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Caso destitución de juez Canales
Separan a magistrados de estudio de demanda

Después de varias semanas, la Corte decidió separar del estudio de la demanda de un ex juez a los cuatro magistrados propietarios de la Sala de lo Contencioso Administrativo

Alberto López
Nacional
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com

Discordia
Inconformes
Hace más de un año, el Juzgado 2o de Instrucción fue escenario de discordias entre el juez Canales y los empleados.
Secretaria
Los subalternos de Canales no estaban de acuerdo con la asignación de la nueva secretaria.
Huelga
Los empleados hasta realizaron varios paros de labores por dicho motivo. Sin embargo, la secretaria no se fue.
Origen
Fuentes judiciales no descartan que esa haya sido la chispa que originó una serie de incidentes hasta la remoción.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) acordó separar del estudio de la demanda del ex juez Ricardo Canales Herrera a los magistrados titulares de la Sala de lo Contencioso Administrativo del máximo tribunal.

La decisión de la Corte Plena (reunión de los 15 magistrados que forman la Corte) se basó en la petición del ex funcionario en separar o recusar a los magistrados propietarios de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte, pues los cuatro son parte del pleno de 15 que decidió sobre la destitución del demandante.

La solicitud fue formulada en la misma demanda contenciosa-administrativa que Canales presentó a la Sala del mismo nombre, el pasado 1o. de noviembre.
Canales fue destituido del cargo del Juzgado 2o. de Instrucción de esta capital, debido a negligencia en la custodia de decomisos que se encontraban en dicho tribunal. Se trataba de más de 189 mi colones, producto de un proceso por tráfico de droga.
La demanda de Canales reclama que ha habido violaciones al debido proceso, a la igualdad y al principio de legalidad.

Además, reclama que “la Corte desnaturalizó la finalidad del sistema de sanciones al exceder la dimensión de la sanción que se le impuso con relación al hecho que la motivó”.
Por un lado, el ex juez afirma que la responsabilidad que la Corte ha hecho recaer en su persona no le corresponde, pues el artículo 128 del Código Procesal Penal establece que es atribución y responsabilidad del secretario del tribunal la custodia de objetos secuestrados.

Además, reitera que la sanción fue extralimitada al ordenar su destitución y para ello hace referencia a la posición de la magistrada de la Sala de lo Civil, Victoria de Avilés, que no votó por su remoción por estimar que era una sanción desaforada. Lo que aplicaba, dijo, era una suspensión.
A partir del 6 enero serán los cuatro suplentes los encargados de analizar esta demanda.

Los removidos y los suplentes

Los cuatro magistrados propietarios de la Sala de lo Contencioso de la Corte fueron recusados o separados del estudio de la demanda de Ricardo Canales porque serían juez y parte en la misma.
- Los cuatro fueron parte de los 12 magistrados que votaron por la remoción de Canales.
- Se trata de René Fortín Magaña, José Napoleón Rodríguez Ruiz, Mauro Alfredo Bernal Silva y Mauricio Clará.
- Los magistrados suplentes que conocerán de la demanda a partir del 6 de enero próximo son: Rafael Flores y Flores, Guillermo Arévalo Domínguez, Francisco José Retana y Román Gilberto Zúniga Velis.

 

 

 

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