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Pugna jurídica entre Caess y Siget

El mercado eléctrico se agita. Caess no aprueba el cargo de comercialización que le autorizó Siget, por lo que acudió a la CSJ para que lo declare inconstitucional. Ésta resolvió, temporalmente, suspender el dictamen del órgano regulador

El Diario de Hoy

La Compañía de Luz Eléctrica de San Salvador (Caess) no está aplicando la disminución del cargo de comercialización que se cobra en las tarifas de energía.
Pero tiene una razón para hacerlo. La Corte Suprema de Justicia le autorizó, el 4 de este mes, dejar sin efecto la aplicación del cargo establecido por la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (Siget).
La resolución de la Corte se produjo tres horas después de que Caess interpusiera su demanda en contra de la Siget, el mismo 4 del presente mes.

La demanda se interpuso porque el órgano regulador no le aprobó -a Caess- el incremento del cargo de comercialización solicitado para este año, el cual asciende a ¢21.70 mensuales.
En cambio, la Siget le aprobó ¢13.31, lo cual obligaba a la distribuidora a bajar en 6.9% el citado cargo que le cobra a sus clientes.

Voceros de la distribuidora aseguraron que la demanda pretende que Siget les reconozca las inversiones que hicieron, el año pasado, en favor de los consumidores y que les autorice el incremento del cargo.
Aclararon que están dispuestos a acatar la sentencia que emita la CSJ, independientemente de si es a favor o en contra, ya que su objetivo no es desacatar las disposiciones de los organismos reguladores, sino proteger sus inversiones.

Revocatoria


Por el momento, según la resolución de la CSJ, mientras no se emita una sentencia definitiva, Caess está en libertad de aplicar el cargo que estime conveniente.
Pese a dicha resolución, representantes de la distribuidora aseguraron que la empresa no ha querido imponerle su criterio, por lo que no está trasladando el cargo que se le solicitó a la Siget, sino que continúa aplicando el mismo del año pasado más el ajuste inflacionario, es decir, ¢14.76.

Al respecto, el titular de la Siget, José Luis Trigueros, afirmó que la institución revocó la resolución inicial del 8 de este mes, ya que ésta afecta los intereses de los clientes de Caess.
Agregó que esperan que la CSJ mantenga la decisión de la Siget, para no causarle perjuicios a los usuarios.
La resolución

La Sala de lo Constitucional de la CSJ, admitió la medida cautelar o provisional que dejó sin efecto la resolución de la Siget.
Caess intenta que se declare inconstitucional el acuerdo No. 91-E-2001 de la Siget, del 30 de noviembre del año pasado.
Los demandantes consideran que dicho acuerdo les violó los derechos constitucionales de motivación de decisiones, propiedad, libertad empresarial y seguridad jurídica.

 
 

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