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Sube apoyo a escuchas telefónicas

La PNC, FESPAD y la Fiscalía están a favor de la reforma al artículo 24 de la Constitución. Existen diferencias sobre los alcances de la misma

Ana Giralt
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com

La intervención de las telecomunicaciones ya no es un tema que despierte malicia y desconfianza. Está claro que existe un interés por incorporar esa herramienta dentro de los mecanismos de defensa contra el crimen e incorporarla a la Constitución.

Esa conclusión se obtuvo luego de escuchar la posición que FESPAD, la Fiscalía General de la República y la Policía Nacional Civil tienen sobre la posibilidad de reformar el artículo 24 de la Carta Magna.

La Comisión de Legislación de la Asamblea Legislativa organizó ayer el primer foro sobre reformas constitucionales.

El evento se dividió en dos grupos. El primero conoció la enmienda a los artículos 24 y 159, con que se le daría autonomía en la investigación a la PNC.

El otro se enfocó en la propuesta de ampliar la participación dentro del Consejo Superior de Salud.

La primera vía

El fiscal Belisario Artiga; el subdirector de la PNC, Ricardo Meneses, y el representante de FESPAD, Jaime Martínez, coinciden en que el Órgano Judicial, a través de un juez, debe autorizar la aplicación de las escuchas telefónicas y la intervención de otro medios de comunicación, para el fin específico de combatir la delincuencia.

¿Qué tipo de delincuencia? Es aquí donde surgen leves diferencias.
La Fiscalía y la Policía quieren que se aplique en las investigaciones vinculadas con cualquier delito grave, como el caso del homicidio.

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La salud no fue prioridad
Otra reforma constitucional que tiene el aval es la que incorporaría más miembros en el Consejo Superior de Salud Pública

Ambas instituciones apoyan la segunda propuesta de reforma al artículo 24, que reza: “La correspondencia de toda clase, los documentos y papeles privados no podrán abrirse, registrarse ni interceptarse, sino en virtud de la ley y previa autorización judicial”.

Se añade, además, una prohibición a la interferencia y la intervención de las comunicaciones, “excepto cuando se trate de la investigación de delitos y previa autorización judicial, preservándose el secreto de los privados que no guarde relación con el proceso”.

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“¡Es más apropiada, porque no deja fuera otros delitos!”, alegó Meneses.

Muy amplio

FESPAD se inclina por la primera propuesta de reforma, pues limita la intervención a las pesquisas de secuestro, extorsión, narcotráfico y lavado de dinero.

Martínez propuso una redacción aún más limitada, que establezca que se aplicará en los delitos tipificados por la Ley de Drogas y los cometidos por el crimen organizado, cuya pena de prisión sea mayor a 20 años.

“No podemos ser ni muy amplios ni demasiado precisos. Debe haber una lista de cuáles delitos se va a autorizar”, argumentó.

El Fiscal se opone. “Hay que tener cuidado en establecer una lista, porque no se sabe a futuro cuántos más (delitos) van a entrar en esa categoría, como el tráfico de personas”, resaltó.

En una ley secundaria, como el Código Procesal Penal, se pondrían las salvaguardas para aplicar la reforma al artículo 24. Una de ellas es dar un plazo para que la Fiscalía y la Policía la puedan aplicar.

La otra es garantizar el principio de proporcionalidad; es decir, la autorización del juez debe tener relación con el delito que se investiga.

Y dejar en claro hasta dónde los resultados de esa acción pueden usarse como prueba, pues no todo lo que se escucha e intercepta sirve para esclarecer un caso.

Por ningún motivo se permitiría la interferencia para fines políticos y, para ello, Belisario Artiga propone “penarlo fuertemente”.
FESPAD quiere incorporar otras trabas constitucionales.

el proceso

explicación

FESPAD propuso incorporar en la Constitución el recurso de habeas data, para que los afectados con la intervención puedan exigir al Órgano Judicial un informe sobre los resultados de la intervención.

Pruebas

También se sugiere exigir pruebas, en este caso a la Fiscalía y a la PNC, que demuestren que sólo a través de la aplicación de la enmienda al artículo 24 se puede combatir determinado delito.

Límites

La Fiscalía General de la República recomienda, como salvaguardas, poner que las escuchas telefónicas se harán, según el caso, en determinados números. “Es posible que muchas personas llamen a ese número sin que se tome en cuenta todo lo que se dice”, dijo Artiga.

En 2003

La Comisión de Legislación dejará para el próximo año la toma de cualquier decisión de reforma constitucional. El Foro continuará el viernes.

Los votos

La enmienda debe ser aprobada por 43 votos por esta Asamblea Legislativa y ser ratificada por 56 diputados en la próxima legislatura.

 

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