Sábado 5 de enero 2002


Facultan a DPC para resolver denuncias
Más protección al consumidor

La Dirección de Protección al Consumidor tiene desde este año la facultad de exigir a empresas privadas o estatales, la devolución de dinero o el cambio de las mercancías defectuosas

Dorys Inglés
El Diario de Hoy

Si a usted le venden un electrodoméstico en mal estado, tiene el derecho de exigir que se lo cambien o que le devuelvan su dinero.

También puede ocurrir que le entreguen el aparato en buenas condiciones, pero sin que incluya todos los componentes que le ofrecían en el catálogo. En ese caso, le están cobrando en exceso.

Usted puede exigir que cualquier mercancía que compró le sea reparada si está en mal estado, o cambiada si no cumple con lo que le exigieron. Pero también puede pedir la devolución de su dinero.

Gracias a un fallo de la Corte Suprema de Justicia, la Dirección de Protección al Consumidor (DPC) tiene ahora la facultad de resolver ese tipo de casos y exigir a la empresa que hizo la venta irregular, que le cumpla a su cliente.

La DPC está desde ahora facultada para decir al proveedor si debe devolver el dinero, cambiar el producto o repararlo.

Está facultad se extiende tanto a operaciones de venta de cualquier bien, como a los cobros por prestación de servicios.

De esta manera, los usuarios pueden presentar a la DPC sus quejas en relación con cobros irregulares por servicios tales como agua, energía o teléfono.

Protección

El consumidor de cualquier bien o servicio tendrá ahora más protección, sea que su proveedor sea privado o estatal.

Anteriormente, la DPC sólo se encargaba de sancionar o multar a los infractores, esperando que ambas partes llegaran a la conciliación.

Pero ahora, tiene el poder de dictar resoluciones, de acuerdo con el fallo de la Corte del 5 de diciembre del 2001, que entró en vigencia a partir del 1 de enero de este año.

El titular de la DPC, Antonio Méndez, aseguró que la institución ya emitió su primera resolución con una compañía que comercializa material didáctico, que tendrá que pagar a su cliente ¢2,944 colones.

Caso

La resolución que emitió la Corte se debió a una demanda hacia la DPC por parte de una compañía automotriz.

La empresa alegó a la Corte que la entidad pública había violentado sus derechos constitucionales al haberla amonestado y ordenado restituir un vehículo a un consumidor.

La compañía aseguró que la DPC se había excedido de sus funciones al ordenar una resolución de tal magnitud..

La Corte resolvió que la entidad pública nunca se extralimitó en sus atribuciones al ordenar la restitución del automóvil, y al mismo tiempo le concedió la facultad para resolver en cualquier caso que se presente.

Agilidad

Ayer, la DPC también anunció que durante este año inicia un proceso de reestructuración con el fin de agilizar las solicitudes que se presentan.

Para ello se ha implementado un nuevo sistema informático y se ha modificado el departamento jurídico. La meta de la entidad será resolver problemas en un lapso no mayor de tres meses.

En este año, la DPC contará con un presupuesto de 6.5 millones de colones.


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