Jueces
de familia recurren a prueba de ADN
Hijos sin reconocer
pueden exigir pago de
indemnización
El Derecho de Familia otorga esta potestad
pero pocas mujeres conocen sobre este
instrumento legal. Sumado a ello, el nivel
socioeconómico de los demandados reduce
su aplicación
María
T. Pérez
El Diario de Hoy
Un
ex- funcionario debió pagar cien mil
colones por negarse a aceptar la paternidad en
una niña. A pesar de que una prueba de
sangre dio resultado positivo en un 92 por
ciento, el sujeto se negó a
reconocerla.
Este caso fue uno de los primeros que se
conoció en el país en el que una
mujer se decidió a reclamar ese derecho
legal de familia establecido en la Ley.
Un tribunal de familia de la capital
analizó en el caso, pruebas
grafotécnicas en cartas amorosas que el
exfuncionario envió a la madre del
menor.
A través de la prueba se
determinó que las cartas provenían
del puño gráfico del
demandado.
El juzgado consideró que en dichas
cartas habían manifestaciones que
denotaban un reconocimiento tácito de la
paternidad del hijo.
Por los daños morales y
sicológicos ante la negativa de un hombre
a aceptar la paternidad de los hijos, una madre
puede entablar una denuncia, según el
Artículo 150 de la Ley de Familia.
Sólo en Derecho de Familia, la
Procuraduría General de la
república (PGR) atendió 6 mil 725
solicitudes en sus 51 tipologías.
El área de familia de la
Procuraduría es una de las más
concurridas por la población. El
año pasado fueron recibidas 40 mil 264
solicitudes de denuncias.
De acuerdo a la asistente de
coordinación de familia de la PGR,
Antonieta Maribel Amaya, el pago de
indemnizaciones por negativa a la paternidad es
poco promovida en el país debido a la
situación económica de los
demandados.
A su juicio, el nivel económico del
demandado no permite que ni los abogados
particulares ni los públicos, planteen
esa petición ante un juez de familia.
La acción de paternidad está
establecida en el artículo 150 del
Código de Familia. Este dice que "si
fuera declarada la paternidad, la madre y el
hijo tendrán derecho de reclamar del
padre indemnización por los daños
morales y materiales...".
En tanto, la jueza tercera de familia de San
Salvador, Evelyn Roxana Núñez
Franco señaló que en parte, la no
exigencia de una indemnización se debe al
desconocimiento de las víctimas o a la
negligencia de su representante legal.
"A veces dicen que los jueces no hacemos
nada, pero, realmente, nosotros debemos aplicar
la Ley y depende de los abogados el buscar
mecanismos para garantizar ciertos beneficios",
dice la jueza.
Otro de los problemas, según ella, es
la irresponsabilidad de los padres, la cual
viene como una cadena que inicia también
en el hogar de sus padres.
Sumado a ello, el sistema judicial es
demasiado débil y "a veces la ley no
puede llegar al corazón de una persona",
señaló la funcionaria.
En tanto, Gladys Iglesias, de la
Asociación de Madres Demandantes piensa
que el desconocimiento de la ley y de los
derechos son los factores que afectan a la madre
y al hijo.
A diario, dicha organización recibe
unas 40 denuncias por abandono de familia y por
paternidad no reconocida, detalló.
Dijo que cada día se suman más
madres que deben ejercer el papel de padres a la
vez. A su juicio, instituciones como la PGR,
Fiscalía General de la República e
Instituto de la Mujer deberían difundir
el contenido de la Ley a fin de que más
mujeres tengan acceso a la justicia.
¿Cómo se investiga la
paternidad?
El juez está obligado a ordenar la
práctica de pruebas científicas al
hijo y a sus descendientes.
u El establecimiento del nexo
biológico se hace con la prueba del ADN
(Acido Dexoxirribonucleico) mediante la cual es
posible determinar en un 99% la paternidad.
u Los involucrados deben someterse a la
extracción de muestras de sangre.
u Ante la falta de un laboratorio en el
país, las muestras son enviadas a la
Universidad de Oslo en Noruega o a la
Universidad de Granada en España para su
respectivo análisis.