Turismo
 
Inicio del Sitio Martes 10 de diciembre
 

 




CHAT
FOROS
CORREO
LA GUIA
CLASIFICADOS
EMPLEOS
TURISMO
ESPECIALES
EDICION MOVIL
ESCRIBANOS
CONOZCANOS


 
 

Corte frena efectos del 1024

Dos empresas que proporcionan servicios al ISSS podrán ahora renovar sus contratos

Edward Gutiérrez
El Diario de Hoy

nacional@elsalvador.com

José Astul Yánez, representante de TRANSAE, presentó un recurso de amparo en la Corte, el cual falta por resolver. Foto EDH / Jorge Reyes

La Corte Suprema de Justicia admitió los recursos de amparo contra el Decreto Legislativo 1024 interpuestos por dos empresas que proporcionan al Seguro Social equipos de laboratorio clínico y seguridad privada.

Con esta admisión, el máximo tribunal, la Sala de lo Constitucional específicamente, frena los efectos del decreto y deja abierta la posibilidad de que se renueven los contratos que vencen el 31 de diciembre de este año, si las partes así lo desean.

Esta decisión constituye también el primer revés del Decreto 1024, que prohíbe al Seguro Social contratar a empresas privadas para prestar servicios.

Otra compañía, la encargada del tratamiento de desechos hospitalarios, espera una resolución similar para los próximos días.

Las empresas favorecidas hasta el momento son Diagnostika Capri y Sociedad de Servicios Conjuntos de Seguridad (SERCONSE), la cual presentó dos recursos.

Lea además

 

STISSS intimida a directora
Oncología quedó en manos de sindicalistas tras desalojar a las autoridades del hospital.

Diagnostika Capri es una compañía que proporciona al Seguro Social equipos de laboratorio. Su especialidad es dotar de los instrumentos a las áreas de hematología, química clínica y coagulación.

Con el decreto en cuestión, los servicios de ésta y otras empresas quedaban cancelados a partir del último día de este año, lo cual, a juicio de los empresarios, es inconstitucional.

Lo que la Corte ha dicho en el caso de Diagnostika Capri y de SERCONSE es que los recursos se admiten y que mientras se emite un fallo definitivo las empresas puede continuar prestando sus servicios al Seguro Social, si las partes así lo deciden.

“Suspéndanse inmediata y provisionalmente la aplicación del artículo 5 del decreto a la sociedad demandante debiendo entenderse la citada medida en el sentido que la disposición no surtirá efectos sobre el contrato entre ella y el Seguro Social suscrito el 21 de marzo del corriente año manteniéndose la duración pactada por las partes y la posibilidad de prórroga del mismo”, reza parte de la resolución en el cao de Diagnostika Capri .
Aclara la Sala de lo Constitucional que esta medida no habilita a Diagnostika a exigir la prórroga automática del contrato. Tampoco el Seguro Social está en obligación de concederlo.

Otros recursos

Abogados y entidades han pedido a la Corte Suprema de Justicia que declare inconstitucional el artículo 5 del Decreto Legislativo 1024, que ordena el cese de los contratos el próximo 31 de diciembre.
La Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD), por ejemplo, en lo referente al artículo 5 , dice que no se pueden terminar contratos por medio de decretos.


Lo que falta

La empresa TRANSAE proporcionaba al ISSS servicios de manejo de desechos sólidos.

- El contrato de servicio venció el 5 de diciembre pasado.
- La compañía también presentó un recurso de amparo ante la Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia.
- Trascendió que dicha compañía cumplió ayer con los requisitos que le solicitaba la Corte por medio de prevenciones.
- Lo anterior significa que en pocos días la Sala podría determinar si admite no el recurso a favor de TRANSAE.
- Habría que ver cómo queda el caso de esta compañía, cuyo contrato, a diferencias de las otras dos, ya venció.
- Se debe aclarar que la Corte admitió amparos sólo para las empresas Diagnostika Capri y SERCONSE.
- La admisión no aplica para empresas que no han presentado amparos.

 

  HACIA ARRIBA


Derechos Reservados - El Diario de Hoy, El Salvador, C.A. - Aviso Legal