Usuarios de correo
de voz sin opciones
La Corte admitió las demandas de
tres compañías de telefonía
contra la SIGET. Además, se
suspendió, de forma provisional, una
resolución que da opción para
utilizar el correo de voz
Alberto
López
El Diario de Hoy
Los usuarios del correo de voz han quedado
sin opciones para usar o no dicho servicio. Al
menos hasta que la Corte Suprema de Justicia
(CSJ) emita una resolución definitiva en
cuatro demandas sobre el aviso del correo de
voz.
El máximo tribunal de la nación
admitió las cuatro demandas de las tres
principales compañías de
telefonía móvil y celular que
operan en el país.
Además de admitirlas, suspendió
el acto reclamado. Es decir que dejó sin
efecto, de forma provisional, una
resolución de la Superintendencia de
Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) que
ordena que los operadores telefónicos den
la opción a las usuarios, por medio de un
aviso, para usar o no el servicio de correo de
voz
Segundo 26
Esto implicaba que hasta el segundo 26,
aproximadamente, los operadores de
telefonía no podían cobrar por el
servicio de correo de voz. Los 26 segundos son
lo que dura la grabación que usted
escucha cada vez que el destinatario de la
llamada no está disponible y la
comunicación es desviada hacia el
buzón de mensajes.
Para las compañías de
telefonía, el servicio es aparte de las
cuentas y por eso se cobra también
aparte. Según los representantes legales,
el almacenar la voz es un gasto para sus equipos
y esto les ha representado pérdidas
millonarias.
Algunos usuarios consultados por este
matutino explicaron que, al menos en dos de las
compañías, ya no existe la
grabación y, de forma directa, la llamada
se desvía al correo de voz sin dar la
opción de usarlo o no.
La Sala de lo Contencioso Administrativo de
la Corte, por medio de su secretario, Eduardo
Escalante, confirmó sobre la
admisión y explicó que la
aplicación de la resolución de
SIGET, hecho que motivó las demandas,
queda suspendida hasta que resulte una
resolución definitiva en las mismas. El
tiempo de estudio podría ser de unos
cinco meses, pero esto depende de la rapidez de
las partes en el desarrollo del proceso
contencioso, manifestó Escalante.