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Corte
frena efectos del 1024
Dos
empresas que proporcionan servicios al ISSS podrán ahora
renovar sus contratos
Edward Gutiérrez
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
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José Astul Yánez,
representante de TRANSAE, presentó un recurso de amparo
en la Corte, el cual falta por resolver.
Foto EDH / Jorge Reyes
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La Corte Suprema de Justicia admitió los recursos de amparo
contra el Decreto Legislativo 1024 interpuestos por dos empresas
que proporcionan al Seguro Social equipos de laboratorio clínico
y seguridad privada.
Con esta admisión, el máximo tribunal, la Sala de
lo Constitucional específicamente, frena los efectos del
decreto y deja abierta la posibilidad de que se renueven los contratos
que vencen el 31 de diciembre de este año, si las partes
así lo desean.
Esta decisión constituye también el primer revés
del Decreto 1024, que prohíbe al Seguro Social contratar
a empresas privadas para prestar servicios.
Otra compañía, la encargada del tratamiento de desechos
hospitalarios, espera una resolución similar para los próximos
días.
Las empresas favorecidas hasta el momento son Diagnostika Capri
y Sociedad de Servicios Conjuntos de Seguridad (SERCONSE), la cual
presentó dos recursos.
Diagnostika Capri es una compañía que proporciona
al Seguro Social equipos de laboratorio. Su especialidad es dotar
de los instrumentos a las áreas de hematología, química
clínica y coagulación.
Con el decreto en cuestión, los servicios de ésta
y otras empresas quedaban cancelados a partir del último
día de este año, lo cual, a juicio de los empresarios,
es inconstitucional.
Lo que la Corte ha dicho en el caso de Diagnostika Capri y de SERCONSE
es que los recursos se admiten y que mientras se emite un fallo
definitivo las empresas puede continuar prestando sus servicios
al Seguro Social, si las partes así lo deciden.
Suspéndanse inmediata y provisionalmente la aplicación
del artículo 5 del decreto a la sociedad demandante debiendo
entenderse la citada medida en el sentido que la disposición
no surtirá efectos sobre el contrato entre ella y el Seguro
Social suscrito el 21 de marzo del corriente año manteniéndose
la duración pactada por las partes y la posibilidad de prórroga
del mismo, reza parte de la resolución en el cao de
Diagnostika Capri .
Aclara la Sala de lo Constitucional que esta medida no habilita
a Diagnostika a exigir la prórroga automática del
contrato. Tampoco el Seguro Social está en obligación
de concederlo.
Otros recursos
Abogados y entidades han pedido a la Corte Suprema de Justicia que
declare inconstitucional el artículo 5 del Decreto Legislativo
1024, que ordena el cese de los contratos el próximo 31 de
diciembre.
La Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho
(FESPAD), por ejemplo, en lo referente al artículo 5 , dice
que no se pueden terminar contratos por medio de decretos.
Lo que falta
La empresa TRANSAE proporcionaba al ISSS servicios
de manejo de desechos sólidos.
- El contrato de servicio venció el 5
de diciembre pasado.
- La compañía también presentó un
recurso de amparo ante la Sala de lo Constitucional, de la Corte
Suprema de Justicia.
- Trascendió que dicha compañía cumplió
ayer con los requisitos que le solicitaba la Corte por medio de
prevenciones.
- Lo anterior significa que en pocos días la Sala podría
determinar si admite no el recurso a favor de TRANSAE.
- Habría que ver cómo queda el caso de esta compañía,
cuyo contrato, a diferencias de las otras dos, ya venció.
- Se debe aclarar que la Corte admitió amparos sólo
para las empresas Diagnostika Capri y SERCONSE.
- La admisión no aplica para empresas que no han presentado
amparos.
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