede ser restituido de nueva cuenta
en la academia policial, sin que esto afecte a otro ciudadano con
iguales derechos que Chinchilla.
Hace un par de años, la Sala también ordenaba el pago
de la indemnización civil, pero ahora deja esa atribución
en los tribunales especiales de esa materia.
|
|