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Caso
destitución de juez Canales
Separan a magistrados de estudio de demanda
Después
de varias semanas, la Corte decidió separar del estudio de
la demanda de un ex juez a los cuatro magistrados propietarios de
la Sala de lo Contencioso Administrativo
Alberto López
Nacional
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
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Discordia
Inconformes
Hace más de un año, el Juzgado
2o de Instrucción fue escenario de discordias entre
el juez Canales y los empleados.
Secretaria
Los subalternos de Canales no estaban de acuerdo
con la asignación de la nueva secretaria.
Huelga
Los empleados hasta realizaron varios paros
de labores por dicho motivo. Sin embargo, la secretaria no
se fue.
Origen
Fuentes judiciales no descartan que esa haya
sido la chispa que originó una serie de incidentes
hasta la remoción.
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La Corte Suprema de Justicia (CSJ) acordó separar del estudio
de la demanda del ex juez Ricardo Canales Herrera a los magistrados
titulares de la Sala de lo Contencioso Administrativo del máximo
tribunal.
La decisión de la Corte Plena (reunión de los 15 magistrados
que forman la Corte) se basó en la petición del ex
funcionario en separar o recusar a los magistrados propietarios
de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte, pues los
cuatro son parte del pleno de 15 que decidió sobre la destitución
del demandante.
La solicitud fue formulada en la misma demanda contenciosa-administrativa
que Canales presentó a la Sala del mismo nombre, el pasado
1o. de noviembre.
Canales fue destituido del cargo del Juzgado 2o. de Instrucción
de esta capital, debido a negligencia en la custodia de decomisos
que se encontraban en dicho tribunal. Se trataba de más de
189 mi colones, producto de un proceso por tráfico de droga.
La demanda de Canales reclama que ha habido violaciones al debido
proceso, a la igualdad y al principio de legalidad.
Además, reclama que la Corte desnaturalizó la
finalidad del sistema de sanciones al exceder la dimensión
de la sanción que se le impuso con relación al hecho
que la motivó.
Por un lado, el ex juez afirma que la responsabilidad que la Corte
ha hecho recaer en su persona no le corresponde, pues el artículo
128 del Código Procesal Penal establece que es atribución
y responsabilidad del secretario del tribunal la custodia de objetos
secuestrados.
Además, reitera que la sanción fue extralimitada al
ordenar su destitución y para ello hace referencia a la posición
de la magistrada de la Sala de lo Civil, Victoria de Avilés,
que no votó por su remoción por estimar que era una
sanción desaforada. Lo que aplicaba, dijo, era una suspensión.
A partir del 6 enero serán los cuatro suplentes los encargados
de analizar esta demanda.
Los removidos y los suplentes
Los cuatro magistrados propietarios de la Sala de lo Contencioso
de la Corte fueron recusados o separados del estudio de la demanda
de Ricardo Canales porque serían juez y parte en la misma.
- Los cuatro fueron parte de los 12 magistrados que votaron por
la remoción de Canales.
- Se trata de René Fortín Magaña, José
Napoleón Rodríguez Ruiz, Mauro Alfredo Bernal Silva
y Mauricio Clará.
- Los magistrados suplentes que conocerán de la demanda a
partir del 6 de enero próximo son: Rafael Flores y Flores,
Guillermo Arévalo Domínguez, Francisco José
Retana y Román Gilberto Zúniga Velis.
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