TPS un
programa... una
oportunidad
Lo que usted debe
saber sobre el TPS
El Servicio de Inmigración y
Naturalización (INS) comenzó a
recibir desde el pasado 9 de marzo de 2001 las
solicitudes sobre Estatus de Protección
Temporal (TPS) para los salvadoreños
elegibles. El período de
aplicación será de 18 meses a
partir del 9 de marzo de 2001 y
finalizará el 9 de septiembre de
2002.
¿Qué es el TPS?
La designación TPS fue hecha por el
Fiscal General John Aschcroft y se calcula que
beneficiará a unos 150,000 solicitantes
potenciales. Los salvadoreños elegibles
no están obligados a salir de los Estados
Unidos y pueden solicitar un permiso para
trabajar en los Estados Unidos durante el
período mencionado. Para poder aprovechar
al máximo los beneficios del TPS, se
insta a los solicitantes a hacerlo lo más
pronto posible, ya que el período para
procesar una tarjeta de permiso de trabajo puede
tomar 90 días, aproximadamente.
¿Quién es
elegible?
Una persona que es nacional de El Salvador (o
un extranjero que no tenga nacionalidad pero que
haya residido habitualmente en El Salvador) es
elegible para los beneficios del TPS si cumple
con lo siguiente:
- Si llegó a los Estados Unidos antes
o el 13 de febrero de 2001 y ha residido
continuamente en los Estados Unidos desde esa
fecha
- Si ha estado físicamente presente de
manera continua desde el 9 de marzo 2001
- Es admisible como inmigrante (se pueden
otorgar perdones (waivers) de
inadmisibilidad)
- Se registró para el TPS durante el
período de 18 meses del TPS, el cual
inicia el 9 de marzo de 2001 y finaliza el 9 de
septiembre de 2002.
Las personas que hayan sido condenadas en los
Estados Unidos, ya sea por dos faltas o un
delito grave cometidos en este país, no
son elegibles para el TPS. Igualmente, las
personas impedidas de solicitar asilo por tener
antecedentes criminales o relacionados con la
seguridad nacional, tampoco son elegibles al
TPS.
¿Cómo obtener la
solicitud del TPS?
La Solicitud del TPS Form I-821 y la
Solicitud de Autorización de Trabajo Form
I-765 están disponibles,
gratuitamente.
Los formularios se pueden obtener por medio
de:
- Contactando la Línea de Formularios
del INS en el 1-800-870-3676, o
- Bajando los formularios del sitio web del
INS en www.ins.usdoj.gov.
¿Cuál es el
procedimiento para aplicar al TPS?
Los solicitantes al TPS pueden aplicar
durante el período de registro
presentando lo siguiente:
- Una Solicitud de Status de
Protección Temporal, Form I-821
- Una Solicitud de Autorización de
Trabajo, Form I-765
- Pruebas de apoyo que establezcan la
elegibilidad a los beneficios del TPS (es decir,
prueba de estadía, registros de empleo,
colillas de pago, registros escolares, etc.)
- Dos fotografías (1 1/2" x 1 1/2");
y
- Para cada solicitante de 14 años o
mayor, un honorario por impresión de
huellas digitales de $25.
La solicitud completa debe incluir el
honorario por huellas para cada solicitante de
14 años o mayor. Sin embargo, los
solicitantes no deben adjuntar una tarjeta de
huellas (FD-258, Tarjeta de Solicitante) con el
paquete de solicitud. Después que el
Centro de Servicios del SIN recibe la solicitud,
enviará por correo una carta de cita con
instrucciones para presentarse a poner las
huellas en el correspondiente Centro de Apoyo de
Solicitud. La información relacionada con
el programa TPS puede obtenerse
poniéndose en contacto con el Centro de
Servicio al Cliente en el 1-800-375-5283.
HONORARIOS: Un honorario de $50
deberá adjuntarse al Formulario I-821. Si
el aplicante solicita una autorización de
trabajo, él o ella tienen que enviar un
honorario de $100 con el Formulario I-765. Un
solicitante que no necesita autorización
de trabajo no tiene que enviar el honorario de
$100, aunque siempre debe entregar completo el
Formulario I-765. Un honorario por la
impresión de huellas digitales de $25
también debe ser entregado para cada
solicitante de 14 años o mayor. El
solicitante puede pedir una dispensa de
honorarios de acuerdo con las respectivas
regulaciones.
¿Dónde debo entregar mi
solicitud del TPS y los honorarios
respectivos?
Los salvadoreños elegibles deben
enviar su solicitud completa y los honorarios
respectos al Centro de Servicio del INS que
tiene jurisdicción sobre el lugar de
residencia del solicitante. Por favor no se
presenten en las Oficinas Distritales del INS
porque ellos no pueden aceptar las solicitudes
del TPS. Si usted llega a una Oficina Distrital
del INS le indicarán que debe enviar su
solicitud en el Centro de Servicios del INS que
tiene jurisdicción sobre su lugar de
residencia. El INS no ha podido actualizar las
instrucciones de entrega de los formularios TPS
antes de este anuncio.
¿Dónde enviar las
aplicaciones?
A continuación damos las instrucciones
de envío para los salvadoreños
aplicando al TPS:
Si usted reside en Connecticut, Delaware, el
Distrito de Columbia (Washington,DC), Maine,
Maryland, Massachusetts, New Hampshire, New
Jersey, New York, Pennsylvania, Puerto Rico,
Rhode Island, Vermont, Virginia, West Virginia o
U.S. Virgin Islands, envíe su solicitud y
los honorarios correspondientes por correo a la
siguiente dirección:
- Vermont Service Center
- Attn: TPS
- 75 Lower Welden Street
- St. Albans, VT 05479
Si usted reside en Arizona, California,
Guam, Hawaii o Nevada, envíe su
solicitud y los honorarios correspondientes a
la siguiente dirección:
- California Service Center
- Attn: TPS
- P.O. Box 10821
- Laguna Niguel, CA 92607-0821
Si usted reside en Alabama, Arkansas,
Florida, Georgia, Kentucky, Louisiana,
Mississippi, New Mexico, North Carolina,
Oklahoma, South Carolina, Tennessee o Texas,
envíe su solicitud y los honorarios
correspondientes a la siguiente
dirección:
- Texas Service Center
- P.O. Box 850997
- Mesquite, TX 75185-0997
Si usted reside en cualquier otro lugar en
los Estados Unidos, favor enviar su solicitud
y los honorarios correspondientes a la
siguiente dirección:
- Nebraska Service Center
- P.O. Box 87821
- Lincoln, NE 68501-7821
Contratarán
personal para orientar aplicantes al
TPS
- El consulado
de Los Angeles será el primero que
fortalecerán con las nuevas
contrataciones