Lunes 19 de noviembre 2001



Presentan recurso por relleno

No se opone al cobro, sino al método que se utiliza para realizarlo.

Ana Giralt
El Diario de Hoy

Gerardo Suvillaga, diputado de ARENA, presentará, hoy, un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia contra la Ordenanza Reguladora de las Tasas de Servicios Municipales de la Alcaldía de San Salvador.

El señalamiento es por la obligatoriedad que consagra el artículo 7 de la ordenanza, el cual establece que la tasa por el uso del relleno sanitario "será aplicada sobre la base de cada kilowatt/hora en promedio consumido".

Es decir, cada vez que usted paga el recibo de energía, cancela, además, una cantidad de dinero por la basura que el tren de aseo traslada desde su propiedad hasta Nejapa, municipio donde se ubica el relleno.

Bajo la óptica de Suvillaga, quien es abogado de profesión, la municipalidad que preside el efemelenista Héctor Silva no puede cobrar la prestación de un servicio a través de otro.

"La Alcaldía de San Salvador presta el servicio de disposición final de desechos sólidos, pero su cobro debería ser por la prestación del servicio antes señalado y no por el consumo de energía eléctrica, servicio que ni siquiera lo presta la Alcaldía", señala el legislador en el recurso.

La tasa, se lee en uno de los artículos de la ordenanza, no puede ser menor a tres colones ni superior a los ¢300 mensuales.

¿En lo correcto?

Suvillaga está convencido de que los magistrados de la Sala de lo Constitucional admitirán la demanda, para luego declarar una sentencia a su favor.

En el recurso deja en claro que la tasa municipal responde a la contraprestación de un servicio.

En teoría, el contribuyente regresa a la Alcaldía, de manera directa, lo que ésta invierte en aseo, barrido de calles, recolección y traslado de basura. Todo lo recaudado se destina a fortalecer y financiar este servicio.

Para el caso que contempla la demanda, lo correcto sería, entonces, que la Superintendencia de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) se encargue del tema energético y la Alcaldía, de la disposición final de los desechos sólidos, tomando como base el costo que representa el servicio.

"Fijar la tasa por el consumo de energía eléctrica es como que cobrase el consumo de agua por impulso de teléfono, o bien el consumo de energía eléctrica por el consumo de agua. Aceptar tales criterios equivale a admitir que las tasas pueden ser fijadas sin respetar un mínimo de racionalidad", manifiesta el legislador.

Legalidad

El concejal capitalino Gerson Martínez aclara que el accionar de la Alcaldía no está cometiendo ninguna inconstitucionalidad.

"Muchísimos cobros, en muchas partes del mundo, de tasas se hacen a través de servicios bancarios. En este caso, son dos cobros diferentes que se están cobrando en un mismo recibo", indicó el funcionario.

Su homólogo Miguel Sáenz Varela reconoce el derecho que su opositor político tiene de presentar un recurso ante la Corte.

"No me extraña que un diputado de ARENA presente esto. ARENA tiene un ataque constante contra la Alcaldía", señaló. Sáenz Varela confía que la Corte actúe con "responsabilidad".


Alcaldía realiza cobro desigual

Suvillaga prepara un recurso de amparo contra el Concejo de San Salvador, al cobrar por un servicio sin tener una ley que lo respalde


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