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Pugna
jurídica entre Caess y Siget
El
mercado eléctrico se agita. Caess no aprueba el cargo de
comercialización que le autorizó Siget, por lo que
acudió a la CSJ para que lo declare inconstitucional. Ésta
resolvió, temporalmente, suspender el dictamen del órgano
regulador
El Diario de Hoy
La Compañía de Luz Eléctrica de San Salvador
(Caess) no está aplicando la disminución del cargo
de comercialización que se cobra en las tarifas de energía.
Pero tiene una razón para hacerlo. La Corte Suprema de Justicia
le autorizó, el 4 de este mes, dejar sin efecto la aplicación
del cargo establecido por la Superintendencia General de Electricidad
y Telecomunicaciones (Siget).
La resolución de la Corte se produjo tres horas después
de que Caess interpusiera su demanda en contra de la Siget, el mismo
4 del presente mes.
La demanda se interpuso porque el órgano regulador no le
aprobó -a Caess- el incremento del cargo de comercialización
solicitado para este año, el cual asciende a ¢21.70
mensuales.
En cambio, la Siget le aprobó ¢13.31, lo cual obligaba
a la distribuidora a bajar en 6.9% el citado cargo que le cobra
a sus clientes.
Voceros de la distribuidora aseguraron que la demanda pretende que
Siget les reconozca las inversiones que hicieron, el año
pasado, en favor de los consumidores y que les autorice el incremento
del cargo.
Aclararon que están dispuestos a acatar la sentencia que
emita la CSJ, independientemente de si es a favor o en contra, ya
que su objetivo no es desacatar las disposiciones de los organismos
reguladores, sino proteger sus inversiones.
Revocatoria
Por el momento, según la resolución de la CSJ, mientras
no se emita una sentencia definitiva, Caess está en libertad
de aplicar el cargo que estime conveniente.
Pese a dicha resolución, representantes de la distribuidora
aseguraron que la empresa no ha querido imponerle su criterio, por
lo que no está trasladando el cargo que se le solicitó
a la Siget, sino que continúa aplicando el mismo del año
pasado más el ajuste inflacionario, es decir, ¢14.76.
Al respecto, el titular de la Siget, José Luis Trigueros,
afirmó que la institución revocó la resolución
inicial del 8 de este mes, ya que ésta afecta los intereses
de los clientes de Caess.
Agregó que esperan que la CSJ mantenga la decisión
de la Siget, para no causarle perjuicios a los usuarios.
La resolución
La Sala de lo Constitucional de la CSJ, admitió la medida
cautelar o provisional que dejó sin efecto la resolución
de la Siget.
Caess intenta que se declare inconstitucional el acuerdo No. 91-E-2001
de la Siget, del 30 de noviembre del año pasado.
Los demandantes consideran que dicho acuerdo les violó los
derechos constitucionales de motivación de decisiones, propiedad,
libertad empresarial y seguridad jurídica.
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